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-   Aquí comienza la desgrabación de la audiencia pública realizada en Salta el 9 de noviembre de 2012, en la Sala B:

 

Moderadora.- Buenos días.

La primera expositora es la señora Elena Brizuela y Doria. Tiene diez minutos; le voy a avisar unos minutos antes para que vaya terminando.

 

Sra. Brizuela y Doria.- Gracias. Sobre la propuesta de reforma de Código Civil, yo voy a hablar sobre la vida y la familia.

Soy mujer. Soy casada. Soy católica. Amo a mi provincia y a mi patria y me aterra pensar que se la destruya, hundiéndolas en el caos político, civil y moral.

Tengo contacto asiduo con gente de todo tipo, hablo del tema, pregunto lo que piensan. Todavía no encontré en los medios que frecuento quienes, con mayor o menor conocimiento de detalles, estén de acuerdo con las propuestas sobre la vida y la familia.

Nadie quiere llevar sobre su conciencia el peso de apoyar inventos, experimentos y manipuleo con células vivas de seres humanos, como si fueran cosas, para fabricar personas.

     La ciencia y la técnica no han encontrado, ni encontrarán, los medios para reemplazar lo insustituible que Dios ha creado.

     Para que nazca un niño, hacen falta un padre y una madre que aporten cada uno lo suyo. Cuando los gametos se unen, se produce el milagro de convertirse en un ser humano, en un hijo de Dios.

     Recién formado se le llama embrión. En los laboratorios se hacen experimentos con “embriones congelados”, que es lo mismo que decir con “personas congeladas”. Esto produce escalofríos, da mucho temor.

     Una vez constituido el embrión, comienza a desarrollarse un ser humano cuando está en el vientre de la mujer, no in vitro. Si está vivo es persona, si se lo elimina, se comete un asesinato.

     Señores: el embrión debe ser concebido por un acto natural. Si es “producido” en un laboratorio, entre tubos de vidrio y allí lo mantienen como si fuera una cosa, ¿qué se hizo de la dignidad de ese ser humano? ¿No creen que desde el comienzo de la vida hay derechos humanos para los niños por nacer? ¿A qué tanto hablar de los derechos humanos si no se los van a reconocer a las personas más indefensas?  De la manipulación de embriones al aborto -con nombre falsamente suavizado de “embarazo interrumpido”-, hay un solo paso. Aunque no esté incluido en esta reforma, es materia de proyectos y de intentos de aplicación legal en algunos Estados de nuestro país. Cualquiera sea la situación, incluyendo la gestación por violación, tan traumatizante y embanderada como un derecho a abortar, ¿cuál es la culpa de esa criatura que no tiene capacidad para defender su vida y es condenada a morir? ¿Acaso no hay cientos de matrimonios que esperan poder adoptar un hijo? ¿Acaso prefieren que la madre tenga libertad para matarlo?

     Se piensa igual sobre la eutanasia -dicho con nombre suavizado: “muerte digna”- de la que no sólo se habla sino que se la aplica casi clandestinamente. La gente quiere asistir con todo su amor hasta el último momento a su ser querido; si lo mata, es que no lo ama. ¿Quién quiere matar a su madre, a su padre, a su hermano?, tan solo un malhechor o un inconsciente.

Más del noventa por ciento de los argentinos somos cristianos. Como tales -practicantes activos o no- sabemos que el dueño de la vida es Dios; Él la da y Él la quita. No es un legislador, un gobernante, un médico o un ciudadano cualquiera quien dispone, ni una ley civil. Estas cuestiones son deshumanizantes, son propias de un régimen ateo, dictatorial y perverso. Tengamos cuidado.

     En cuanto a la “gestación asistida”, en la propuesta es tal la cantidad de situaciones que se presentan, confusas y pesadas, que resulta por demás embarazoso y doloroso. Dejamos el análisis detallado para los juristas, y que ellos señalen los defectos que contienen. Ya lo han estudiado muchos, en trabajos bien basamentados, bien pensados, que por justicia deben ser conocidos y atendidos por los que proponen la reforma del Código.

     Queda claro hacia dónde apuntan muchos de sus ítems: facilitar hijos a las parejas del mismo sexo. También queda claro que el pobre niño, que no eligió tal destino, deberá sufrir problemas psíquicos y educativos propios, además de los problemas de los “padres” o “madres” que podrá llegar a tener: uno, dos, tres, cuatro y hasta cinco padres y/o madres, de acuerdo a la suerte que le toque.

 También puede ser huérfano, si es que nació de un embrión “producido” en laboratorio, por la unión de gametos que fueron congelados, obtenidos de personas que luego murieron. Pedimos a su Ángel de la Guarda los ampare.

     La familia. ¡Pobre familia! La semilla de su mal comenzó a crecer con la legalización del divorcio. Y tomó fuerza en un cuerpo endeble por la acción de la droga diaria de ciertos programas televisivos, músicas ensordecedoras y/o sensuales con letras degradantes, modas y modos de vida impuestos por la “modernidad”, y otros males.

     Con las ideas ya bastante cambiadas, que debilitan el cuerpo social de familias en el que las personas nacen, crecen y dan fruto, puede recibir el golpe de gracia si se aplica la reforma del Código Civil argentino que se propone. ¡Ojalá pudiéramos estar orgullosos de una reforma que nos haga mejores y dignifique la Nación! Pero es lo contrario: entraría un cáncer en ese cuerpo ya debilitado, que terminaría por liquidar lo bueno que le queda. Veamos algunos ejemplos.

El natural matrimonio como Dios manda es de varón y mujer, con capacidad de procrear, y deben hacerlo por mandato del Creador para la multiplicación de la especie humana; hoy tiene la misma validez que un “matrimonio” entre personas del mismo sexo, con iguales derechos. Salvo la “insignificante” diferencia de que no pueden procrear, y se les está enseñando a nuestros niños en las escuelas, según consta en la “Cartilla de educación sexual” del Ministerio de Educación de la Nación, que hay tres modelos de familia: “varón y varón”, “mujer y mujer”, “varón y mujer”, ilustrada con dibujos pésimos; es deformante, ética y estéticamente. Es indignante y no se puede creer en esta realidad que nos imponen hoy los gobernantes.

Para subsanar el “error” del Creador de no permitirles procrear a varón con varón y mujer con mujer, los científicos inventaron las técnicas y procedimientos de las que ya hemos hablado, para satisfacción de los del “matrimonio igualitario”. Así es como en los laboratorios muchísimos humanos sufren un trato degradante. La propuesta elimina el “cuándo” comienzan los deberes y obligaciones de los “progenitores”: la concepción. De ese modo se liberan de obstáculos para poder manipular, seleccionar, congelar, descartar o destruir los embriones hasta el momento de la implantación. Eliminar vidas humanas de ese modo, sería legal con la reforma.

Otro ejemplo. La unión estable del matrimonio se convertiría en “transitoria”, “sin deber de fidelidad”; otorgaría a los cónyuges “libertad en la construcción, vida y ruptura matrimonial”, hecho que resquebraja la familia y, por lo tanto, la sociedad. Es ideal para destruir las conciencias.

     La terminología “patria potestad” es cambiada por “responsabilidad parental”, y los “padres” son reemplazados por “progenitores”. El espíritu democratizante que se da a la familia, aunque conserva la idea de deberes y derechos con respecto a los hijos, a éstos les daría mayor libertad ante la autoridad de sus padres, que son los responsables de su vida en todo sentido; más otras normas que ya están vigentes, en la misma línea. Todo esto resquebraja la familia y la sociedad.

     Estos ejemplos valen para afirmar que, como un cáncer, el caos tomaría cuenta de la Nación y destruiría al cuerpo social si el proyecto se aprobara y aplicara. Los males que contiene son muchos más.

     Señores legisladores, señores del gobierno: no dudamos que tendrán en cuenta estas opiniones, para eso las piden. Esperamos ser oídos y respetados como ciudadanos argentinos pensantes y responsables, que hemos dado mucho, todo lo que pudimos, por la vida, por la familia y por el bien común. Muchas gracias. (Aplausos.)

 

Moderadora.- Invitamos a continuación al señor Luis María Mesquita Errea.

 

Sr. Mesquita Errea.- Muy buenos días. Estamos tomando posición ante este proyecto de reforma.

Esta audiencia es una buena ocasión para que se escuche al pueblo, la opinión pública verdadera, la que no es creada por la propaganda o por el dinero. Nuestro pueblo no es una tabla rasa sobre la cual se pueda escribir cualquier cosa. Tiene una historia, y voy a citar acá dos ejemplos.

     En la provincia de La Rioja, los descendientes de los diaguitas todos los años en la mayor fiesta que existe en esa provincia le entregan al gobernante civil el Evangelio, y le dicen: “Por esta ley queremos ser gobernados”. Lo mismo pasa aquí, en esta tierra bendita de Salta, cuando todo el pueblo se congrega para renovar el pacto de fidelidad.

Venimos a hablar en nombre de la fidelidad a nuestras raíces. Como dijo Su Santidad, Juan Pablo II, las naciones americanas nacieron cristianas. Este es un hecho histórico, guste o no, que verdaderamente entusiasma a nuestro pueblo.

     Por ejemplo, evocamos el bicentenario de la Revolución de Mayo. Entonces, tengamos en cuenta sus enseñanzas. ¿Cuál fue la primera proclama de la Primera Junta de Gobierno? Asegurar al pueblo que iba a dedicar su mayor esfuerzo a conservar nuestra Religión Santa y observar las leyes que nos rigen. No son un buen modelo si evocan la Revolución de Mayo y van a hacer lo contrario de lo que hicieron.

     Estamos también ante el bicentenario de la Gran batalla de Tucumán, de nuestro héroe, el general Belgrano, que no confió en sus propias fuerzas en una batalla totalmente desfavorable para nuestra causa. Confió a la Santísima Virgen, y obtuvo el resonante triunfo. Por ello en homenaje con el sentido pueblo de Tucumán y de Salta, le entregó el Bastón de Generala.

     Nuestro pueblo mantiene esas ideas y valores, y hoy se encuentra ante el peligro de una ruptura total con nuestra tradición jurídica que sólo puede llevar al caos.

     Estamos ante un poder absoluto que quiere imponer a la mayoría lo que ésta no quiere. El poder no es absoluto; el poder tiene límites. Los límites del poder son la fidelidad a su fin y razón de ser, que es el bien común. No caigamos en el totalitarismo de Estado.

     Hay legisladores que expresamente se inspiraron en la Revolución Francesa para imponer el matrimonio igualitario. Y digo “imponer”, porque si se toman el trabajo de leer los diarios de Salta hace dos años, decía luego de estas mismas audiencias en su tapa El Tribuno: “Rechazo mayoritario al proyecto de matrimonio entre homosexuales”. O sea que la mayoría rechaza la destrucción de nuestro país, pero nuestros gobernantes la imponen.

     El pueblo verdadero no puede aceptar que se desnaturalicen las bases mismas de la sociedad. El matrimonio, la familia, la paternidad, el derecho de los padres a educar a sus hijos y defenderlos de la inmoralidad, ¿no cuentan?

Cuando a esas multitudes que caminan cientos de kilómetros aquí en Salta para renovar el pacto de fidelidad se les quiere imponer la ruptura, se les quiere imponer que elijan entre el Señor del Milagro y el gobernante de turno, ¿a quién van a elegir? Para algo van a proclamar el pacto de fidelidad.

     ¿Se quiere crear el caos en esos cientos de miles de argentinos fieles, quizá millones, para satisfacer a pequeñas minorías que odian a Dios, odian a la familia, que pintan las catedrales, que profanan? ¿Hoy en día estamos, como en otros tiempos, profanando el Santísimo Sacramento para satisfacer a esas pequeñas minorías?

     La mayor parte de nuestro pueblo desaprueba barbaridades como alquiler de vientres, turismo reproductivo, seres humanos congelados para experimentos, padres privados del auxilio de la fuerza pública  para rescatar a sus hijos de las manos de algún narcotraficante o de algún tratante de blancas. Códigos que utilizan los fieles desprotegidos cuando el otro le es infiel. Todo eso contiene esta mal dada reforma.

     Estaremos a la puerta de sancionar el amor libre y dejar a los padres sin autoridad como en los países comunistas.

     Concuerdo con grandes juristas como Ricardo Bach de Chazal. Esta reforma consagra el deterioro de la institución familiar argentina, fundada en el verdadero matrimonio entre hombre y mujer.

     Horroriza pensar en seres humanos mantenidos congelados y en peligro de exterminio. Esto también hace recordar el totalitarismo nazi.

     Las figuras del padre y la madre son tan queridas en nuestra sociedad porque derivan del principio de la humanidad, de cuando tuvimos la bendición de contar con una ley perfecta: no robar, no mentir, no matar, honrar al padre y a la madre. Si se cumpliera eso, si nuestros legisladores y gobernantes buscaran que se cumplan los diez mandamientos, muchos de los problemas de la Argentina desaparecerían.

     ¿Por qué queremos sustituir la naturaleza por lo artificial? Deshumanizar lo más sagrado, la existencia individual, la familia, la vida, niños que en lugar de una madre y un padre pueden llegar a tener hasta cinco especies de padres y madres, y ninguno de ellos lo será en sentido pleno.

     Dos personas que encargan un niño, dos personas que dieron sus gametos y finalmente una mujer que presta o alquila su vientre. ¿Qué les parece eso a ustedes? ¿Cómo se sentirá ese niño el día de mañana? ¿Qué rebeldías, qué complejos tendrá? ¿No tenemos suficientes problemas para caer en este otro peligro mayor?

     Hay un dicho que dice: “expulsad lo natural y volverá al galope”. No se trastorna la naturaleza impunemente.

     La familia es fuente de vida y el Estado es el protector del derecho. Son las dos columnas de la sociedad. Esas dos columnas la sostienen.    Ahora una, el Estado, parece que se quiere tirar sobre la otra.

Ya el derecho romano enseña que la familia es anterior al Estado. El Estado debe colaborar con la familia, subsidiariamente. No avasallarla, porque no es el Estado quien nos da la vida. La vida la dan el padre y la madre. Son tres fines fundamentales del matrimonio: propagar la especie, educar a los hijos, la mutua asistencia.

¿Con qué derecho se intentan modificar las propias bases de la sociedad? ¿Quién tiene derecho a hacer eso, a tirar una columna sobre la otra?

Si la reforma es aprobada –cosa que esperamos que no ocurra- abrirá la caja de Pandora del caos. El pueblo argentino, mayoritariamente cristiano, la rechaza. No quiere este “salto en la oscuridad” ni quiere la “barbarie organizada”, como dijo el Santo Padre. “Barbarie organizada”, con máscara de falso progreso, promovido por un pseudo-progresismo retrógrado.

     Confiamos en que nuestros legisladores libren a la Argentina del flagelo del caos, promovido por la internacional-anticristiano de la muerte,  y contribuyan cumpliendo fielmente su mandato a encaminar nuestro país hacia un futuro de bien y de grandeza, que bien se lo merece. Que el Señor y la Virgen del Milagro los iluminen y amparen a la Argentina de este mal. (Aplausos.)

 

Moderadora.- Invitamos a Fanny Arrieta.

 

Sra. Arrieta.- Buen día. A los diputados que están representando la bicameral les agradecemos que hayan venido a escuchar al pueblo de Salta y lo que tenemos que decir sobre estos temas.

     Represento al Centro Privado de Mediación, Salta. Nosotros en nuestra realidad recibimos a muchas familias que se desarticulan y están rotas. Vemos el sufrimiento que tratan de resolver por no asumir responsabilidades, por no tener un proyecto de vida en común, por trivializar lo que es el matrimonio y la familia.

     Por eso, a través de estas palabras quisiera que reflexionemos sobre la mirada que plantea la reforma del Código Civil sobre la persona, el matrimonio y la familia.

     Las preguntas que surgen al leerla, son: ¿Es indiferente para la sociedad y para las personas que las familias estén rotas o sean estables y que los hijos tengan que vivir con incertidumbre la unión de sus padres como temporal y circunstancial o como un proyecto de vida y amor? La familia, ¿es una suma de individuos o personas que están juntas, o en verdad es mucho más? ¿No es mezquino para las personas y para la sociedad que el matrimonio se funde en una serie de condicionamientos previos, propios de un contrato sobre bienes? ¿En verdad, es importante la familia?

Las cosas en verdad se definen por lo que son, no por lo que queremos que sean. Cuando las sociedades se ven en la necesidad de crear andamiajes teóricos o jurídicos para sostener teorías funcionales a determinados intereses, estamos renunciando al bien común, aspiración que debiera ser el fundamento de toda sociedad.

     Divorcio exprés, matrimonio light, no cohabitación, aceptación de la infidelidad, división de bienes, entre otras cosas, se parecen a concesiones que se hacen a adolescentes inmaduros y caprichosos.

De esta forma, se deja vacío de sentido el matrimonio, convirtiéndolo en un contrato que por definición, puede ser estéril y disuelto por deseo unilateral, una forma de convivencia confusa, débil e inestable, perdiendo de vista que el matrimonio es más que una unión afectiva privada. Es una de las instituciones consideradas socialmente más valiosas e insustituible, fundante de la familia y por ende de la sociedad.

     Reduccionista de una pobreza y de un individualismo extremo, estos aspectos de la reforma parecen definir al ser humano como sujeto en busca de satisfacer únicamente sus necesidades personales. Tiene sólo apetitos. Cree que sólo tiene derechos y no reconoce obligaciones. Es incapaz de asumir compromisos y de amar incondicionalmente en pos de un proyecto de vida compartido, en un “nosotros” que fructifique y se plenifique en una familia.

El cambio cultural que se remonta al siglo XVIII registra una tendencia hacia una civilización movida por consumir y disfrutar, en la que priman antes las cosas que las personas, y que atenta contra la familia al considerar a la mujer como un objeto para el hombre, o viceversa; a los hijos como un obstáculo o un derecho para los padres, y a la familia como un mecanismo social que atenta contra la libertad de sus miembros.

Asimismo, la tendencia actual a hablar de familias en plural, es un síntoma de esta interpretación interesada de una realidad inherente a la vida de la persona, al considerarla como una suma de individuos que casualmente viven juntos, sin ningún compromiso que les vincule, de tal suerte que por querer hablar de diversos tipos de familias nos quedemos sin tener ni idea de lo que es la familia.

La conquista de derechos legítimos como la igualdad y la libertad nada tienen que ver con la confusión. La libertad no se consigue mediante la disolución de la familia, o por la ausencia de reglas morales: se consigue respetando y promoviendo el derecho de las personas a crecer responsablemente

La familia no es un foro de debate donde se negocian los derechos, y casi siempre salen peor librados los más débiles, que son los niños y ancianos, sino un lugar de acogida, respeto y compromiso entre todos y buscando el bienestar de todos.

La familia no es una suma de individuos o personas que están juntas. Es mucho más: se trata de un ser social donde se crean los vínculos más valiosos y trascendentes para la vida de las personas, cuyas funciones más valiosas son la equidad generacional, la transmisión cultural, la socialización, el control social, la afirmación de la persona por sí misma y el amor, ante todo.

La familia no es una creación cultural ni una forma de organización establecida por el Estado; al contrario, es comunidad natural, creadora de la cultura y la autora directa del Estado, por conducto de la sociedad. Es el elemento conservador y preservador de toda civilización.

Si bien “la sociedad experimenta un conjunto de problemas y disfunciones de las instituciones consideradas insustituibles y socialmente valiosas como el matrimonio y la familia, la mayoría de estos problemas tienen su desarrollo y finalidad situado en el imperio del deseo o en la ruptura. Es decir, en la supremacía de la desvinculación por encima de la solidez del compromiso.

Esta no es la condición real de la familia, el desarrollo de la cual obedece a lógicas vinculadas y dotadas de un mayor compromiso personal y, por lo tanto, generadoras de confianza. En cambio, la exclusividad del deseo, el hecho de que haya logrado la condición de hiperbien, está en el fundamento del número de rupturas.

La estrategia de la sanción legal como mecanismo para conquistar la “normalidad” de las pulsiones del deseo es lo que subyace tras estos planteamientos del anteproyecto, y malogra la infraestructura social.

Si el matrimonio como vínculo fuerte y estable ya no tiene como función singular la descendencia y el compromiso personal y social con su educación, si ya no es esto lo que señalan las leyes, la cuestión es clara: ¿cuál es entonces la institución social que tiene como finalidad fundamental esta misión? La erosión del concepto de pareja estable, comprometida ante la sociedad y con voluntad de descendencia, hace que el comportamiento de los individuos se vea sustancialmente modificado, porque el marco de referencia básico e insustituible, matrimonio-padre-madre-hijos, se pierde.

     En este contexto asistimos con asombro a la contradicción que se establece en este anteproyecto de reforma, que en lugar de legislar para intentar reducir los problemas que enfrenta hoy y que reconocemos, el cuerpo jurídico los elevaría a rango de canon y de modelo deseable.

Se trata de institucionalizar un comportamiento por el simple hecho de existir como parte de una realidad social, y considera las disfunciones de las instituciones sociales, no como tendencias a reducir y limitar, sino como realidades a institucionalizar y fomentar. Sin embargo, y aunque muchos creen con preocupación que la familia está por desaparecer y temen una posible destrucción o disolución, en todas las sociedades y en todas las culturas, los hombres, las mujeres y los niños de todas las edades, de todas las condiciones, la aman, la sueñan, la desean y la necesitan. La familia es el único valor seguro al que nadie quiere renunciar.

     Argentina, a través de esta propuesta de reforma desconoce entre otros tratados, la Declaración Universal de los Derechos Humanos y la Convención sobre los Derechos del Niño que establecen a la familia como el elemento natural y fundamental de la sociedad con derecho a la protección de la sociedad y del Estado.

     Debemos proponernos una versión superadora del anteproyecto esta reforma, que instale una Perspectiva de Familia Perspectiva de Familia Perspectiva de Familia, impulsada por la ONU a partir del 2011, que sea más abarcativa e inclusiva; la Perspectiva de Género, nos permitiría combatir la tentación de querer olvidar o de querer trivializar a la familia.

 

Moderadora.- Le pedimos que por favor vaya concluyendo.

 

Sra. Arrieta.- Esta perspectiva permitiría desarrollar las políticas públicas teniendo en cuenta cómo afectan a las familias, e implantar una verdadera y eficaz política integral de apoyo a la familia en la legislación, en la economía, en la educación, en la sanidad, en la promoción social, en la comunicación social; de forma que se diseñen las políticas, los planes y programas, generando los recursos económicos necesarios para hacerlas posibles, teniendo siempre en cuenta que sólo de esta forma, fortaleciendo la familia, podremos fortalecer la sociedad.

Para terminar, es preciso entonces, pensar en una decidida acción transversal que permita introducir una nueva óptica en el quehacer de la sociedad civil, en las políticas públicas y en el mismo proceso de Reforma del Estado, que ayude a los matrimonios a enfrentar las diferentes contingencias sociales que se le presentan, en un clima de estabilidad, solidaridad y construcción del bien común. Muchas gracias. (Aplausos.)

 

Moderadora.- Invitamos a continuación a María Garda.

 

Sra. Garda.- Agradezco la oportunidad de dar mi opinión frente a la reforma propuesta para el Código Civil y quiero manifestar mi más profundo rechazo.

 Desde el sentido común, no se puede aceptar esta revolución ideológica, encubierta por el poder que nos gobierna y que se pretende bajo un marco de legalidad, que no nos permita, a quienes no estamos de acuerdo, defender nuestros derechos, porque tal refundación del ser nacional no fue anticipada y los legisladores no recibieron nuestro apoyo para esta reforma.

 Detrás de los cambios sociales avalados, hay un corte profundo con la Argentina que conocemos y queremos. Hay nuevos y opuestos conceptos de persona, de derechos, de instituciones, de relaciones sociales, de moralidad, de poder económico, del valor de la vida. Todo ello, bajo una ideología que nos exige adaptarnos a cambios profundos que nadie pidió.

     Las minorías ideologizadas imponen sus ideas violentando nuestras conciencias, empujando a enfrentamientos innecesarios entre argentinos.

Además, el vaciamiento de los contenidos tradicionales como se ve en la ideología de GENERO, que trae una ingeniería social antinatural, pero legal, que nos condiciona como sociedad a las imprevistas consecuencias que se pretenden solucionar con este código, como ser el alquiler de vientres, que viene a romper la pretendida uniformidad e igualdad entre sexos, porque se distingue con claridad que no se alquila el vientre de un varón ni de un transexual, a quienes se los iguala para los matrimonios pero distingue aquí. Y lejos de valorar la feminidad en materia de maternidad natural se la cosifica, haciendo del cuerpo femenino un objeto negociable.

     Quizás no sepan que no se puede alquilar un vientre sin involucrar la totalidad de la persona, su entorno, su futuro y el futuro del inocente gestado, comprado e implantado, en una madre.

     Desconocen los elementales tratados de Psicología, voluntaria o involuntariamente, porque la unión o rechazo entre la madre y el niño en gestación afecta el desarrollo normal de una persona.

¿Dónde están los estudios serios que avalen estas posturas antinaturales? ¿Dónde las previsiones si el hijo sufre trastornos, si los “padres compradores” se divorcian, si la madre lo retiene, si el niño no es como se deseaba? ¿Cómo no pensar que tales trastornos afectarán para siempre su persona y nadie lo protegerá?

     Los cambios propuestos para el rol natural de la familia desestabilizan la sociedad y favorece el egoísmo irresponsable. El matrimonio pasa a ser una parodia que justifica la antinatalidad y nos dará una generación de ciudadanos-víctimas que desconocerán el amor responsable, el arraigo, la autoridad legítima de sus padres, las estructuras de la verdadera identidad que los lleva a amar lo propio. Pero a ellos se les exigirá que sean virtuosos, positivos, prósperos, que den de sí lo mejor, cuando son fruto de la inestabilidad, del desorden, del egoísmo sin límites, y quizás de la violencia y de vicios.

     Esto no es invento mío, lean los motivos psicológicos de las tendencias a la autodestrucción, la violencia, la irresponsabilidad; léanlo en cualquier manual básico de psicología.

     Como es legal el matrimonio entre homosexuales que por naturaleza es estéril, se hace legal la adopción y se niega por ley la identidad biológica del hijo, si esto no es ideología... Eso lo veremos cuando estos niños pongan a los legisladores en el banquillo de acusados por negarles su identidad. Nada aprendimos en estos años.

     Esta sociedad antinatural, producto de una inventada ingeniería social necesita válvulas de escape; por eso se acepta el aborto exprés, donde se libera al violador, se complica a la víctima, con decisiones apresuradas que marcaran su vida; se mata al inocente, se compromete a los médicos, sin objeción de conciencia y aún de ciencia. Se atenta contra la constitución, contra los pactos, contra la lógica. ¿Y nos tenemos que callar porque se legaliza?

 A estos legisladores no se les puede dar el destino de nuestra patria. Podría marcar miles de errores más, que ya han sido tratados por los especialistas pero me planto en el sentido común que llama a la prudencia frente a la urgencia que se nos impone y por lo que todo se justifica.

 Si es necesaria una reforma que sea consensuada, sobre los valores propios de nuestra Nación donde se respete a la vida, de la concepción a la muerte natural, la persona en su integridad, sus derechos naturales, ser iguales ante la ley.

En este Código se desconoce como persona a quien es concebido a modo artificial hasta que es implantado, pero ¿antes qué era?

Esto también es producto de ideología, porque de este modo se pueden tratar a los embriones como objetos. Esto es un nuevo modo de esclavitud de este siglo.

La naturaleza es sabia, pero esta ingeniería social no, por eso no la apoyo y pido el tiempo necesario para reformar lo lógico.

     Nadie nos apura; no es un tema que instala la sociedad, y la manipulación de la que somos objeto los ciudadanos traerá consecuencias indeseadas a nuestra Nación. Gracias. (Aplausos.)

 

Moderadora.- Damos ahora la palabra a Marcelo Pérez Alfaro, quien expone en representación de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas. Bienvenido.

 

Sr. Pérez Alfaro.- Buenos días. Mi nombre es Marcelo Pérez Alfaro; estoy exponiendo en mi calidad de integrante del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Salta, que a su vez integra la Federación Argentina de Consejos Profesionales en Ciencias Económicas.

     Sin perjuicio del interés general que como ciudadanos nos corresponde sobre todas las materias contenidas en el proyecto, así como en las leyes que lo complementan, los profesionales en Ciencias Económicas deseamos realizar aportes respecto a dos géneros de cuestiones.

Primero, normativa sobre honorarios profesionales para la actuación ante la Justicia; segundo, regulaciones contables en materia de Código Civil y Comercial y en materia de la Ley de Sociedades Comerciales.

     Los profesionales que se desempeñan en la Justicia, en diferentes roles, son parte de un sistema cuyo objetivo es con mayúsculas, el de administrar justicia. En otras palabras, su desempeño, en la medida de su probidad, calidad y honestidad tendrá una necesaria relación directa con la eficacia y corrección de los resultados a que se arribe en la solución judicial de los conflictos.

     En concreto, son dos las normas previstas en el Proyecto de Unificación de los Códigos Civil y Comercial que estimamos que pueden terminar siendo disvaliosas y fuente de conflictos: las previsiones de los artículos 730 y 1255.

La primera de ellas, el artículo 730, tiene por propósito sentar el principio de limitación de responsabilidad del condenado en costas en un litigio judicial, poniendo un tope del 25 por ciento del monto de la sentencia, laudo o transacción en dicha responsabilidad para la primera instancia o única instancia.

     Este análisis permite apreciar la inconveniencia de la norma, la cual sólo podrá crear conflictos y además llevará inexorablemente a diferir la percepción de los honorarios regulados y con ello provocará daños no redimibles a los profesionales. Nuestro pensamiento es que corresponde eliminar esta norma.

     La segunda norma, la del artículo 1.255, es igualmente dañosa. Consiste en eliminar el carácter de orden público de las escalas arancelarias de las leyes locales a través de una norma incorporada a un código de fondo. Ello aún cuando las leyes arancelarias locales dictadas por las legislaturas provinciales, conforme a sus poderes constitucionales, contengan tal previsión.

     De tal suerte surge una contradicción de ordenamientos entra la ley local, dictada conforme las previsiones constitucionales por ser una facultad no delegada de la Nación, y la ley de la Nación a través del Código Civil y Comercial. Siendo que la facultad de regular las profesiones es provincial, va de suyo que la controversia debería solucionarse en favor de la ley local.

     Ello lleva a la inconstitucionalidad de la norma que se proyecta.

     En general existen muchos aciertos, sobre todo en normas que se han incorporado al proyecto. No obstante creemos que existen ciertos aspectos que deberían o bien incluirse en la legislación o bien suprimirse.

     Estos aspectos son los siguientes: el estatus legal que deberían tener las normas técnicas contables y de auditoría que emiten los profesionales de ciencias económicas que tienen delegado el poder de policía profesional. La incorporación de ciertos libros como obligatorios, para asegurar una mayor precisión y contabilidad de los libros y sistemas contables utilizados, mejorando con ello la eficiencia, labores de elaboración de pericias contables y compulsas en los conflictos judiciales o arbitrales.

     Las normas respecto al contenido que deben tener los libros obligatorias también y luego las normas a mantener en el Código Civil y Comercial unificado o en la ley de sociedades comerciales, la que en determinados aspectos debieran limitarse a principios generales, dejando para las normas técnicas profesionales las que emitan organismos de control específicos con facultades legales para ello y las especificaciones detalladas en criterios de medición, valuación y de exposición.

     Cabe señalar que falta definir la necesidad de que los estados contables emitidos estén auditados por profesionales independientes.

     Ese concepto, si bien está implícito en normas como la prevista en el artículo 190, no está expresamente contemplado en la normativa central, por ello cabe incorporarlo.

     Es conveniente introducir dos nuevos libros como obligatorios. Uno es el libro mayor, el cual constituye la reclasificación de todos los movimientos del libro Diario General para emitirlos por cada cuenta del plan de cuentas y así poder tener a la vista el saldo inicial, los movimientos y el saldo final en todas las cuentas.

     Su contenido es muy conveniente y necesario para los análisis contables implícitos en las tareas de elaboración de pericias y compulsas contables cuando existen litigios en sede judicial y arbitrajes.

     El otro es el de sistemas contables en el cual se registran las rúbricas de libros, las autorizaciones para llevar registros electrónicos u otros medios, las autorizaciones para producir comprobantes de modo digital o en microfilm, las autorizaciones para que estos sistemas especiales y los dictámenes presentados puedan valorar su autorización, plan de cuenta y toda información que haga al sistema contable.

     Por último cabe hace algunas precisiones para mejorar la relación de algunos artículos propuestos.

     Un tema que de alguna manera es bastante preocupante –por lo menos nosotros vemos con un grado de preocupación- es el tema de la prescripción.

     Este nuevo código disminuye el plazo de la prescripción a dos años cuando el actual es de cinco. Entendemos que en este momento, los estados ‑tanto provinciales como municipales‑ no tienen la tecnología suficiente como para poder exigir toda su deuda en este plazo que consideramos que es insuficiente.

     Si bien es una garantía individual, tenemos que entender que el cobro de tributos es la fuente más importante que tiene el Estado para satisfacer sus necesidades públicas. Muchas gracias. (Aplausos.)

 

Sra. Moderadora.- Tiene la palabra el señor Emilio Cornejo Costas, vicedecano de la facultad de Ciencias Jurídicas de la Universidad Católica de Salta.

 

Sr. Cornejo Costas.- Buenas tardes y muchas gracias.

     En primer lugar felicitamos la labor de la Comisión Bicameral -cosa que no ha hecho la comisión redactora ni el Poder Ejecutivo- de llevar a todos lados el Código Civil y Comercial para que la gente opine sin carácter vinculante pero que sin lugar a dudas ayuda a disminuir el margen de error.

     Yo tengo una serie de observaciones a la ley de sociedades. Hay fallas técnicas y una contradicción que quiero señalar –no sé si se ha modificado- ya que un artículo del Código Civil dice que se tiene que devolver en la moneda de curso legal y otro dice que cualquiera de la misma especia. Esto es una contradicción.

     Vélez Sarsfield hizo el código -primero hizo el de Comercio- a pedido de Sarmiento. En ese momento, Vélez Sarsfield, era ministro de gobierno de Vicente Fidel López en la provincia de Buenos Aires.

     Vélez Sarsfield, que era el gran genio del derecho -tanto que hasta Rosas lo respetó en alguna medida- dijo: “Prefiero empezar con un Código de Comercio”.

     Digo esto por la rapidez con la que hoy se quiere modificar el código que hizo Vélez Sarsfield. Debe ser que había  uno sólo, sabía francés, latín e inglés, el resto estaba ahí y no había comunidad jurídica organizada.

     Vélez Sarsfield dijo que consultó a todos los estudios jurídicos, que era lo que había que consultar.

     Entonces la pregunta que yo me hago es: ¿está en crisis el derecho privado actual civil y comercial? ¿Está en estado de emergencia para que hagamos las cosas a los piques? No. Hay cosas que hay que mejorar,  pero lo que está bien hay que dejarlo. Yo no he sentido decir a ningún abogado o ningún juez: “Si no se cambia, esto es un lío. Hay una crisis porque está pésimo del derecho que tenemos”. No es así.

     Entonces, si lo que se quiere es mejorar o cambiar, pasar a la historia y sentirse Napoleón ‑aunque nunca ganó una batalla de verdad‑, tienen que consultar.

     No se ha consultado a las academias de derechos, a la facultad de Derecho, a la Federación de Abogados, a la Federación de Magistrados que son los que están todo el día con el tema.

     En el tema familia no se ha consultado a la Academia de Medicina; algo que no costaba nada hacer.

     En Estados Unidos el sistema es muy distinto. Tanto es así que, Alberdi, que fue el inspirador de la Constitución dijo: No, eso de que cada Estado haga su código muere en Estados Unidos. En la Argentina, por idiosincrasia, no”. Y no se hizo.

     En Estados Unidos, el que gana un estado por un voto se lleva todos los electores, salvo dos estados Maine y Nebraska. Maine ha determinado que quiere matrimonio gay. No se ha hecho una reforma. Votó la gente, por la trascendencia que tiene eso.

     Por ello creo analizar esto un año más o un año menos no es grave. Por supuesto dando plazos. No digo que la Academia de Derecho dé su opinión de acá a dos años sino que la dé en noventa días. Es una cuestión de responsabilidad.

     Hay algo que no critico pero me crea dudas. Me refiero a que de los tres redactores del Código, dos son jueces de la Suprema Corte. Es decir que van a tener que aplicar e interpretar lo que han hecho ellos mismos.

     Si se consulta a todo el mundo, la reforma no sería tan grave. Salen 95 y no 100 consultas con nombres y apellidos.

     Baglini ha dicho el otro día que le preguntaron a Alterini –acaba de morir Atilio- si la ley de defensa al consumidor iría dentro del Código o como ley suplementaria. Esa es una gran consulta.

     Al titular de la UBA, amigo mío, también le han hecho una consulta así y está en el libro. Entonces, el que no sabe cree que ha hecho un dictamen poderoso.

     Para terminar, le pido a la Comisión Bicameral por la trascendencia que tiene que traten de hacer consultas a los organismos especializados dándoles un plazo.

     Finalmente, permítaseme decir a la diputada Camaño, que me siento muy orgulloso de su actuación como legisladora, fundamentalmente por el sentido de responsabilidad argentina. Creo que en nombre de mucha gente de acá de Salta puedo decir que estamos muy contentos y la felicitamos por su actuación en la Cámara de Diputados. (Aplausos.)

 

Sra. Camaño.- Muchas gracias.

 

Sra. Moderadora.- Tiene la palabra el señor Ezequiel Vargas.

 

Sr. Vargas.- Buenos días a los diputados nacionales, Fernando Yarade, Graciela Camaño, Alfredo Dato, señora secretaria de la Comisión Bicameral y a todos los presentes.

     Mi nombre es Ezequiel Vargas, tengo 27 años y como joven quiero expresarme por este tema tan importante y polémico para todos los argentinos.

     Pertenezco a la fundación Por Amor a la Gente, perteneciente a una iglesia evangélica donde nuestra primera misión justamente es practicar el amor al prójimo más que el por las palabras. Pero en este momento me toca decir algunas palabras y espero ser breve.

     Este Código Civil nos resulta muy polémico porque toca la realidad de las personas mucho más que la propia Constitución. Esto es así porque todos los días estamos celebrando actos civiles, de forma que en todo momento estamos en contacto con el derecho civil.

     Me parece bueno que se simplifiquen las leyes y que se pueda unificar en un solo código el derecho civil y el derecho comercial. Tampoco estoy en contra de la evolución del derecho y de las sociedades, que siempre van evolucionando, y por ello el derecho se tiene que adaptar a ciertas situaciones. Eso me parece muy bien.

     Pero antes de meterme con algunas críticas al proyecto quiero decir que hay una alteración a los principios republicanos de gobierno en la conformación de la Comisión Redactora del anteproyecto, ya que el presidente y vicepresidente integran en la actualidad la Corte Suprema de Justicia.

     ¿Cómo es posible que el encargado de revisar e interpretar las normas sea el mismo que las redactó? ¿No es acaso el principio de división de poderes lo que otorga seguridad jurídica a nuestro sistema democrático de gobierno?

     Señores: esto no es cosa de jurisconsultos y de estudiosos, es algo que se enseña en los colegios en Formación Ética y Ciudadana.

     El poder encargado esencialmente de legislar es el Poder Legislativo. Alguno me dirá: “No, no. El Poder Judicial sí puede dictar leyes materialmente o ejercer materialmente la función legislativa”. Sí, por supuesto, en reglamentos internos o en acordadas de la Corte, pero no para hacer un proyecto tan importante para todos los argentinos como es esta reforma del Código Civil.

     Ahora quiero comenzar con la crítica al artículo 19 del proyecto, con la que coincide la mayoría de la gente y es lo que más énfasis despierta en las personas.

     El artículo 19 del anteproyecto dice que la existencia de la persona humana comienza con la concepción en el seno materno. Luego dice, que en el caso de técnicas de reproducción humana asistida, comienza con la implantación del embrión en la mujer.

     Como vemos claramente acá hay una discriminación. Hoy en día se habla mucho de la discriminación, tanto que si uno mira mal a un homosexual –no tengo nada contra ellos- ya lo denuncian al INADI. Entonces, ¿cómo es que no se preocupan por la vida que están discriminando en este momento? Porque están discriminando a los embriones no implantados y concebidos en el seno materno.

     Me pregunto ¿cuándo comienza la vida humana? Este es un debate que se ha extendido por muchos años y prácticamente en todo el mundo. Yo no quiero hablar de religión ni nada por el estilo en este momento, por más que sea una persona espiritual, solamente quiero hablar de ciencia.

     El cuerpo de todo ser humano está lleno de millones de células. Dentro de cada célula hay un núcleo. En ese núcleo se encuentran los cromosomas. Dentro del cromosoma hay ADN y distintas sustancias, pero el ADN es la clave de todo, porque el ácido desoxirribonucleico es el encargado de transmitir los caracteres hereditarios de la célula.

     El ADN es uno de los descubrimientos más grandes de la historia de la humanidad. Algunos le llamen el secreto de la vida, porque encierra una clave misteriosa que hace que cada ser sea distinto a todos los demás.

     Ese ADN es portador de un código genético, que tiene toda la información genética de una célula. En él ya está el ser humano completo con toda su potencialidad, que seguirá desarrollando de una manera continua y gradual a lo largo del tiempo.

     Es por esto que en el preciso instante en que se fusiona el espermatozoide con el óvulo se forma una nueva célula de 46 pares de cromosomas y ya tiene su propio código genético. Por lo tanto estamos en presencia de una nueva vida. No es una vida de un vegetal, ni de un animal; es una vida humana, es una vida que necesita protección, que no hay que discriminar, lo mismo que a los indígenas a los que veo que se los discrimina también en este proyecto. (Aplausos.)

     No se tienen en cuenta esas cosas…

 

Sra. Camaño.- Perdóneme caballero.

     En las audiencias públicas les rogamos no tener ningún tipo de expresiones hasta el final. Por eso les pedimos que los aplausos se produzcan en el momento que el orador finaliza su exposición. Muchas gracias.

 

Sr. Vargas.- Quiero citar una frase de un premio nobel. Dice lo siguiente: “Aceptar el hecho de que tras la fecundación un nuevo ser humano ha comenzado a existir no es una cuestión de opinión, es una evidencia experimental”. Eso dijo Jerome Lejeune, premio nobel catedrático de genética descubridor del síndrome de Down.

     Esta discriminación de establecer el inicio de la vida humana en un momento distinto a la concepción presenta las siguientes problemáticas y consecuencias.

     En primer lugar permite la manipulación genética de embriones. Eso da lugar a “fabricar” hombres de laboratorios, lo que convierte al hombre en objeto de experimentos.

     En segundo lugar, asesina a seres humanos porque autoriza el homicidio de embriones.

     En tercer lugar, crea un mercado de gametos y de embriones, con lo antiético que significa la comercialización del cuerpo humano.

     Quiero citar el artículo número 1° de la Convención sobre los Derechos del Niño. Dice así: “Se entiende por niño a todo ser humano desde el momento de la concepción y hasta los 18 años”.

     Por todo ello, mi propuesta es que se remplace el citado artículo 19 del anteproyecto por la siguiente y sencilla frase: “La existencia de la persona humana comienza desde la concepción”. Nada más. No hablar de implantado ni generar ningún tipo de discriminación.

     Como conclusión y para ir cerrando mi pequeño discurso quiero decir que los autores del proyecto de reforma del Código Civil han demostrado una total adhesión a la filosofía del “relativismo moral”.

     Ese pensamiento se basa en la idea de que todo está permitido, que cada uno dicta sus propias reglas, que yo decido qué es bueno y qué es malo.

     ¿Quién acá tiene la potestad para decidir qué es bueno y qué es malo? El hombre puede legislar leyes y muchas cosas, pero no puede legislar la moral. Hay un ser supremo y yo creo que es quien legisla la moral.

     La filosofía del “relativismo moral” también dice que las tradiciones de nuestros padres son obsoletas y retrogradas. Dice, por ejemplo, que el matrimonio era para la antigüedad y no para ahora.

     Hoy en día se dice que ya nadie se quiere casar. Y el Código Civil, en vez de fortalecer los vínculos, los destruye.

     Quiero citar una frase de Gorbachov, que fue premio Nobel de la Paz en 1990. Esta frase me parece muy importante para nuestro país y para abrir los ojos. Dice lo siguiente: “Hemos descubierto que muchos de nuestros problemas en los niños, en los jóvenes, en la cultura, en la moral y en la producción tienen como causa principal el debilitamiento de los vínculos familiares”.

     Después de tanta sangre y tanto tiempo, el premio Nobel de la Paz ha descubierto que la causa de los debilitamientos de los vínculos familiares genera problemas en la sociedad.

     ¿Qué es lo que estamos haciendo en la Argentina? Precisamente debilitar los vínculos familiares. ¿Te querés divorciar en una semana? Listo; divórciate. El divorcio exprés; divorcio para todos y todas como quien diría.

     Sin embargo, eso tiene consecuencia en los niños que crecen sin padres. Hay estadísticas en Estados Unidos que dice que el 72 por ciento de asesinos juveniles y el 70 por ciento de condenados a cadena perpetua crecieron en familias sin padres.

     Hoy hay un problema de identidad. Por eso los jóvenes se suicidan. Vean las estadísticas. Yo recorro los barrios de Salta permanentemente y todos los días hay suicidios. Seguramente esto pasa en todos los lugares de nuestra Nación argentina. ¿Por qué? Porque no hay identidad. Porque no hay una paternidad. Porque están debilitados los vínculos familiares.

     En el siglo XVI el filósofo René Descartes dijo: 

“Pienso, luego existo”. Si Descartes viviera ahora en la posmodernidad y en este siglo diría: “Siento, luego existo”.

     Todo lo que importa es el placer. Practico la promiscuidad. Hago lo que quiero. La prueba más grande de esto es una diputada nacional que dijo que la pornografía es positiva y que si uno quiere practicar sexo con animales también lo puede hacer. Además, el gobierno nacional tiene un slogan televisivo que dice: “Tené sexo con quien quieras y en donde quieras; pero cuidate”.

     Queridos amigos, el preservativo te puede cuidar de ciertas enfermedades, pero el corazón no te lo cuida. Al corazón solamente se lo cuida siendo fiel y respetando.

     Yo me casé hace poco y no hay nada más hermoso que el matrimonio, pero las leyes de hoy en día, lo único que están haciendo es debilitar los vínculos y hablar mal del matrimonio.

     Mis padres estuvieron a punto de separarse y divorciarse. Si fuera por estas leyes ya se hubiesen divorciado. Gracias a Dios se restauraron. Mi padre salió de veinte años de adicciones. Yo también estuve en el alcohol y salí de todo eso gracias a que la familia fue unida.

     Por eso digo: sigamos apuntando a defender la familia más que cualquier otra cosa en el mundo.

     Napoleón Bonaparte decía: “Denme grandes familias y haré de Francia el mayor imperio mundial”. Si queremos tener una mejor argentina fortalezcamos el vínculo de la familia. Muchas gracias señoras y señores. (Aplausos.)

 

Sra. Moderadora.- Tiene la palabra el señor Walter Barraza.

 

Sr. Barraza.-

El señor Barraza se expresa en lenguaje nativo.

     ¿Hablo bien el inglés? (Risas.) Arranqué hablando en idioma Quichua, que tiene miles de años.

     Nuestro pueblo, el pueblo Tonokote, está en territorio ancestral, en lo que hoy es Santiago del Estero y también tenemos comunidades en la provincia de Buenos Aires.

     Somos el consejo de la nación Tonokote Llutqui y pertenecemos al encuentro nacional de organizaciones territoriales de pueblos originarios.

     El idioma que yo hablaba marca una diversidad, una interculturalidad. Hacia eso vamos, hacia un Estado intercultural, plurinacional y multilingüe.

     Como organización Tonokote y como encuentro nacional que nuclea más de cuarenta y cinco organizaciones indígenas de todo el país, festejamos la reforma del Código Civil y Comercial y le decimos a la Comisión Bicameral ‑que es la responsable de llevar esta reforma adelante‑ que es un momento histórico.

     Como bien decían, Vélez Sarsfield, propuso un Código Civil hace 140 años y a libro cerrado. Y con todo el respeto que se puede tener por Vélez Sarsfield, hoy hay situaciones que hace 140 años no se contemplaron, mucho menos los derechos indígenas. En ese momento estábamos muy invisibilizados,  y en gran parte hoy seguimos sin ser vistos.

     De manera que nosotros le decimos que sí a la reforma del Código y tenemos nuestras razones para hacerlo.

     Cuando un juez litiga contra usurpadores o contra terratenientes de nuestro territorio, nosotros le decimos que es territorio de nuestra comunidad, que es propiedad comunitaria. Pero el juez nos responde: “Acá no figura la propiedad comunitaria. Así es imposible que yo pueda tomar una determinación”.

     Muchos de los jueces –no digo todos- no tienen en cuenta la reforma de la Constitución del año 1994 que nos da los derechos a los pueblos preexistentes.

     Le decimos sí a la reforma del Código Civil, pero que la inclusión de los derechos indígenas en la reforma del Código no baje ninguna de las cuestiones que ya están consagradas en leyes nacionales y en acuerdos internacionales como el 169 y el derecho a la autodeterminación.

     Estamos a favor de la reforma, pero tenemos algunas cuestiones para discutir con el Poder Ejecutivo y con la Comisión Bicameral.

     Una de las cuestiones es que la propuesta dice que las comunidades que son rurales entrarían y las que están a los costados de las grandes ciudades –que se formaron por las situaciones que vive nuestra gente en los montes, con los terratenientes y con el poder económico que invade nuestros territorios- no entrarían. Pero también somos indígenas.

     En este momento histórico de la reforma del Código Civil no se pueden bajar nuestros derechos.

     Por otro lado creemos que la personería jurídica debe ser pública y que se debe llegar a la propiedad comunitaria con el espíritu de la Constitución y no a través de la prescripción. Esa es una mirada distinta a la que tenemos los pueblos originarios.

     Nuestros hermanos campesinos, en su mayoría, van por la prescripción. Pero nosotros no somos campesinos, no somos criollos, no somos gauchos y queremos que se cumplan nuestros derechos plenamente.

     Por eso estamos de acuerdo con que se incluyen en el Código Civil, pero teniendo en cuenta que no se baje la jerarquía de lo que ya han conseguido nuestros mayores. A los contemporáneos nos toca defender y ser el eslabón de la cadena de lo que han conseguido nuestros mayores.

     También podríamos decir que puede haber un libro aparte con todos los derechos indígenas, pero básicamente esa es nuestra propuesta.

     Una vez hecha la propuesta y aclarado que estamos de acuerdo con la reforma, quería aprovechar para contar un poco cuál es nuestro proceso como organizaciones indígenas.

Una organización está compuesta por una cantidad de comunidades que pueden ser del mismo pueblo o de distintos pueblos.

     Hace unos años comenzamos a discutir con el gobierno de turno cuestiones de políticas públicas y no por bolsas de comida ni Planes Trabajar. Queremos salir de esa situación, queremos desarrollo con identidad y queremos el fortalecimiento de nuestras organizaciones. Nuestro primer objetivo es la recuperación del territorio.

     Entonces, en este nuevo proceso, necesitamos que toda la sociedad nos acompañe codo a codo y entienda que somos un Estado intercultural, donde se hablan catorce idiomas y hay treinta y siete pueblos originarios que se reconocen en lo que hoy se denomina Argentina.

     Queremos decirles a las ONG, a las fundaciones y a la iglesia que han trabajado con algunas comunidades y han llenado su caja de ahorro en el banco por nosotros, que hoy queremos administrar nosotros los recursos para fortalecer a nuestras organizaciones.

     Nosotros queremos la palabra. Nosotros vamos a hablar por nosotros. Ya nadie más tiene que hablar por nosotros; ni el puntero político ni el cura ni el maestro. Nadie. Nosotros queremos tener el protagonismo puro de nuestra palabra.

     Sabemos que es un camino largo, pero hay condiciones a nivel continental que se pueden dar y creemos que este gobierno nacional acompaña.

Tenemos que seguir porque todavía falta mucho. Pero queremos decirles a toda la sociedad que nos sigan acompañando, codo a codo, no de una forma paternalista donde nos digan qué tenemos que hacer o qué religión tenemos que adoptar. Tenemos nuestra propia espiritualidad y la queremos sostener y mantener.

     Creo en la Pachamama, creo en el Tata Inti y creo que hoy estoy hablando acá junto a mis hermanos y que la Comisión Bicameral está escuchándonos.

     Los sabios de la cultura andina han predicho que comenzaba un nuevo ciclo de fuerza de la tierra, la vuelta al origen y la valorización de nuestra cosmovisión, del cuidado del planeta y no pensar en un territorio de una forma mercantilista, como lamentablemente nos han enseñado.

     Muchas veces, la sociedad, por falta de información y por la forma en que hemos sido educados –yo también- cree que hay un solo idioma, una sola religión, una sola forma de pensar, una sola forma de ver la vida, una sola forma de entender el progreso.

     Nosotros queremos poner en debate la identidad de lo que se llama Argentina. No somos descendiente de europeos, como nos han dicho. Hay un porcentaje que sí, pero la gran base de nuestra sangre es originaria. Seguramente en el propio Congreso debe haber legisladores por los que corre sangre indígena en sus venas.

     Por todo esto invitamos a los legisladores, a los funcionarios y a la sociedad en general a que se haga cargo de esa situación, como nos estamos haciendo cargo nosotros, y avancemos unidos hacia un Estado soberano donde podamos vivir los que hablamos quichua, mapuche, guaraní, tehuelche y los distintos idiomas que se hablan en lo que hoy se llama Argentina para conformar un Estado plurinacional, intercultural y multilingüe.

     Todos podemos vivir juntos en equilibrio. No tiene que prevalecer una sola cuestión.

     Agradezco a la Comisión Bicameral este tiempo que nos ha dado.

     Acá estamos, más vivos que nunca. No somos del pasado. Estamos en las ciudades. Pueden ser compañeros de trabajo de ustedes. Tal vez no se reconozcan como tales los hermanos, pero estamos en ese proceso.

     De manera que…

El señor Barraza se expresa en lenguaje nativo.

     Estoy contento de estar en este lugar con ustedes. (Aplausos.)

 

Sra. Moderadora.- Tiene la palabra el señor David Leguizamón.

 

Sr. Leguizamón.-

El señor Leguizamón se expresa en lenguaje nativo.

     Estaba saludando en la lengua de mi pueblo, agradeciendo a mis hermanos que están presentes, a la gente de la Comisión Bicameral, a la gente del pueblo blanco que va a escuchar lo que tenemos que decir.

     Nuestra centralidad está en la memoria y en los consejos de nuestros abuelos, en las cosas que hemos visto y hemos aprendido de nuestros mayores. Por eso, nuestra exposición va a rondar este tema.

     Como todos sabemos, a fines del siglo XIX, el Estado argentino en su afán de expandirse y consolidarse, avanza sobre nuestros territorios ancestrales imponiendo un nuevo ordenamiento jurídico, político, económico y cultural. En aquél entonces, el Código Civil, invisibilizó la existencia de nosotros como pueblo, de nuestras organizaciones y de nuestras pautas culturales.

     La reforma, autorización y unificación de los Código Civil y Comercial es un hecho histórico de refundación del Estado, y la incorporación de la propiedad comunitaria indígena es un acto de reparación que otorga seguridad jurídica y territorial para los pueblos originarios y sus comunidades.

     Para garantizar los derechos reconocidos en la Constitución Nacional proponemos la siguiente redacción: “Título V de la propiedad comunitaria indígena. Artículo 2.028. Concepto: La propiedad comunitaria indígena es un derecho real autónomo, de carácter colectivo, de fuente constitucional y cuyo régimen es de orden público. Es inembargable, insusceptible de gravámenes, es inenajenable, intransmisible e imprescriptible”.

     Así mismos, si bien la preexistencia ha sido consagrada en la Constitución Nacional no aparece en el proyecto del Código. Por lo cual consideramos central agregarla, enfatizando en los pueblos originarios como sujetos históricos y políticos de carácter fundamental.

     También sostenemos que se debe incorporar la concepción de territorio de los pueblos originarios, que marca diferencia con aquella esbozada por el Estado, pues nosotros concebimos los territorios como una totalidad.

     Nuestros territorios van más allá de una connotación económica. Tienen un sentido espiritual, cultural y que se vincula estrechamente con lo ancestral y tradicional.

     Es central contemplar las nociones de preexistencia y de territorio para la incorporación del instituto de la posesión ancestral, que es aquella que un pueblo o comunidad indígena ejerce de acuerdo a su cultura en una relación de pertenencia con la tierra y el territorio.

     Para ello se propone incorporar el derecho ancestral en los artículos Nº 1891, 1892, 1893, 1909. Haciendo presente que el Convenio Nº 169 de la Organización Internacional del Trabajo en vigor y con rango supra legal, así como la Declaración de la Organización de la Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas establecen el derecho a la participación y a un proceso adecuado de consulta para los pueblos indígenas, entendemos que esta audiencia debe tomar la postura que acá presentamos como parte de este derecho y no como una mera ponencia, pues aquí estamos los representantes elegidos por nuestros pueblos, por nuestras comunidades, caracterizando y exponiendo los derechos que queremos que se garanticen. No estamos hablando en nombre de, sino que estamos hablando por nosotros mismos.

     Todos los días tenemos que ver cómo nuestro territorio, allá en Chubut donde vivimos, es usurpado constantemente.

     El lugar donde desarrollábamos nuestra (cuñá), nuestra familia, nuestro pueblo, nuestra cultura y nuestra identidad, ha sido reducido a un lote de 10 por 20 para que subsistamos y podamos mantener nuestra cultura, algo que es inconcebible para nuestra concepción de territorio.

     Todos los días vemos cómo se avanza en el enriquecimiento que trae este negocio para algunos. Sin embargo nosotros seguimos luchando por nuestro territorio, por el reconocimiento de ello.

     Decimos: somos la voz nuestra. Esta es la única voz que se debe tomar en cuenta a la hora de garantizar derechos en esta audiencia de la reforma del Código Civil y Comercial. Somos nosotros, los pueblos mismos, quienes estamos hablando. No venimos a hablar en nombre de nadie más que de nosotros.

El señor Leguizamón se expresa en lenguaje nativo.

     Les agradecía en la lengua propia de nuestra tierra, el escuchar y estar siempre juntos.

     Dejo el consejo que nuestros mayores nos decían: “Cuando tengan un problema, todas las cosas sean habladas, pero siempre en el debido orden para exponer lo que uno quiere decir. De esa manera, a pesar de que haya ciertos inconvenientes, vamos a seguir de pie y siempre unidos hacia adelante”. (Aplausos.)

 

Sra. Moderadora.- Tiene la palabra el señor Bernabé Montellanos.

 

Sr. Montellanos.- Muy buenos días. Mi nombre es Bernabé Montellanos y vengo de la comunidad aborigen Finca El Potrero, en el departamento de Iruya.

     Buenos días autoridades, buenos días autoridades ancestrales, buenos días a los hermanos que vienen desde el sur a visitarnos en nuestro territorio.

     Desde nuestra organización acompañamos la reforma a la actualización y unificación de los Códigos Civil y Comercial como una instancia de diálogo válida entre los

Pueblos Originarios y el Estado.

     Consideramos que es hora que el Estado argentino, ya que fue fundado en un territorio indígena, tenga la posibilidad de abrir los caminos hacia los pueblos originarios, en especial en esta provincia de Salta donde somos trece o catorce pueblos, pero reconocidos somos nueve.

Hablamos de una provincia tan rica en pueblos, pero también bastante compleja en reconocer los territorios.

     Haré mención al Título IV de la propiedad comunitaria indígena, artículos 2028 y 2035. Respecto de la administración y gestión de los recursos naturales existen dentro de los territorios indígenas y sostenemos que cualquier potencial reforma del Código deberá observar los estándares que para el caso establece la Constitución Nacional del 94 y los instrumentos internacionales suscriptos por el Estado argentino en relación con el derecho a la consulta, conforme al criterio ya esgrimido por la Corte Internacional de Derechos Humanos.

     Es preciso tener en cuenta que el deber de consulta nace en las primeras etapas del plan de desarrollo o inversión no únicamente cuando surja la necesidad de obtener la aprobación si este fuera el caso.

     Creo que en otro país –estamos en el siglo 21- y el país, las provincias y las autoridades son representativas del pueblo nos tienen que consultar antes para ir a los territorios o hacer uso de la naturaleza. Nosotros no hacemos uso de la naturaleza como un bien material económico. Solo lo hace en el compartir.

     Desde ese lugar, nosotros pedimos el entendimiento a las autoridades y las propuestas a los pueblos originarios acerca de que tenemos mucho para dar, recibir y compartir en este mundo intercultural del que se está hablando ahora.

     Por eso decimos que todo proceso de consulta deberá observarse al principio de buena fe. El principio poniendo plan de que se trate, el principio de instrumentación previa, el de la interculturalidad y el de la información oportuna entre otros debiendo proveer el Estado los recursos necesarios para llevar adelante dicho proceso.

     Muchas veces ha pasado porque en mi caso personal en la provincia de Salta tengo una denuncia penal por discriminación por dos personas que han ido a nuestro territorio a trabajar con el tema turismo pero nunca nos dijeron que querían trabajar en concordancia con la comunidad. Han ido, se han metido, nos han invadido, nos denunciaron y los jueces me declararon culpable dentro de mi propia casa. Esa es una realidad. Por eso hoy vemos en este cambio que debe ser positiva y tener en cuenta lo que es la preexistencia de nuestros pueblos originarios.

     El procedimiento para la puesta en marcha de cualquier avance de proyectos que involucren los territorios serán la implementación de un proceso de consulta siendo válido y respetuoso de sus propios valores: tiempo, características culturales a los fines de potenciar la obtención del consentimiento previo informado del pueblo indígena consultado.

     La otra propuesta se basa en que no lo tomamos como aprovechamiento de los recursos sí compartimos con la naturaleza. El derecho a la participación, el proceso de consulta adecuada, el consentimiento previo informado, el aprovechamiento de los recursos naturales por parte del Estado o de particulares en coincidencia con las tierras. Se trata del derecho a la participación y al proceso adecuado de consulta con los pueblos indígenas afectados a los fines de obtener el consentimiento previo informado. Siempre  llegamos a lo mismo: la consulta. Creo que el gobierno de turno –de la provincia y de la nación- tiene la obligación de hacer la consulta a los pueblos.

     También decimos que ante la posibilidad de avanzar hacia una democracia participativa que posibilite el ejercicio autónomo de los derechos culturales de los pueblos. El concepto de autonomía remite a la autodeterminación y a la autonomía. Hablamos también del autogobierno. Lo que no implica separación por parte de los pueblos originarios. Se trata de nuevas formas de convivencia en el caso de una sociedad pluralista y multicultural.

     Desde luego quiero agradecer que nosotros como territorio estamos trabajando en una propuesta de inclusión y de reforma del Código Civil con un criterio de participación plena. Hoy aquí a la entrada los pueblos originarios sentimos una resistencia como si fuéramos personas extrañas, personas ajenas a nuestra casa.

     Me dolió mucho lo que nos pasó en la entrada porque acá dice audiencia pública y, sin embargo, nos controlaban. Soy ex combatiente y creo que tengo el derecho moral a decir que como argentino he defendido la Argentina pero hoy y siempre voy a defender a mi territorio hasta la muerte.

     Pido que escuchen a las autoridades y que este proceso se termine. Hay un gobierno que habla de derechos humanos. Entonces pongamos en práctica todo esto. Nadie nos ha regalado nada. En el 94 hemos logrado el cambio. Pero hoy es necesario que la sociedad civil y las grandes ciudades se embeban de la sabiduría de los pueblos originarios. (Aplausos.)

 

Sra. Coordinadora.- Tiene la palabra el señor Jesús Antonio Villanueva.

 

Sr. Villanueva.- Soy cacique y agradezco la invitación que me han formulado. Voy a compartir mi tiempo de exposición con la hermana Sara Flores.

              -No se alcanza a percibir con claridad el nombre de la oradora).-

 

Sra. Sara Flores.  .- Saludamos a la Cámara Bicameral y al público presente. Con una personería jurídica otorgada por el ministerio de Gobierno con número 268. Pertenezco a la comunidad diaguita sita en la ruta 28 de Salta Capital.

     Hermanos: venimos a exponer nuestras dolencias, nuestros atropellos, nuestra discriminación y también los desalojos que sufrimos constantemente. Es muy doloroso que en un pueblo suframos este mismo atropello por parte del Poder Judicial. Nos ha llegado hace poco información sobre desalojo de hermanos y es doloroso ver que estén en la calle o alojados en otras casas.

     Esta resolución fue por parte de la jueza  Mónica (Fader). Estos atropellos y también unas actuaciones que han llegado hace poco por parte del doctor Esteban García (Vez) director general de inmuebles y el doctor Federico Alejando (Tofoli) director general de asuntos legales de obras públicas.

     Nos ha llegado tampoco una mediación. ¿Por qué una mediación si lo que tenemos es nuestro? Es nuestro territorio, vivimos allí ancestralmente. ¿Por qué quitarnos lo nuestro? ¿Por qué sacarnos como una basura a la calle? Si lo que queremos es permanecer en nuestras tierras.

     Hermanos: hoy hay diferentes comunidades reunidas aquí. Es un honor y orgullo que estén presentes acá y que cada uno de ustedes exponga las necesidades que sufren las comunidades. Las autoridades pasan por encima de todas las leyes que nos amparan.

     Somos indios como en algún momento alguien dijo y nos discriminan de todas maneras. Eso se tiene que acabar porque nosotros peleamos con un solo objetivo: nuestras tierras.

     Allí estamos y vivimos y estaremos. La vamos a pelear con fuerza, lucha, hermandad. También quiero decir sobre los informes que nos llegan.

     ¿Por qué el gobierno nos da una personería jurídica si después la desconoce? ¿Por qué las autoridades desconocen todo esto?

     Queremos lo mismo. Que se apruebe la ley de tierras comunitarias para dejar de sufrir. Hoy acá reunidos, a pesar de que no nos dejaban entrar y como bien dijo hace un rato un hermano, esto es una audiencia pública. ¿Por qué cerraron las puertas? ¿No quieren que expongamos nuestros dolores, nuestros atropellos? Esto se tiene que terminar y pido a la Cámara Bicameral que tome conciencia y se apruebe esta ley. Se han aprobado tantas leyes. ¿Por qué no aprobaron la nuestra? Peleamos por lo nuestro.

     Hermanos: es un gusto compartir con ustedes este momento. Estoy emocionada pero dolorida porque tenemos atropellos. Voy a darle la palabra a un hermano que también tiene problemas. Sufre la discriminación por parte del Poder Judicial y político.

 

Sr. Villanueva.- Quisiera contar lo que pasó hace poco sobre una consulta sobre los sitios arqueológicos y el patrimonio cultural de los territorios calchaquíes.

     Hicieron una comisión sin consultarnos. Y no son gente originaria. Con el fin de adueñarse de todo nuestro patrimonio. Entonces, quiero que se contemple eso dentro del proyecto. Hay muchas problemática. (Aplausos.)

 

Sra. Coordinadora.- Tiene la palabra el señor Ubaldo Mendoza.

 

Sr. Mendoza.- Buenas tardes a todos.

     Pertenezco a la comunidad wichi de la localidad Embarcación, rutas 53, 81 y 34.

     Es una vergüenza que estemos divididos. Nosotros queremos ver a nuestros propios diputados. Le pedimos que nos acompañen y no los vemos para decirles que nos defiendan. Cuando ellos necesitan votos se los piden a los aborígenes y cuando los queremos verlos no están. Pasamos mucho tiempo participando. Hemos viajado a Tucumán, estaban todos los funcionarios. En La Rioja pasó lo mismo. Hoy no está ni el vicegobernador. ¿Qué les pasa a nuestros funcionarios?

     Nos encontramos ante un hecho histórico de reparación y refundación del Estado, proceso en que se encuentra la reforma del Código Civil. Acompañamos este momento porque consideramos que permitirá avanzar hacia un Estado con mayor igualdad a través de la implementación de la herramienta institucional y establezca la igualdad jurídica en la diversidad cultural. La creación del Estado, nación consolidada, la propiedad privada basada en valores individualistas, mercantilistas, afrontando la concepción del territorio.

     El territorio para los pueblos originarios es concebido y va más allá de connotación económica. Tiene un sentido espiritual y cultural vinculado ancestralmente. Involucra no sólo la superficie sino también el espacio aéreo y subterráneo. El espacio territorial para desarrollar la cultura comunitaria, tanto en el presente, futuro. Nos incluye a todos los recursos naturales y los valores simbólicos y sagrados.

     Asimismo, cada espacio territorial es único aunque la geografía, flora y fauna sea parecido en distintos lugares del valor que adquiere en la vida de los pueblos originarios. Lo que se vive allí es único con la relación que tienen los elementos entre sí con la persona que allí habita.

     En este sentido es importante contemplar la concepción para la implementación del instituto de la posesión ancestral que es aquello que un pueblo o comunidad indígena ejerce de acuerdo a su cultura en una relación de pertenencia con la tierra. Se propone incorporar la posesión ancestral de la siguiente manera.

     Habrá posesión ancestral cuando un pueblo o comunidad indígena ejerce de acuerdo a su cultura una relación de pertenencia con la tierra y se regirá  por las definiciones culturales de cada pueblo indígena.

     Podemos invocar la Constitución Nacional y una amplia jurisprudencia a nivel internacional pero independientemente parece fundamental observar que son los procesos históricos y socioculturales los que van produciendo la modificación de las normas legales y del conjunto de los sistemas de derecho y no al revés.

     Por esto que en un contexto de ampliación de derecho y cambio social se hace necesaria la reformulación de las herramientas jurídicas que posibilitan el paso de un Estado cultural. Sólo abandonando las recetas externas que han consolidad la desigualdad en pos del interés de unos pocos creando otras nuevas que recuperan las raíces de la América. De esa forma podremos romper con la colonialidad y avanzar hacia un Estado soberano.

     Estamos ante la posibilidad de avanzar hacia una democracia participativa que posibilite el ejercicio autónomo de los derechos culturales de los pueblos originarios si el concepto de autonomía remite actualmente a los territorios. En este sentido la autonomía significa la autodeterminación y autogobierno e implica la separación de parte de los pueblos originarios. Se trata de nuestras reglas de convivencia en el seno de una sociedad pluralista y pluricultural. Represento 23 comunidades de Embarcación. Muchas gracias. (Aplausos.)

 

Sr. Burgos.- Escucho a mis hermanos y les digo que esto hay que seguirlo trabajando. Esto nos hace falta. Estamos todavía con discriminación en ciertos lugares. A veces uno va a las autoridades para que tomen los casos donde vivimos en un pedazo de tierra que son 350 hectáreas y alrededor están las fincas de los terratenientes y nos han quitado un promedio de 50 metros. Vamos a buscar un abogado y no nos lleva el caso. Es prioridad que los abogados trabajen con nosotros. Se prenden con los empresarios. Nos pasa en carne propia. En su momento mi hijo se ha electrificado. Hasta hoy no puedo ni ver qué es lo que pueden hacer los abogados. A mí me agarró un abogado y me dijo: “Burgos, vamos a hacer una apelación”. Luego se la cobró él y me dijo que los papeles de mi hijo no seguían más. Entonces, no sé a quién puedo recurrir. Les pido que me ayuden. Todos ellos se prestan. Los abogados se prenden con los empresarios porque le ponen la plata en la mano y se olvidan del aborigen. Quiero que empecemos a buscar la fuerza. Y que Dios nos ayude. (Aplausos.)

 

Sra. Coordinadora.- Tiene la palabra el señor Daniel Fernández.

 

Sr. Fernández.- Buenas tardes a todos.

     Del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas queríamos estar presente en esta querida provincia con tanta historia y tanta composición de pueblos indígenas. Más de 13 pueblos habitan desde tiempos inmemoriales esta zona.

     Estamos en tiempos de cambio en la Argentina, aprendiendo y escuchando entre todos y en América latina. Cuando se habla de un nuevo Código se plantea un código a la altura del siglo 21.

     He escuchado la defensa del Código de Vélez Sarsfield. Pero alguna referencia histórica es bueno traerla acá. Este código fue construido, elaborado en 1868, sancionado en 1871. En esos tiempos el presidente Mitre a instancias de Sarmiento sancionó la ley 215 que ordenaba el sometimiento de las tribus indígenas por la fuerza militar. El sometimiento a través de operativos militares.

     No fue casualidad que en ese Código Civil vigente no estuviera la costumbre como fuente de derecho. Vélez Sarsfield fue políglota de lenguas europeas. Todos los códigos contemporáneos incorporaron a la costumbre como fuente de derecho. Vélez Sarsfield la suprimió porque se venía lo que se vino. La expedición de Roca una vez que se terminó la miserable guerra con Paraguay. Vino el despojo. Y vino una situación donde los pueblos, sus comunidades y tribus no eran considerados ciudadanos argentinos sino tratados como extranjeros.

     Así fueron tratados en la Constitución de 1853. Tenemos que hacernos cargo de esto también cuando se critica. En la historia y el balance. Y hubo una sola mirada supuestamente occidental y cristiana en ese Código Civil que se mantuvo. Vergonzosamente una ley de la dictadura de Onganía -17711- modifica el Código Civil y recién empieza a aparecer de manera limitada la costumbre para algo tan importante que es poder conocer derechos a aquellos que tenían su territorio y que fueron motivo de despojo. Por eso la importancia de la inclusión de este título V dentro del libro 4. No es para bajar derechos reconocidos en la Constitución del 94. No es para bajar estándares del convenio  169 de la OIT. Es para poder hacer operativos de derecho reconocido. En muchas justicias algunos jueces a la hora de fallar reconocen la posesión pero dicen no tener elementos para poder hacer operativo el derecho. Por eso la importancia de que sea incluida en el Código Civil. El Código unifica todas las legislaciones a nivel provincial. Esto va a posibilitar poder ejercer este derecho tan importante que con mucha dificultad ustedes están peleando y que desde el Estado nacional se está empujando también con muchas limitaciones.

     El gobierno a partir del año 2003 sancionó tres leyes tendientes no a reclamar más derechos sino a hacer operativo lo que ya está reconocido en la Constitución Nacional y en el convenio 169.

     En la nueva ley de educación nacional del 2007 se contempla por primera vez la educación intercultural bilingüe. En la nueva ley de medios se contempla el derecho de los pueblos a comunicar con su propia identidad y que un representante indígena sea parte del organismo de aplicación de la nueva ley.

     Se ordenó también la sanción de la ley 26.160 y se está llevando adelante el relevamiento de la posesión indígena en todo el país. Con  muchas dificultades tenemos que decirlo en esta provincia de Salta que queremos superar.

     Esta inclusión va en ese camino: hacer operativo el derecho que ya está reconocido. Es importante remarcar que este código civil no es un código privatista; dejó de ser privatista. Hay que leerlo. Es un código que reconoce derechos colectivos y también el derecho indígena lo recepta y reconoce como un derecho colectivo. De ahí la importancia del fortalecimiento de las organizaciones indígenas porque un derecho colectivo se ejerce por los actores fundamentalmente.

     Es un código que reconoce también como único sujeto de derecho a la comunidad indígena. Importante para tenerlo en cuenta en la provincia de Salta.  Todavía en situaciones de los lotes 55 y 14 que estamos atados a comisiones interamericanas y a ONGs y los pueblos y las comunidades relegadas en la definición y adjudicación de las tierras.

     Este código no contempla todos los derechos indígenas; sí contempla hacer operativa la posesión y la propiedad comunitaria. Además, abre el camino a nuevas iniciativas legislativas. En primer lugar, el propio legislador reconoce que la instrumentación de la propiedad comunitaria indígena debe ser producto de una ley especial. Y en segundo lugar al reconocer el derecho a la consulta y participación y a considerar al hábitat nos estamos acercando al concepto de territorio que ustedes reclaman. Me refiero al hábitat, como todo lo que rodea a la superficie pero que conforma el entorno cultural que los pueblos reclaman. Son definiciones importantes de este código que, de sancionarse, va a producir que podamos avanzar en un camino que muchas veces se desconoce. Hay más de cuatro millones y medio de hectáreas en la Argentina en distintas provincias –la de Jujuy está a la vanguardia- con reconocimiento de propiedad comunitaria. Hay más de tres millones quinientas mil hectáreas relevadas de posesión indígena hoy en la Argentina y hay mucho más por hacer.

     En esta apertura está el tema de la consulta y la participación y el compromiso del Estado nacional es trabajar para que haya una ley especial que contemple lo que ustedes reclaman. En el Bicentenario, cuando la presidenta de la Nación recibió a más de 500 representantes indígenas en la Casa de Gobierno sancionó un decreto -700- que ordenó y posibilitó la conformación de una comisión para redactar un proyecto de ley de propiedad comunitaria indígena. Esa comisión estuvo conformada por miembros del Encuentro Nacional de Organizaciones territoriales indígenas y por el Consejo de Participación Indígena que elaboraron un proyecto que fue tenido en cuenta por la comisión. NO refleja exactamente lo elaborado pero sí fue tenido en cuenta por los que elaboraron este anteproyecto del Código Civil. Estas audiencias también están hablando de que la Cámara de Diputados no es una escribanía. La Cámara de Diputados y Senadores impulsado por la presidenta de la Nación está recorriendo todo el país abriendo audiencias. Quiero agradecer a los legisladores y el esfuerzo de llevar la voz de los indígenas y reafirmar que en el camino de la política pública indígena vamos por tres leyes más que signifiquen avanzar una vez que esté sancionado este Código Civil (Aplausos.)

 

Sra. Coordinadora.- Necesito hacer una aclaración.

     La Cámara de Diputados y la de Senadores es un poder independiente que ha tomado esta decisión por sí.

     Tiene la palabra el señor Roberto Sandoval.

 

Sr. Sandoval.- Buenas tardes a todos los que están presentes.

     Yo soy autoridad del pueblo originario y por eso mi pueblo ha puesto que yo venga a presentarme ante este hecho inolvidable e histórico.

     Mi pueblo tiene un problema grave respecto del territorio porque nosotros hace más de veinte años teníamos una libertad de vivir un suelo digno argentino y de pueblo originario. Al día de hoy estamos muy mal. A nosotros nos han hecho cosas tremendas al respecto del pueblo originario. Nosotros cuando hemos dado cuenta queríamos actuar poniendo nuestra gente para reclamar que nos tomaran en cuenta y poder avisar a las autoridades nacionales y provinciales, pero no teníamos cómo. Finalmente, el pueblo originario reclamamos y teníamos que ir a una mesa de diálogo y consulta en una mesa que se llama ruta nacional argentina para tener conexión con gente que nos conozca y vea por medios televisivos o radiales reclamando de que nuestro pueblo está parado sobre esta ruta con nuestras mujeres y chicos.

     Nosotros hace cosa de veinte años teníamos territorios donde disfrutamos de las mujeres, hombres y lo que había en la tierra. Hoy no podemos disfrutar porque ha venido gente que tiene muchos recursos que han comprado las tierras que habitamos con nosotros adentro.

Cuando ellos ya están adentro, como dijo una hermana, nos sacan como a la basura de su patio.  Cuando nosotros queremos reclamar, nos mandan a las autoridades públicas para que nos azoten.

     De la parte de nosotros tenemos visto y vivido ocho paisanos muertos por balas de goma, atacados a no más de cinco metros, heridos y muertos después de unos días.  Por eso nosotros el día de hoy estamos aquí agradecidos, y yo de mi parte agradezco que hoy pueda verlos a ustedes, las autoridades de los pueblos originarios junto con las autoridades de la Comisión Bicameral para decirles gracias porque nosotros podemos encontrarnos cara a cara para certificar el problema que sufrimos como pueblos originarios.

     Tenemos territorios donde queremos volver a encontrarnos y vivir, porque tenemos seres vivientes que están ahí bajo esa tierra.  Al día de hoy ellos están bajo de un sembradío de produce para el pueblo blanco.  Nosotros queremos volver, y a nosotros nos sacan como perros con balas de goma y azotes.

     Estamos presentes para decirle a todo el pueblo blanco que no somos desconocidos en estos territorios ancestrales, sino que ustedes han venido cuando nosotros ya estábamos.  Hoy tenemos que reclamar ese lugar.  Pero nos dicen que tenemos mostrar papeles que acrediten que son nuestros.  ¿De dónde podemos pedir papeles si estábamos antes de que lleguen ustedes?

     Hoy estamos aquí y estamos de acuerdo con este Código Civil y queremos apoyarlos para que también ustedes nos apoyen al reconocernos a nosotros como pueblo argentino.  Si ustedes nos sacan de nuestros territorios, ¿dónde vamos a ir?  No tenemos dónde.  Estamos cerca del territorio internacional junto a Bolivia y Paraguay, nos quedaría sólo salir de la Argentina.  ¿Por qué nos tienen que correr cuando nosotros hemos nacido y enterramos a nuestros ancestros aquí?  No vamos a salir de la Argentina y vamos a seguir luchando porque tenemos un documento que nos acredita como argentinos y porque nosotros también formamos parte de los gobiernos nacionales, de las elecciones y somos parte de un partido de gobierno ganador.

Vengo en representación de 277 comunidades del pueblo wichí y me llamo Lorenzo Oscar, de kilómetro 6, Tartagal.  (Aplausos.)

 

Moderadora.- Tiene la palabra la señora Clara Chilcano.

 

Sra. Chilcano.- Represento a una organización que hace poco se organizó en el departamento de Orán.  Tenemos un precepto en el cual decimos que escuchar a todos los hermanos significa amor al prójimo.  Desde el nacimiento de nuestro ser, el pueblo guaraní desde el centro materno hasta la universidad cuando empezamos a vivir y a conocer vamos complementando con lengua extranjera que llamamos castellano.

     Entre nosotros debemos tener la defensa.  En estos tiempos el pueblo guaraní empieza a prepararse para la espiritualidad, miramos el cielo desde siguiendo las estrellas que nos van guiando.  La luna que nos explica los malos tiempos que vendrán para todo el pueblo y la Nación.  El espacio vital es la reciprocidad del pueblo guaraní, que nace desde la educación.  Buscamos el reposo desde el inicio de la gestación.  Hoy el pueblo originario ha perdido esa riqueza y la esencia que a nosotros nos valoriza. 

     Esto es un dolor.  La tierra está empezando a latir y a gritar porque nuestra identidad como pueblo originario es lo que nosotros hacemos.  La placenta la volvemos a la tierra, porque venimos de la tierra.  La entidad es el bosque, en donde nosotros vamos a festejar; desde ahí nace nuestra espiritualidad, desde nuestra gestación empezamos a sentir. 

     Lo mismo sucede con nuestros nombres, que son de la naturaleza.  El tiempo, las épocas en que nacemos dan los nombres.  Si nace un ser en buen día, el tiempo malo se nos viene.  Cuando miramos al norte y al sur, sabemossi el tiempo será bueno o malo, y hay que prepararse haciendo orativa.  No necesitamos una iglesia, la iglesia somos nosotros, el pueblo originario.  Cada pueblo tiene su origen de hacer orativa. 

     En este sentido, todos nos queremos por igual, no hay diferencia.  Para nosotros no hay raza sino hermanos.  Antes de que salga el sol hay que ganar tiempo, en el amanecer.  Y hasta que se nos venga Europa hacia nosotros, creo que es momento de que los argentinos nos levantemos y caminemos.  Es el derecho que tenemos que tener nosotros.

Somos pedazos de Dios, somos pedazos de jueces, somos un pedazo de defensa.  (Aplausos.)

 

Moderadora.- A continuación invitamos a exponer a Ariel Navanquiri.

 

Sr. Navanquiri.- Muy buenos días a todos ustedes, autoridades de los pueblos originarios, autoridades de la Comisión Bicameral.

     Pertenezco al pueblo mocoví de Santa Fe, coordinador general de OCASTAFE. Desde nuestra organización nos hacemos presentes en esta audiencia para acompañar esta propuesta de la reforma del Código Civil y su unificación con el Código Comercial, y saludamos también este ejercicio de ciudadanía donde reafirmamos los derechos de los pueblos indígenas originarios. 

     En ese sentido, creemos que es necesario hacer hincapié en la distinción entre los conceptos en los cuales se refiere esta propuesta de lo que es el anteproyecto del Código, en donde habla sobre comunidades y pueblos.

     La distinción creemos que hay que hacerla en el concepto de pueblo y comunidad.  En la reforma de 1994 se reconoce la preexistencia de los pueblos, y las comunidades son parte de un pueblo.  Nosotros pertenecemos también a lo que es la organización territorial, la organización de pueblos originarios en el marco de lo que es la Organización Nacional de Organizaciones Territoriales de Pueblos Originarios.

     En ese sentido nosotros reafirmamos y proponemos la unificación, acompañando desde ya en todo sentido lo que es la incorporación de los derechos, y exclusivamente en lo que es la propuesta de la propiedad comunitaria en lo que respecta al territorio de los pueblos indígenas.

Esa no fue una propuesta que nació desde lo que es la reforma de este anteproyecto del Código, ya que la hemos trabajado entre lo que son las organizaciones territoriales y el CPI.  El CPI es una instancia de articulación entre los pueblos indígenas con el Estado nacional, y en este caso incorporado a lo que es el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas.

     Es necesario que estemos en el marco de la reforma de este Código para implementar el reconocimiento de la propiedad comunitaria, ya que el actual Código para nosotros está en desuso y es obsoleto, puesto que no está adecuado a los derechos que fueron reconocidos por el Estado nacional de acuerdo con los reconocimientos que mediante la Constitución Nacional se nos reconocen a los pueblos indígenas.

     Nosotros aplaudimos esta instancia pues para nosotros es un momento histórico el estar incluidos aquí.  Desde aquí podremos dar vuelta esta página expresando lo que pretendemos entre todos: la convivencia, el respeto de las culturas y la entidad, el pensamiento y la diversidad de los pueblos que existen en el territorio argentino de hoy.  Queremos estar incluidos ya que en el Código Civil actual se habla en el artículo 33 de lo que es la propiedad privada, y no se toma el reconocimiento de lo que es el derecho colectivo, como vivimos nosotros, con esa costumbre ancestral de poder compartir todo lo que son nuestros territorios.

     Como dijeron nuestros hermanos, fuimos avasallados de nuestros territorios, primero con la colonización del extranjero y luego con el sistemático genocidio desde el mismo Estado Argentino hacia los pueblos indígenas, apropiándose y avasallando nuestros territorios, corriéndonos hacia la periferia de las grandes ciudades donde hay un choque cultural.  No es lo mismo el monte o la montaña que ir a parar a un monte de cemento, pues hay diferentes costumbres y hay que adaptarse a otras cosas.

Hay situaciones difíciles en las cuales viven las comunidades.  Llegamos a conocer lo que es la drogadicción, uno de los flagelos que no solamente pasa en la parte vulnerable del Estado nacional, por así decirlo, sino que hay que darle un poco más de visión pues pasa en toda la sociedad, tanto en la clases altas como en las medias y bajas. 

     En ese sentido, nosotros venimos aquí para apoyar esta unificación del Código y para hacer reconocer nuestros derechos y, un poco más allá, también hacer reconocer lo que son nuestras autoridades tradicionales de los pueblos indígenas, nuestra diversidad y nuestra cultura.  Somos naciones y pueblos diferentes que queremos compartir este espacio territorial sobre la base del respeto de la cultura.  Esa cultura no es una cultura superior ni inferior; solamente hay que reconocer que es diferente.

     Venimos en esta instancia a representar nuestros pueblos, somos la voz de nuestros pueblos, somos las autoridades tradicionales elegidas por nuestros pueblos.  En nuestras espaldas, como individuos, somos personas, pero también tenemos el derecho del legado de nuestros mayores, lo que nos han dejado.  Entre ellos, está el legado de pelear por los derechos de los pueblos indígenas. 

     No vengo en representación propia sino del pueblo mocoví, de lo que hoy es el territorio santafesino.  Esos límites geográficos fueron implantados por nuestro Estado federal, pero nuestro territorio es mucho más amplio, pues toca parte de Córdoba, parte de Tucumán, parte del Chaco, parte de Santiago del Estero y vuelve hacia lo que es la provincia de Santa Fe.

     Somos argentinos, tenemos el territorio en la Argentina, pero este territorio fue fragmentado por los mismos Estados, porque el pueblo guaraní y wichí también tienen su parte ancestral en otros territorios hoy llamados Paraguay y Uruguay, pero es territorio de estos pueblos.  Fueron divididos por los Estados, pero pertenecen a este pueblo originarios, antes de que llegara, por así decirlo, civilización.

     No nos metemos con lo dicho por los grandes próceres y lo que se ve en plazas y calles,  lo de "civilización o barbarie".  Nosotros estamos aquí y somos pueblos preexistentes, preexistentes al Estado y a las provincias.  Somos una cultura viva, pueblos que aún existimos; no somos historia, no somos folclore. 

     Por eso venimos a decir que estamos dispuestos a colaborar con el mismo Estado mediante una consulta en las diferentes instancias, cuando se tome una palabra que toque nuestros intereses como pueblos indígenas.  Vamos buscando este equilibrio de lo que es la convivencia ciudadana del hoy Estado Argentino, teniendo como visión un Estado plurinacional con una sociedad pluricultural.  Allí nos paramos para empezar a dar una vuelta de hoja y ver cómo generar soluciones, teniendo injerencia en las políticas que nos conciernen para caminar en conjunto.

     Saludos del pueblo mocoví.  También me viene a la memoria el reclamo sobre lo que es la ley de renovamiento territorial, la 26.160, para que el Estado de la provincia de Salta lo ponga en consideración, porque es una necesidad de los pueblos que habitan hoy el territorio de Salta, que son muchos más de los que están reconocidos.  En lugar de 9, son 13 o 14.

     Queremos el reconocimiento de nuestras autoridades y de nuestros pueblos para tirar para adelante con un objetivo común.  Existe falta de articulación y de incidencia, en algunos casos, de las organizaciones de los pueblos y falta de operatividad sobre los derechos ya reconocidos.       

     En ese sentido, nosotros vamos a apoyar a la provincia de Salta en la recuperación de nuestros territorios.  Primeramente la base es la tierra, porque es desde ahí donde emana nuestra vida, donde tenemos nuestro alimento, nuestra farmacia, para así recuperar nuestra cultura.

     Muchas gracias.  (Aplausos.)

 

Moderador.- Tiene la palabra el señor Antonio Cabana.

 

Sr. Cabana.- Gracias por permitirnos la participación.

     Integro el pueblo iogys de Tartagal, ruta 86.  Creo que me siento contento con esta participación, sin pensar la edad que tengo y también lo que alcanzó nuestra abuela, que tenía cien años.

     Nuestra abuela tenía paz y libertad, y con el espíritu de la sabiduría anunciaba que iba a pasar esto.  Tenía libertad, tenía paz pero había sufrimiento en nuestro territorio.  A veces conseguimos para comer y otras veces no, y tenemos que aguantar. 

     En este momento queremos dar gracias a las autoridades y a nuestro gobernador, así como también a los ministros.  Queremos que se acerquen a nuestras comunidades para que vean nuestra pobreza con sus propios ojos y que en esta ocasión escuchen nuestra voz. 

     Me siento contento estando con ustedes en este momento.  Al gobernador y a la ministra les agradezco.  Queremos que nos reconozcan y no ser víctimas de este atropello de otros argentinos.

     Yo como cacique tengo 70 causas para defender nuestro territorio.  También le agradezco al doctor Daniel Fernández, que está con nosotros, que cree en nuestra palabra.

     Por primera vez nuestra voz se oye.  Buen día.  (Aplausos.)

 

Moderador.- Tiene la palabra el señor Néstor Jerez.

 

Sr. Jerez.- Buenos días, autoridades, hermanos y audiencia en general, señores legisladores de la Comisión Bicameral.

Mi nombre es Néstor Jerez, y soy algo así como el secretario de relaciones públicas del pueblo ocloya.

     Vengo a presentar la posición de la Organización Territorial Consejo del Pueblo Ocloya ante la reforma, actualización y unificación de los Códigos Civil y Comercial de la Nación.

     Nos hacemos presentes en esta audiencia para traer nuestra propuesta sobre la incorporación de la Propiedad Comunitaria Indígena en la reforma, actualización y unificación de los Códigos Civil y Comercial, con la esperanza de que la misma sea contemplada e incorporada en el nuevo Código.

     Desde la conquista y luego con la consolidación del Estado nacional hemos sufrido procesos de relocalización forzosa, debido a la ocupación, desalojo y usurpación de nuestros territorios ancestrales. En estos procesos nunca hemos sido debidamente consultados, por lo contrario fuimos avasallados, y nuestras formas culturales no fueron respetadas al imponernos un modo de vida diferente al nuestro.

     Es por ello que haremos mención al Título V, de la Propiedad Comunitaria Indígena, Artículo 2028, en el que consideramos que la propiedad comunitaria indígena no debe reducirse a la ruralidad, ya que ello implicaría desconocer los procesos históricos y la realidad concreta que vivimos los pueblos originarios.

     Por este motivo proponemos la siguiente redacción: TÍTULO V, DE LA PROPIEDAD COMUNITARIA INDÍGENA, ARTÍCULO 2028.- “Concepto. La propiedad comunitaria indígena, es un derecho real autónomo, de carácter colectivo, de fuente constitucional y cuyo régimen es de orden público. Es inembargable, insusceptible de gravámenes, inenajenable, intrasmisible e imprescriptible.”

     Consideramos que es una oportunidad histórica para avanzar en la construcción conjunta hacia un Estado Pluricultural que reconozca que los Pueblos Originarios somos una cultura viva y dinámica.

     Para finalizar, entendemos que esta audiencia debe tomar la postura que acá presentamos como parte del derecho a la consulta y no como una mera opinión o ponencia. Para ello, nos basamos en el Convenio Nº 169 de la Organización Internacional del Trabajo en vigor, con rango supralegal, así como la Declaración de la Organización de la Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, los cuales establecen el Derecho a la Participación y a un proceso adecuado de consulta para los pueblos indígenas.

     Muchas gracias. (Aplausos.)

 

Sr.    .- Muchas gracias. Invitamos a exponer al señor Germán David.

 

- El señor Germán inicia su exposición expresándose en su lengua nativa.

Sr. Germán.- Soy del pueblo Ava Guaraní de la Organización Movimiento de la Nación Guaraní Queremba y Yambay, de la cual soy su vicepresidente. Somos parte también del Encuentro Nacional de Organizaciones Territoriales de Pueblos Originarios.

     Hoy venimos a este recinto a celebrar este hecho histórico en todo el territorio de la República Argentina, que se está llevando a cabo en esta audiencia pública, con la reforma del Código Civil y la unificación con el Código de Comercio.

     Hoy, teniendo presente nuestro derecho, hemos tenido un retroceso cuando quisimos entrar a esta casa, ya que nos vimos imposibilitados de hacerlo libremente. Parecía que entrábamos a algún lugar prohibido porque la seguridad pública permitía ingresar únicamente a unos pocos. Desde el comienzo esa fue una pelea, pero nosotros estamos acostumbrados a pelear por nuestro territorio y por nuestros derechos; inclusive se repitió en una sala, aquí abajo, a la que se impedía el ingreso a los hermanos.

     Esa situación empaña un poco esta celebración para nosotros que estamos recorriendo estas audiencias, llevando la voz de nuestros pueblos, la voz que nos han legado nuestros ancestros para que nos reconozcan como pueblos originarios.

     Hoy estamos en la provincia de Salta. Ella junto con la provincia de Jujuy son las dos provincias que más cantidad de pueblos y comunidades tienen en todo el territorio de la República Argentina. Sin embargo, son muchos los pueblos a los que los gobiernos provinciales todavía no reconocen y eso para nosotros es una lucha.

     La lucha que venimos dando desde los territorios, por nuestra autodeterminación y por nuestro reconocimiento a la identidad, ha tenido un eco muy favorable porque a través de los recorridos que hemos hecho muchos pueblos, muchos hermanos, han logrado autoreconocerse como integrantes de los pueblos originarios.

     Salta es una provincia que lamentablemente está cercenando el derecho a la identidad a varios pueblos, el Iogys, el Atacama, el Lule y el pueblo Tafí entre otros. Esto viene en relación con lo que venimos proponiendo en cuanto a la personería jurídica que establecen los regímenes legales y administrativos.

     Se impone a los pueblos originarios que tengamos personería jurídica cuando, en realidad, nosotros somos preexistentes al Estado argentino y a los estados provinciales. Somos parte de un territorio que ha sido divido cuando se instalaron los estados.

     El pueblo guaraní tiene un amplio territorio que comenzaba por la parte del Amazonas en Brasil, Paraguay, Bolivia, parte de Noroeste argentino, del Norte y también parte de Uruguay.

     Nosotros como preexistentes muchas veces hemos renegado de la personería jurídica e inclusive hemos sido reacios a tenerla, pero también sabemos que tiene la importancia que le dan los regímenes administrativos provinciales y nacionales para que podamos cumplir con ese requisito.

     Hoy por hoy estamos solicitando la creación de un nuevo punto en relación con la personería jurídica, que sea pública no estatal. Actualmente se habla de personería jurídica privada y los pueblos originarios –digo esto sin desmerecer a otras instituciones- no somos ONGs, no somos clubes deportivos sino que somos pueblos con derechos, con historia, cultura, con nuestro propio idioma y que aportamos a la grandeza de lo que hoy es el Estado argentino; lo hacemos con nuestra cosmovisión, con nuestra organización política y educativa relacionada con lo que es el vínculo con la tierra, con el monte, con el agua, con el aire y con el fuego.

     Esto es lo que venimos a decir, porque el hecho de que se incluya esta personería jurídica pública no estatal aportaría mucho a lo que es la organización de los pueblos y de sus comunidades.

     Un ejemplo de ello es Salta. Recorriendo el territorio he encontrado que algunas comunidades tenían hasta cuatro personerías jurídicas, que algunas comunidades estaban fraccionadas y que eran rehenes del gobierno provincial, del Instituto Provincial de Política Indígena de Salta y del gobierno municipal. Cada uno de ellos quería dar una personería jurídica a una comunidad por el solo hecho de tener un indio dentro de su gabinete. Eso no aportaba ni al crecimiento, ni a la unidad ni a la grandeza de la comunidad y de los pueblos. Creaba más bien una sensación de molestia e inclusive de enfrentamiento entre hermanos.

     Hoy venimos como organización a acompañar esta reforma del Código Civil y a pedir que se tenga en cuenta esta personería jurídica y que no se tome lo que venimos a exponer como una opinión o como una ponencia sino que sea incluido.

     Nosotros reclamamos estos derechos porque somos pueblos vivos y organizados. Contamos con una organización a nivel nacional con más de cuarenta y cinco organizaciones que abarca a más de treinta y cinco pueblos; asimismo, nuestro idioma se habla en los territorios y ustedes mismos lo han podido escuchar.

     Quiero agradecer a los hermanos de este territorio, a los diaguitas, lules, tastil, coyas y guaraníes que hoy nos han dado la bienvenida. También agradezco a las autoridades por su atención. (Aplausos.)

 

Sr.          .- Muchas gracias. Invitamos a exponer ahora al señor Germán Caraita.

- El señor Gil inicia su exposición expresándose en su lengua nativa.

 

Sr. Gil.- Soy Franco Gil, vengo en representación de Germán. Soy referente de la organización territorial Huarpe Pinkanta San Juan, Mendoza y San Luis.

     Como organización somos parte del Encuentro Nacional de Organizaciones Territoriales de Pueblos Originarios (ENOTPO).

     Para nosotros es muy importante formar parte de este espacio porque como organización hemos pertenecido a otros en los que nos teníamos que seguir a dos o tres personas que estaban al frente hablando por nosotros y que no conocían las problemáticas de los territorios; obviamente, si no se las conoce no se las puede solucionar.

     En cambio, en este espacio en el que estamos, se valoriza y se toma en cuenta la palabra de nuestras autoridades tradicionales indígenas que vienen de los propios territorios. Por eso, para nosotros es muy importante resaltar este espacio de encuentro y de articulación política.

     Quisiera reflejar la situación que se presenta en nuestro territorio, Cuyún, que debido a la división política que existe se llama provincia de San Juan, Mendoza y San Luis.

     En lo que hace a la provincia de San Juan la constitución provincial no reconoce la preexistencia del pueblo Huarpe ni tampoco ningún tipo de derecho indígena. Por lo tanto, no existe ninguna política indígena por parte del estado provincial.

     Dentro de la provincia de Mendoza existe la ley 6920 que reconoce al pueblo Micallac Allentiac pero nosotros somos parte de lo que es Nanai Allencayactá[1], por lo tanto, nuestro pueblo no es reconocido dentro de esa ley.

     En lo que se refiere a la provincia de San Luis, debido a que el gobierno provincial no está alineado con el gobierno nacional, es hermético a las políticas del Estado nacional.

     Por lo tanto, venimos a decir sí a la reforma del Código Civil y sí a la inclusión de nuestros derechos dentro del nuevo código. Ya que el Código Civil prevalece por sobre las normas provinciales creemos que sería una herramienta más para solucionar los conflictos que existen en nuestro territorio.

     Quiero hacer mención a lo que es la propiedad comunitaria indígena. Es necesario aclarar que la propiedad y posesión civil no está relacionada con lo que es la posesión y propiedad comunitaria indígena. Esto se relaciona más con el concepto de territorio y no con el concepto de tierra, que hace referencia a un inmueble al que se le da un valor económico; para nosotros el territorio no tiene un valor económico sino un valor espiritual.

     El título V artículos 20 y  28, concepto de la propiedad comunitaria indígena, dice: “La propiedad comunitaria indígena es un derecho real, autónomo, de carácter colectivo, de fuente constitucional y cuyo régimen es de orden público, es inembargable, insusceptible de gravámenes inenajenable, intrasmisible e imprescriptible”.

     También quiero hacer mención a la figura jurídica. Nosotros decimos -y la Constitución nacional así lo reconoce- que somos pueblos preexistentes a la conformación del Estado argentino. Por esa razón, el Estado deber respetar nuestras normas de organización, nuestras formas de vida, de mirar la justicia, nuestra educación y también salud. Si le damos una figura jurídica de carácter privado hay una contradicción en esto. Entonces, la figura jurídica debe ser de carácter público no estatal.

     Finalmente voy a ceder la palabra al hermano y quería pedir a los miembros de la Comisión Bicameral que tomen real conciencia de que la historia por la lucha de nuestros derechos está escrita con sangre.

     No solamente queremos pedir que la propuesta que traemos desde las organizaciones sea contemplada sino que quede plasmada dentro del nuevo código.

     Le cedo la palabra al hermano Marcelo Puei.

- El señor Puei inicia su exposición expresándose en su lengua nativa.

 

Sr. Puei.- Yo soy Marcelo y soy represento a una de las autoridades de la Asamblea del Pueblo Guaraní Tradicional de Ledesma, Jujuy.

     Nosotros venimos apoyando a la reforma del Código Civil por distintas razones. Desde hace mucho tiempo mi familia, mis abuelos, vienen de una tradición bien guaraní.

     Mis abuelos venían con la fiesta de Arete Guazú, con su cultura, su música, sus tradiciones, alimentos y fiestas. Muchas veces nosotros en esas fiestas, en esos bosques a los que llamábamos nuestro Ka’a Guasu -nuestro monte- sacábamos nuestros alimentos y agradecíamos a los ka’a, a los dueños de nuestros montes. Todo eso lo estamos perdiendo y necesitamos recuperarlo.

     En una ceremonia donde nosotros hacíamos el desentierro del Arete Guazú, siendo niños veíamos el amanecer preparando el Arete Guazú y veíamos salir el sol. Mi abuelo y mi papá preparaban el Arete Guazú. En ese momento mi abuela, que ya culminaba su vida en este mundo y en nuestro pueblo guaraní, me dijo: “Mirá el color del sol. Llegará el momento en que el sol tendrá otro color diferente. Mirá el agua, llegará el momento en que esa agua no tendrá el mismo color y tampoco el mismo sabor. Sentí el aire también, porque tampoco será el mismo”.

     Hoy nosotros creemos que recuperar nuestro territorio es hacerlo para todos, recuperar la naturaleza, muestro aire y todo lo que hemos perdido.

     El hombre blanco vino y tomó posesión de toda la naturaleza y hoy vemos las consecuencias en la capa de ozono, la contaminación de las aguas y del suelo. Vemos todo eso. Nosotros lo mantenemos bien y queremos seguir haciéndolo.  

     Creo que es imprescindible para todo ser humano mantener eso y también que todo lo que se quiera realizar, sobre la parte de la naturaleza que nosotros conservamos en forma original, sea consultado por medio de una consulta previa, informada y aprobada por los pueblos originarios. Si no son aprobadas no pueden intervenir dentro de un territorio que no les corresponde y empezar a destruir todo lo que nosotros tenemos, ya sea a través del desmonte, la contaminación, las minas y todas esas cosas que muchas veces son consecuencia de factores humanos.

     Por eso creemos que también es imprescindible la posición de la propiedad comunitaria. Actualmente somos despojados de nuestros territorios, de nuestra propiedad comunitaria.

     Incluso en el año 2011 en nuestro territorio, Ledesma, fueron asesinados tres o cuatro hermanos por la tierra, por no tener propiedad comunitaria. Nosotros creemos que es imprescindible que cada uno tenga una propiedad de posesión comunitaria, ya sea en la zona urbana o en la parte rural.

     Antes de la llegada del hombre blanco todo era nuestro. Hoy nosotros queremos una parte para seguir viviendo y para seguir sosteniéndola como pueblo originario.

     Por eso creemos que es imprescindible esta reforma, porque por la Constitución ya lo reconoció hace mucho tiempo y también el Convenio 169 de la OIT. Por medio de esto podemos decir que nosotros somos preexistentes y que lo que tenemos nos pertenece.

     Para ser breve, todo esto de la reforma del Código Civil nuestros hermanos en distintos momentos lo venían recalcando. Creo que no es necesario venir a detallarlo.

     Voy a ser breve y citaré sólo algunos detalles. Por ejemplo, sobre el derecho indígena, el derecho colectivo, el derecho de la preexistencia, carácter a la personería jurídica de los pueblos originarios, el pronombre, el territorio, posesión y propiedad comunitaria indígena, la consulta y participación –de lo que hablaba hace un momento- todo esto es imprescindible.

     En el pueblo del que provengo el 80 por ciento de los que votamos allí y que elegimos a nuestros representantes somos originarios. Nuestra propia autoridad, que fue elegida con el voto, es originaria guaraní. Nosotros decidimos elegir a nuestro propio responsable y llevamos un intendente que es guaraní.

     Incluso en la propia Argentina el ciento por ciento somos originarios porque somos dueños de esta tierra y tenemos a nuestros representantes.

     Necesitamos que nos ayuden y que cumplan son su obligación como representantes de proteger lo que es nuestro derecho porque para eso fueron elegidos. Nuevamente gracias. (Aplausos.)

 

Sr.        .- Muchas gracias. Invitamos a exponer ahora al señor Juan Manuel Liquin.

 

Sr. Liquin.- Antes que nada buenas tardes a las autoridades tradicionales y a la Comisión Bicameral.

     Vengo en representación de la autoridad de mi comunidad. Mi nombre es Héctor Fabián, represento a la comunidad originaria diaguita calchaquí y Las Pailas.

     Somos miembros de la organización Unión de los Pueblos de la Nación Diaguita, organización territorial que nucléa a más de treinta comunidades y formamos parte, de manera activa, en el Encuentro Nacional de Organizaciones Territoriales de Pueblos Originarios.

     Desde nuestra mirada la reforma, actualización y unificación del Código Civil y Comercial, es un hecho histórico de reparación y refundación del Estado; es un proceso en el que se enmarca la reforma, actualización y unificación del Código Civil y Comercial.

     Acompañamos este momento porque consideramos que permitirá avanzar hacia un Estado con mayor igualdad, a través de la implementación de herramientas institucionales que establezcan la igualdad jurídica en la diversidad cultural.

     La creación del Estado nacional consolida la propiedad privada basada en valores individualistas y mercantilistas, confrontado con la concepción tradicional de territorio considerada por nosotros, los pueblos originarios.

     El territorio para los pueblos originarios es concebido por una totalidad, va más allá de una connotación económica, tiene un sentido espiritual y cultural vinculado a lo ancestral y tradicional. Involucra no sólo la superficie sino también el espacio aéreo y subterráneo.

     El espacio territorial es la condición de posibilidad del desarrollo de la cultura comunitaria, tanto en el presente como en el futuro, pues incluye a todos los recursos naturales y los valores simbólicos y sagrados.

     Asimismo, cada espacio territorial es único, aunque la geografía, la flora y la fauna sean parecidas en distintos lugares, el valor filosófico que adquiere en la vida de los pueblos originarios que viven allí es único e irrepetible, por la relación que tiene cada uno de los elementos entre sí y la de estos con las personas que habitamos en el territorio.

     En este sentido, es necesario contemplar dicha concepción para la incorporación del instituto de la posesión ancestral, que es aquella que un pueblo o comunidad indígena ejerce de acuerdo a su cultura en la relación de pertenencia con la tierra y el territorio.

     Para ello se propone incorporar la posesión de la siguiente manera: “Habrá posesión ancestral cuando un pueblo o comunidad indígena ejerce, de acuerdo a su cultura, una relación de pertenencia con la tierra y el territorio. Por ende, se regirá por las definiciones culturales de cada pueblo indígena”.

     Para garantizar los derechos podemos invocar la Constitución nacional y una amplia jurisprudencia a nivel internacional. Pero independientemente de esto, nos parece fundamental observar que son los procesos históricos, socioculturales los que van produciendo la modificación de las normas legales y del conjunto del sistema de derecho y no al revés.

     Es por esto que en un contexto de ampliación de derechos y cambios sociales hace necesaria la reformulación de las herramientas jurídicas que posibiliten el paso de un Estado monocultural a uno pluricultural.

     Sólo abandonando las recetas externas, que han consolidado la desigualdad en pos de los intereses de unos pocos, y creando una nueva para recuperar las raíces de la América profunda por medio de la construcción de la herramienta, podremos romper la colonialidad y avanzar hacia un Estado soberano.

     Estamos ante la posibilidad de avanzar hacia una democracia participativa, que posibilite el ejercicio autónomo de los derechos culturales de los pueblos originarios.

     Si el concepto de autonomía remite a la autodeterminación y al de territorio, en el sentido estricto autónomo significa autodeterminación y autogobierno; ello no implica sucesión o separación por parte de los pueblos originarios del territorio del Estado Nación. Se trata de nuevas reglas de convivencia en el seno de la sociedad pluralista pluricultural.

     Voy a compartir parte de mi espacio con el hermano Ulises Llano. (Aplausos.)

 

Sra.          .- ¿Me puede decir su nombre, por favor, así tomo nota?

 

Sr. Llano.- Mi nombre es Ulises Llano. Buenas tardes a la Comisión Bicameral.

     Soy delegado de base de la comunidad originaria diaguita calchaquí de Las Pailas, miembro de la Unión de los Pueblos de la Nación Diaguita de Salta que a su vez participa a nivel nacional del Encuentro Nacional de Organizaciones Territoriales de Pueblos Originarios.

     En primer lugar, quiero hacer mención a lo que sucedió esta mañana cuando nos quisieron prohibir la entrada a este recinto donde supuestamente las audiencias son  públicas.

 

Sra. Camaño.- Discúlpeme, porque lo mencionaron prácticamente todo el tiempo.

     Quiero decir que la Comisión Bicameral no está a cargo de la organización del evento. Nosotros no tenemos inconveniente en escuchar a todos. De hecho, hemos tenido situaciones engorrosas en algunos lugares pero estamos aquí para escuchar.

     Es decir, la Comisión Bicameral en ningún momento tuvo ninguna actitud de prohibición de ingreso a nadie.

 

Sr. Llano.- No hacemos referencia a la Comisión Bicameral sino a los que estaban en la entrada. No sé cuál es el inconveniente.

     Quiero pedir disculpas a todos los hermanos por esta situación que pasamos.

     Por otro lado, quiero  hacer referencia a lo que es territorio. Los pueblos originarios tenemos nuestras propias pautas culturales, nuestra propia cosmovisión, nuestra forma de organización y de autogobierno. Esto no significa que digamos que somos una Nación aparte, sólo decimos “autogobierno”, que los pueblos se autogobiernan.

     Asimismo, como autoridades tradicionales que vivimos el día a día, vemos esta realidad territorial, los conflictos en territorios y los dictámenes de desalojos ordenados.

     Vamos a decir con nombre y apellido quiénes son las juezas que ordenan estos desalojos. Por ejemplo, la jueza Mónica Faber, que en diciembre de 2010 dictó un desalojo contra cinco familias de la comunidad diaguita calchaquí Las Pailas, en complicidad con las autoridades políticas y policiales. Y también cabe mencionar a la jueza Toranzo.

     Desde nuestra visión nosotros los llamamos “los jueces de los desalojos” porque persiguen en forma sistemática al pueblo diaguita, dictando sentencias de desalojo a favor de los terratenientes como Carlos Robles, los Duran, los Valla[2] con complicidad del poder político de turno y también con la de los municipios.

     Tenemos intimaciones de la fuerza pública a las autoridades tradicionales y persecuciones continuas. Por ejemplo, el caso de los hermanos de la comunidad de Las Pailas, que continuamente están recibiendo cartas documento y denuncias; el de la comunidad de Divisadero, que vive día a día  y de manera continua la lucha en el territorio; o el de la comunidad de la Aguada y del Algarrobal. Hablamos del todas las comunidades, de todo el pueblo-nación diaguita.

     Entonces, para resguardar nuestro territorio ancestral, la memoria, la cultura identitaria, los bienes naturales, el, patrimonio arqueológico, paleontológico, tangible e intangible, cuando se habla de patrimonio arqueológico se lo hace desde el punto de vista antropológico.

     Para nosotros son sitios sagrados, ciudades sagradas y eso no está escrito en los libros porque para el que escribe no tiene esa misma relevancia. Para nosotros son sitios sagrados y ciudades sagradas.

     El hermano Villanueva mencionaba algunas fallas, como una comisión que se formó en Cachi para hablar sobre el patrimonio pero sin la debida consulta a los pueblos.

     Como representante de un pueblo originario creo que es necesario que se abra una consulta antes de hablar sobre el patrimonio; nos quieren enseñar cómo tenemos que conservar nuestro propio patrimonio que desde hace años venimos resguardando y cuidando.

     Ahora van a nombrar esa comisión de la que ni siquiera forman parte los mismos hermanos de la comunidad o de los pueblos, sino que era una tal Guadalupe Noble. Averiguamos quién es Guadalupe Noble y es la hija del dueño de Clarín. Entonces decimos: ¡Vaya, qué paradoja!, están metidos en nuestro territorio y nosotros ni enterados.

     Por eso también lo que se dice es que se incluya dentro del Código Civil el tema del consentimiento libre previo informado.

     Asimismo, es necesario que la provincia cumpla con la ley 26.160 y su prórroga, la 26.554, ley de orden público que hasta ahora la provincia ha incumplido y no se puede lograr que cumpla con ella; a pesar de los convenios, la provincia no cumple.

     Además, agregar que también se reconozcan a todos los pueblos de la provincia. Como ya lo mencionaron, la provincia sólo reconoce nueve pueblos y en realidad somos trece o catorce. Entonces, eso es algo que tiene que hacer la provincia y vemos que desoye todo lo que los pueblos reclaman; los reclamos son bajo un marco legal legítimo, no sólo por reclamar y nada más.

 

Sra.         .- Perdón, le pedimos si puede ir concluyendo porque está excedido en el horario.

 

Sr. Llano.- Sí, ya vamos cerrando.

     También decimos que apoyamos la reforma, actualización y unificación del Código Civil y Comercial. Por todo esto pedimos a la Comisión Bicameral que tome la propuesta realizada desde el Encuentro Nacional de Organizaciones Territoriales de Pueblos Originarios y que no quede como una mera propuesta o una mera opinión. Nada más. Gracias. (Aplausos.)

 

Sra.       .- Muchas gracias. A continuación invitamos a exponer a José Eduardo Durán Mendioróz.

 

Sr. Mendioroz.- Buenas tardes, señoras legisladoras y miembros de la Comisión Bicameral.

     Una primera aclaración, en esta exposición se resume el texto que fuera entregado con anterioridad para poder ajustarme al tiempo acordado.

     En primer lugar quisiera referirme a algunos aspectos metodológicos. En Occidente existen dos sistemas, el codificado, bajo el principio de la supremacía de la ley y el del ius commune, mas conocido como del common law que se basa, a falta de códigos, en la sentencia de los jueces. El juez está obligado a sentenciar de acuerdo a los criterios de sentencias anteriores, bajo el principio universal de equidad de igual tratamiento ante casos iguales.

     El anteproyecto introduce en el artículo 1° la obligación de interpretar la ley de acuerdo a sentencias previas, introduciendo en nuestro sistema un elemento extraño, propio del common law.

     Más allá de que se le otorga mayor poder a los jueces y que los autores del anteproyecto son jueces, y más allá de la inconveniencia que sean autores del proyecto quienes luego tendrán que interpretarlo en un futuro próximo, lo innegable es que a nivel de fuentes del derecho se creó un sistema híbrido que planteará por mucho tiempo serios y generalizados conflictos sobre la aplicación del derecho, llevando a la Nación a un grado importante de inseguridad jurídica, justamente lo que un orden jurídico positivo, por definición, debe evitar, más cuando es codificado.

     Tampoco existe previsión alguna sobre qué se hará con el enorme tesoro de jurisprudencia y doctrina que la sociedad argentina ha venido elaborando desde hace un siglo y medio en torno al articulado del código de Vélez Sarsfield. El anteproyecto carece de notas, referencias, concordancias que puedan orientar al futuro intérprete.

     El sistema actual es perfectible, por supuesto, pero de ninguna manera obsoleto, tal que amerite su supresión lisa y llana y su reemplazo por un ordenamiento que no pasa de ser, en lo metodológico, un interesante ensayo.

     No se advierte entonces ni la urgencia ni una verdadera necesidad social para establecer y poner en funcionamiento un conjunto de innovaciones tan radicales, numerosas, diversas y asistemáticas sin la base previa de un consenso social amplio y de un estudio profundo, que tenga la previsión de las consecuencias prácticas de todas y cada una de las reformas.

     En segundo lugar, la exposición de motivos dice que este es el código de la no discriminación, de lo igualitario, sin distinciones basadas en el sexo, la religión y el origen –subrayo el origen- o la riqueza. Reivindica pues los principios de la igualdad y la no discriminación, los que se expresan en la regla universal de equidad a la que me refiriera anteriormente: igual tratamiento en iguales circunstancias.

     Por su parte, el artículo 3° de anteproyecto establece la obligación de que las sentencias de los jueces deben estar razonablemente fundadas, lo que me parece acertado, porque a la igualdad vamos a llegar sólo a través de lo razonable, no a través de la arbitrariedad; a la igualdad se llegará respetando los derechos que dimanan de lo que la persona es.

     La razonabilidad es un principio rector de todo el ordenamiento jurídico, tanto de las leyes como de las sentencias. Decía el general Perón que “La única verdad es la realidad” y la cita viene a cuento por dos razones. Primero, porque tenía razón y estaba en lo cierto, porque era una genial síntesis de la filosofía realista que cree que la realidad es objetiva y que la razón humana puede conocerla. En segundo lugar, la traigo a colación porque sólo en función de la realidad se puede determinar el bien común y para ello la persona utiliza la razón.

     Si bien resulta insoslayable la intervención de la autoridad del legislador en la sanción de la ley, no obstante, el pueblo -que está integrado por personas racionales- también tiene capacidad de ver la racionalidad intrínseca de la ley y promulgarla en su conciencia y donde no encuentra racionalidad encuentra arbitrariedad e injusticia.

     Resuena aún más de dos milenios después la voz de Antígona a su verdugo: “Tus mandatos no tienen poder para transgredir las leyes no escritas e inquebrantables”. Ley no escrita, logos ágrafos, éstas no son de ayer ni de hoy sino de siempre.

     Así, el hombre con su razón y su logos, a lo largo de la historia, confrontó y confronta a veces con riesgo de su vida con leyes inicuas y con sentencias arbitrarias.

     En la base de toda justicia está la igualdad, más precisamente, algún modo de igualdad, el apropiado a cada forma de justicia. Por ello la desigualdad recibe el nombre de injusticia, de discriminación.

 

Sr.      .- Es cuando no se mide con la misma vara, como sentencia la sabiduría popular.

     La racionalidad ante la realidad y el principio de igualdad son el fundamento de lo que históricamente llamamos derechos naturales o derechos esenciales de la persona humana, hoy llamados derechos humanos. El legislador pues es el primero que debe someterse a los derechos humanos porque él mismo no los crea sino que los reconoce como propios del hombre.

     Desde esta perspectiva, y recordando que el anteproyecto se califica a sí mismo como el código de la no discriminación, de lo igualitario, sin distinciones basadas en el sexo, la religión o el origen, voy a centrar mi crítica en dos innovaciones injustas, que hacen graves discriminaciones basadas en el origen.

     Primero, el desconocimiento del derecho a la identidad o, mejor dicho, la denegación de iure del derecho a la identidad biológica del niño nacido a partir de un proceso de fertilización artificial, mediante el novedoso instituto de la voluntad procreacional.

     En la filiación natural y por adopción el niño tiene pleno derecho a conocer su identidad biológica pero, inexplicablemente, en la fecundación artificial la llamada voluntad procreacional conlleva que se niegue de plano el derecho de la identidad del hijo. Y ahí, en esta falta de explicación, de razón, de logos suficiente, radica la desigualdad, la arbitrariedad de la discriminación injusta.

     El anteproyecto consagra una categoría de argentinos, de hijos y de seres humanos que carecen de derechos al conocer su identidad biológica. Esta verdadera iniquidad, que es inequidad, se hace desde una concepción adultocéntrica, contraria al principio liminar del derecho, de la niñez y de la infancia, del favor minoris, que es el supremo interés del menor.

     El segundo ejemplo de esta categoría lo constituye la discriminación en el reconocimiento de la existencia de la persona humana, según cual sea la modalidad de su concepción. La Corte Suprema de Justicia viene sosteniendo que el derecho a la vida es el primer derecho de la persona humana que resulta reconocido y garantizado. El hombre es eje y centro de todo el sistema jurídico y en tanto tiene en sí mismo su persona, es inviolable y constituye valor fundamental con respecto al cual los restantes valores tienen siempre carácter instrumental.

     Si la única verdad es la realidad, la realidad científica nos muestra que en los dos casos hablamos de un mismo sujeto, el embrión humano. Si el derecho a la vida es un derecho absoluto, ¿por qué cuando se lo confronta con el derecho a la salud reproductiva, por caso, debe ceder ante un derecho, apreciable por cierto pero de menor jerarquía? Si en los dos casos se trata de un ser humano y lo que está en juego es el reconocimiento de su dignidad de persona humana, y en definitiva su propia vida, nada justifica la desigualdad de trato y que constituye una gravísima discriminación.

     Preocúpenos pues el futuro de esta sociedad que ha pisoteado lo más sagrado que es la vida de los niños, de los más débiles, pero paradójicamente, de quienes finge el futuro como sociedad, el niño, como cosa objeto de la penitencia del adulto, negándosele su derecho a la identidad y como objeto de experimentación a lo que es su fase embrionaria.

     Finalmente, me referiré a la desprotección jurídica del cónyuge fiel ante la infidelidad del otro. En la exposición de motivos, si bien se reconoce el valor de los deberes de fidelidad y cohabitación, al receptarse un régimen incausado de divorcio su incumplimiento no genera consecuencias jurídicas. Se reconoce el valor de la fidelidad y de la cohabitación pero el incumplimiento no crea consecuencias jurídicas dado que se ha receptado un régimen, una cuestión procesal, incausado de divorcio.

 

Sra. Presentadora.- Le pedimos si puede ir redondeando pues ha concluido su horario.

 

Sr.      .- Sí, señora legisladora. Un minuto nada más.

     ¿Qué valores son los que su incumplimiento no acarrea sanción alguna? Esta norma va a afectar a todos los matrimonios, aun los actuales, pues la desprotección jurídica será aplicada en forma retroactiva en aras de que el trámite de divorcio sea encausado. Esta supresión de la protección jurídica del deber de fidelidad dejará desamparada en nuestra patria a millones de personas, sobre todo mujeres que han entregado su vida a la formación de la familia y a la educación de los hijos, y lo han hecho en base a un compromiso reciproco de fidelidad con su cónyuge, asumido por ambos en forma libre y voluntaria.

     Cuando el compromiso de fidelidad es violado por uno de los cónyuges, por lo general el marido, es justo que se sancione al trasgresor mediante la carga alimentaria y así se ampare económicamente al cónyuge fiel, casi siempre la parte más débil económicamente.

     La única verdad es la realidad. Con este grado de desprotección para la madre de familia se convierte en una empresa de alto riesgo proyectar la crianza de los hijos en la complementariedad de roles, lo que es más común en nuestra sociedad. Ello provocará, y con esto concluyo, la reducción de la natalidad en un país peligrosamente subpoblado y con la acechanza en ciernes del invierno demográfico. Notablemente, en consonancia con las directivas e intereses del mundo desarrollado, es lo que se hace.

     Me refiero al memorando paradigmático número 200 de Implicaciones de Crecimiento de la Población Mundial para la seguridad de los Estados Unidos y sus intereses de ultramar que ejerce Kissinger en abril de 1974. Porque también hay un bien social implicado en la estabilidad de la familia y la procreación. Las leyes protegen, y deben seguir haciéndolo, a los hijos y a los cónyuges que hacen honor al compromiso asumido.

     El proyecto destruye todo vestigio del matrimonio porque sorprendentemente resulta ser antinatalista. Digo sorprendentemente porque el anteproyecto es impulsado por el oficialismo, que levanta las banderas de lo nacional y popular más allá de que sus realizaciones prácticas puedan ser más o menos felices. La iniciativa es contraria al interés de la Nación afectando a los más desprotegidos. Es otra muestra más de una ingeniería social nacida en los laboratorios ideológicos de la dominación convenientemente travestida de progresismo.

     Hasta el propio Kissinger, ya nonagenario, debe estar sorprendido de la creatividad de los políticos latinoamericanos en el cumplimiento de los intereses estratégicos de los Estados Unidos. Nada más. (Aplausos.) 

 

Sra. Presentadora.- Muchas gracias. Invitamos ahora a exponer a Federico Curutchet.

 

Sr. Curutchet.- Buenas tardes, soy Federico Curutchet, miembro del Centro de Investigación de la Problemática Familiar, delegado por Salta en la Red Federal de Familias y miembro de la Junta Ejecutiva Federal de la Red Federal de Familias.

     Soy de un pueblo originario que se llama Argentina y me encantaría que mis hermanos de los pueblos originarios, a quienes escuchamos recién, también estuvieran acá escuchándome para que pongan todas sus banderas.

     En fin, la verdad es que había preparado dieciocho carillas para exponer sobre los aspectos vinculados a la vida humana, comienzo de la vida humana, la familia, la filiación, etcétera, pero algunas noticias de las que me enteré hace poco tiempo me hicieron cambiar ese discurso. Por suerte lo imprimí en una sola carilla, entonces puedo usar de borrador el resto.

     Las dos noticias a las que me refiero son que la presidenta de la Nación quiere que esta norma se sancione porque ha leído en la tumba de Napoleón, tengo entendido, que él sostenía que iba a ser más recordado por el Código Civil francés que por sus batallas. Entonces ella, queriendo imitar a Napoleón, porque dice que es una especie de ídolo suyo, quiere hacer esta reforma del código.

     La segunda noticia es que el presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, y además quien redactó el código, ya tiene en el historial el comentario al código, que obvió de hacer en los artículos al dejar las notas. Estas dos noticias hacen que me pregunte para qué estamos acá y para qué es esta audiencia si ya está todo cocinado.

     ¿Realmente hay algo que nosotros digamos acá que va a hacer cambiar a alguien, sobre todo al oficialismo y a su mayoría, en la aprobación? Realmente, ¿esto sirve para algo? Cuando me pregunté esto, me respondí que era un gil y que había preparado dieciocho hojas inútilmente. Pero después también me di cuenta de otra cosa, que en realidad lo que había preparado tenía mucho que ver con esto que está pasando, porque estas dos cuestiones pintan a la perfección de qué se trata esta reforma que nos proponen.

     Se podría resumir en lo siguiente: esta reforma que se nos propone es deshonesta y vulnera la dignidad del pueblo de la Nación argentina. Los argentinos tenemos la curiosa cualidad, no digo ni buena ni mala, de hacer cosas extrañas. Este proyecto realmente lo es.

     Un viejo dicho dice: “Hecha la ley, hecha la trampa”. Los argentinos hemos mejorado eso y ahora hacemos la ley y la trampa, todo junto. Todo junto y votado por los mismos legisladores que hacen la ley.

     Voy a resumir rápidamente por qué digo que el Código Civil que se nos propone es deshonesto. En primer lugar, creo que es deshonesto porque alguien tiene que decirle a Cristina que no es Napoleón. Alguien se lo tiene que decir. No podemos estar aplaudiendo como si se tratase de Napoleón. No es Napoleón. Ese código tampoco era muy bueno en su conjunto y el resultado del código francés está muy lejos de ser la obra que encargó Napoleón. También alguien le tiene que decir a Lorenzetti que es deshonesto cobrar derechos de autor por un comentario de un código que elaboró y ni siquiera notó ni justificó.

     También es deshonesto hacer audiencias públicas para no escuchar al pueblo. Si ya está establecido que se va a votar, ¿para qué estamos haciendo esto? ¿Para qué? Es deshonesto.

     También es deshonesto que una ley tan trascendental sea votada sólo para acompañar el proyecto o el modelo, como le dicen. Es deshonesto decir que el código amplía los derechos sin decir de quiénes se amplían, de quiénes se reducen o a quiénes se le niegan. Y en este punto me voy a detener sólo un minuto.

     He leído absolutamente todas las ponencias que se han hecho en todo el país y casi no he encontrado a nadie que estuviese de acuerdo con el código, sin embargo, según las noticias que corren, este código va a ser aprobado. Todos, hasta incluso nuestros hermanos de los pueblos originarios que recientemente se fueron, tienen una crítica para hacerle. Los únicos que no tienen una crítica para hacerle son los de la comunidad de gays, lesbianas, transexuales, etcétera. Esos son los únicos que aplauden a brazo cerrado este código. ¿Por qué será? ¿Qué derechos se amplían? ¿A quiénes se les reducen? Es deshonesto no decirlo.

     Es deshonesto decir que existen distintos tipos de familia y entonces regular en contra de la familia. Es deshonesto, y lo digo puntualmente hablando de la equiparación no solamente de las uniones entre personas del mismo sexo con las uniones heterosexuales sino entre el matrimonio y las uniones convivenciales, afirmar que la ley no puede exigir a los ciudadanos el compromiso con la grandeza de la patria. Es deshonesto decir que regulamos esto porque ustedes no pueden con la fidelidad.

     Esto se da porque hay una muestra de que la gente se divorcia, entonces la ley pide que se sacrifique por la grandeza de la patria, la ley excusa. Es deshonesto afirmar por la ley que la felicidad se alcanza defraudando a los seres más queridos. Esa felicidad que dice la ley es el divorcio. Los seres más queridos, nuestros hijos, son defraudados cuando nosotros, incumpliendo nuestra palabra, incumpliendo el compromiso que asumimos al contraer matrimonio, decimos: “Ahora se me fue el amor. Se me fue el amor hacia mis hijos y hacia mis seres más queridos”. Esta ley ampara esa deshonestidad, por eso es deshonesta.

     Esta ley también es deshonesta porque afirma proteger a la mujer y la cosifica, a la mujer y al niño. La cosifica porque hace de su vientre un objeto de comercio y, lo que es peor aún ‑además de deshonesto es hipócrita-, dice que no puede cobrar por eso.

     También es deshonesta esta ley, este proyecto de ley que se va a convertir en ley seguramente, porque habla de derechos humanos y los ignora. Es deshonesto también decir que defiende a los aborígenes no solamente utilizándolos políticamente como lo vimos recién.

     Recién vi aparecer a Fernández. Fernández es un representante del gobierno que viene a hablar a Salta, ahí está. ¿Cómo le va, Fernández? Es un representante del gobierno que viene a hablar a Salta a favor de los aborígenes…

-   No se alcanzan a percibir las expresiones de un orador que habla fuera de micrófono.

Sra. Camaño.- Perdón, caballero, pero nosotros somos respetuosos de quien expone, al máximo, a tal punto que estoy tolerando que me diga que soy deshonesta. Así que le pido, por favor, que si usted ya expuso, se retire de la sala y permita que el señor continúe.

     Por favor, estoy tolerando que a mí se me diga deshonesta, así que vaya usted y tolere todo lo que le digan. Esta es una audiencia pública. Continúe por favor.

 

Sr.      .- Perdone, diputada, usted es valiente, no es deshonesta. Yo lo que le quiero decir a mis queridos compatriotas ‑son compatriotas porque son de la Nación argentina, son compatriotas porque corre por mis venas sangre guaraní y también corre por mis venas sangre inca. Soy nacido en este pueblo, en esta tierra, igual que ellos, igual que mis abuelos y bisabuelos- es que la utilización política que están haciendo de esto es discriminatoria y que esta ley no es pluralista. Es deshonesto decir que es plural cuando nos segrega como pueblo en vez de integrarnos a la Nación argentina y a la grandeza.

     Es más, las quejas que hoy escuchamos, de balazos y de desalojos, no son de gobiernos de hace treinta años, estamos hablando de gobiernos de ahora, de estos gobiernos, de este mismo gobierno que los utiliza políticamente para decirles que vengan a hablar a favor de un código sin decirles toda la implicancia del código. Ese mismo gobierno dice que está a favor de ellos.

     Podría seguir enumerando y no quiero robar más tiempo, sólo decir que las leyes hacen a la identidad de los pueblos y naciones y este proyecto, que no respeta nuestra tradición ni nuestra cultura, es una perfecta foto de nuestra horrible realidad.

     Sigan, señores representantes del pueblo, sordos a lo que dice el pueblo, voten este mamarracho y que reine el caos, tal vez lo haga Napoleón o Cristina. Dios nos perdone. (Aplausos prolongados.) 

 

Sr.    .- La diputada Camaño quiere decir una cosa. Realmente yo no salgo de mi sorpresa. Creo que de las 921 audiencias, salvo en Salta, que voy asistiendo, no he visto nunca ese nivel de agresividad. Me parece que ese nivel de agresividad no construye. Nosotros no vamos a hacer mil y pico de audiencias para burlar a la gente. Nosotros tenemos que abrir este tema al código, de otro modo, nos hubiéramos quedado en Buenos Aires y allí terminaría todo.

     Entonces, me parece que por lo menos no merecemos ese trato, señor Curutchet. Lo menos que parece su apellido es ser de un descendiente incaico.

-   Varios oradores hacen uso de la palabra fuera de micrófono.

Sra. Camaño.- A ver, vamos a dejar dos o tres cosas en claro. Hemos recorrido muchísimos kilómetros, nosotros tenemos más de diez provincias visitadas y lo largo de ellas tenemos diferentes posturas, a favor y en contra.

     Obviamente que quien viene a la audiencia pública viene en el punto que conoce y que te molesta. Difícilmente alguien venga en el punto que no le molesta. Nosotros tenemos posturas de pueblos originarios que son sumamente interesantes y que no están de acuerdo con el código. Entonces, ustedes están viviendo su propia realidad, la realidad de esta audiencia pública.

     Yo lamento mucho que se me haya tratado de indecente porque yo sí los voy a escuchar y la composición de los legisladores de la Cámara, mal que les pese, es la que ustedes, los ciudadanos, eligieron. A mí ustedes, los ciudadanos, me pusieron en minoría y a otros legisladores los pusieron en mayoría. Esa es la historia de vivir en democracia. Entonces, las audiencias públicas no son deshonestas porque si no sería deshonesto venir a hacer el discurso. Si no hay confianza en venir a hablar, no tiene sentido venir a la audiencia pública, no somos deshonestos, como se percibe.

     En realidad, hemos sido más maltratados en algunos lugares, no me siento tan maltratada, me han llegado a decir prostituta en una audiencia pública, por el Código y por algunos capítulos del Código.

     Quiero aclarar esto. A nosotros nos sirve que ustedes hagan las observaciones, no que hagan las críticas políticas, porque las críticas políticas no nos sirven, muchachos. Las críticas políticas sirven el día que uno va a votar. Acá queremos que nos digan que con a tal o cual artículo no coinciden por tal o cual motivo, es así como nos van a ayudar a nosotros. Esta comisión bicameral está representada por todas las fuerzas políticas, en la composición que el pueblo de la Nación argentina votó. En esa composición yo soy minoría pero me duele que a una presidenta a la que yo no voté, y a la que no represento pero que es mi presidenta, se la agreda en ese grado. Empecemos a ser respetuosos de las instituciones. Empecemos a ser nosotros respetuosos y si somos cristianos y si somos católicos, sabemos lo que significa poner la otra mejilla. Empecemos nosotros. No esperemos nada del otro porque así es fácil.

     Vamos a seguir con la audiencia y les pido que vengan a darnos elementos de trabajo, no a criticarnos.

 

-   No se alcanzan a percibir las expresiones del orador por hablar fuera de micrófono.

 

Sra. Camaño.- Nosotros sentimos que usted nos dijo deshonestos a todos e incluso ‑así lo manifestó y está la versión taquigráfica- ha dicho que es deshonesta hasta la misma metodología de audiencia pública de la cual usted participa. Vamos a seguir, por favor, sin controversias.

     Nosotros estamos desde la mañana, como ustedes saben, escuchándolos respetuosamente, no los interrumpimos. Simplemente queremos hacer esta acotación para no tener  que seguir sufriendo que nos agredan. Vinimos a que nos den, a que aporten, a que nos digan lo que está mal del código. Algunos de nosotros lo va a receptar, otros no, y como la composición del Congreso responde a lo que los ciudadanos han decidido, habrá de ganar la composición del Congreso que los ciudadanos decidieron.

 

Sra. Presentadora.- Continuamos y le damos la palabra a Rosario Sferco.

 

Sra. Sferco.- Buenas tardes. Para todos los aquí presentes voy a proceder a presentar la ponencia que elaboré con respecto al alquiler de vientres, en el contexto de la reforma del Código Civil y Comercial de la Nación.

     Soy una alumna que está en el último año del secundario y que tiene en sus planes estudiar la carrera de Derecho, por lo tanto me vi en la obligación y el interés de participar en esta audiencia.

     Me gustaría hacer hincapié más que nada en lo importante que resulta esta reforma para el pueblo argentino. Estamos hablando del Código Civil, el que define nuestros derechos y obligaciones. Leerlo implica conocer la vida y los valores de una comunidad. Como dice la frase: “Dime quién legisla, y te diré qué sociedad eres”, este Código debe tener suma importancia para los argentinos, nos representa directamente. Es por eso que en él los contenidos deban pensar en toda la población, en cada uno, porque reivindico que nos representa a cada uno de nosotros.

     Al legislador le corresponde, en su noble y necesaria tarea de mediación política, plasmar en leyes positivas el camino de una Nación y prever las consecuencias de lo que hoy se legisla.

     Por otro lado, me gustaría citar la frase célebre de Cicerón que dice: “No existe en absoluto la justicia, si no está fundada sobre la naturaleza; si la justicia se funda en un interés, otro interés la destruye”. Estamos metiéndonos con la vida humana y creo que no hay nada más natural e importante que eso. Resulta agraviante a la dignidad de la mujer y de los niños la existencia del alquiler de vientres. Esto, que degrada a la mujer embarazada, es posible que se convierta en una fuente de más injusticia y desigualdad por la explotación de la pobreza. Se privilegia, nuevamente, los deseos de los adultos por sobre los derechos del niño a nacer. Además de negar al niño el conocimiento a su identidad biológica, se desconoce el profundo vínculo que se establece entre la madre gestante y el niño al que da va a dar a luz. Estamos tratando a un niño y a una mujer como un objeto.

     Resulta triste y preocupante cómo el avance tecnológico puede ser utilizado para este tipo de cosas, yo realmente no entiendo hasta qué punto quieren llegar. La vida humana empieza desde el momento de la concepción y esto no se puede cambiar ni se podrá hacerlo en toda la eternidad.

     Esta reforma no sólo afecta a la dignidad humana porque utiliza al hombre como una cosa comerciable sino también a la identidad del niño ya que queda privado de su derecho a la identidad, sin dejar atrás la explotación a la mujer que hay en este proceso.

      Yo como joven ciudadana confío en que puedo tener un país cada vez mejor, me comprometo a participar en esta tarea también, pero con este tipo de cosas es como nuestra sociedad va decayendo cada vez un poquito más. Porque están tocando los valores fundamentales de la vida humana y no resulta nada más triste que una sociedad sin valores.

 

     Como habitante de este país, me veo obligada a participar de esta reforma. Esta reforma me afectará a mí como a todos mis compatriotas. Dejemos de pensar un poquito en los deseos de unos pocos y miremos hacia el futuro. ¿Qué le estamos dejando a las próximas generaciones? Sólo quiero que se resuelva un poco más.

     Me duele ver una Argentina en esta situación, es mi país, nuestro país y si nosotros no nos preocupamos por lo que está pasando, quién lo va a hacer. Debemos mirar bien qué estamos haciendo, pensar también en las generaciones futuras y dejar de poner lo tecnológico por sobre la naturaleza humana.

     Sin más que decir, espero que todos puedan revisar las cosas que se están haciendo y de alguna manera darse cuenta a lo que estamos llegando. Muchas gracias. (Aplausos.) 

 

Sra. Presentadora.- Muchas gracias, le damos la palabra a Francisco Menéndez.

 

Sr. Menéndez.- Muchas gracias a los señores legisladores por dejarnos participar en este debate.

     El tema que quiero tratar es el derecho a la vida, a la familia y el matrimonio.

     En primer lugar, llamo a la reflexión de los legisladores para que defiendan el derecho a la vida de aquellos niños concebidos fuera del vientre materno. El anteproyecto de Código Civil no dice nada al respecto, de cómo quedan desprotegidos todos de derechos, como si fueran cosas. En esto se da una peculiar contradicción, por un lado, se acepta que la vida comienza desde la concepción y, por otro lado, no se la ampara por el mero hecho de haber sido concebida fuera del vientre materno.

     ¿Acaso no es humano un niño concebido fuera del vientre materno? Necesitamos dar protección a todos esos niños concebidos fuera del vientre materno ya que si esto no ocurre los mismos quedarán en situación de indefensión, quedarán expuestos a la comercialización, industrialización, experimentación o destrucción, una barbaridad que debemos impedir.

     Por otra parte, llamo a la reflexión a los legisladores para que defiendan el matrimonio como natural e históricamente fue concebido, la unión entre un hombre y una mujer, y plasmarlo en la reforma del Código Civil.

     La razón de mi defensa es porque creo firmemente que la familia fundada en el matrimonio entre un hombre y una mujer, perdurable y estable, es el hábitat natural para la crianza de los hijos, además de ser la célula básica de la sociedad, según nuestra Constitución.

     Con ello no estoy diciendo que otras formas de convivencia no sean reguladas y contempladas, por supuesto que no, pero en lo que se refiere a la institución del matrimonio tal cuál la conocemos históricamente no debe ser de ninguna manera alterada.

     Por otro lado, en el nuevo proyecto de Código Civil hay alteraciones de igual índole de importancia en cuanto se refiere a los derechos y obligaciones de los cónyuges. Suprime la obligación de la fidelidad y la cohabitación, que a mi entender son valores fundamentales de un matrimonio. Un matrimonio está basado en el afecto, el amor, el respeto y el compromiso de las personas. ¿Qué clase de matrimonio queremos crear con este proyecto de reforma?  ¿En una sociedad, donde cada día más los valores se van perdiendo y el relativismo es lo que impera, nuestros legisladores quieren vaciar de contenido una de las instituciones más sagradas, pilar fundamental de la Nación? ¡Estoy totalmente en desacuerdo! ¡Cuidado con el tipo de sociedad que están creando!

     Las leyes están para ordenar las conductas de los hombres. Tienen la función de encauzar las conductas y enseñar a los hombres qué es lo que está bien y qué es lo que está mal. Por eso digo que estoy en contra de esta reforma porque deja al matrimonio carente de esas obligaciones que antes bien estaban reguladas.

     Yo no estoy casado pero el día que lo haga quiero encontrar en la ley todas aquellas obligaciones que tengo que aceptar por la mujer que quiero.

     Por último, quiero decir a los señores legisladores, si ustedes en su fuero íntimo están de acuerdo con lo que estoy diciendo, que defiendan y protejan a esta institución, en momentos que la ciudadanía está pidiendo que sus dirigentes dejen sus intereses mezquinos, porque políticamente conviene, que no sean cobardes, que sean valientes y voten en contra de estas regulaciones que no hacen otra cosa que terminar con lo más preciado de nuestro país.

     Al gobierno quiero pedir que escuche, que esté atento a los pedidos de la gente. Ayer el pueblo se manifestó y quedó comprobado que la mayoría de los argentinos no quiere la política que están implementando y esta es una de ellas, que ataca nada más y nada menos que el derecho a la vida y la institución del matrimonio, seguramente la institución más confiable que tiene este país. Nada más. Muchas gracias. (Aplausos.) 

     Quiero decir una sola cosa más. ¿Por qué nosotros estamos acá y defendemos con tanto fervor esto? La verdad es que vemos muchas veces a los políticos que dicen representarnos, muchas veces dicen una cosa y hacen otra. La vida y el matrimonio es lo que defendemos con más fervor pero vemos que no nos escuchan, por eso entiendo a Federico cuando pasó y dijo lo que dijo y entiendo por qué se puso así. Porque cada vez la clase dirigente política y no estoy diciendo particularmente ustedes sino en general… Ayer hubo una manifestación muy grande, la verdad es que a mí me emocionó mucho y vi que la presidenta y Aníbal Fernández, al día siguiente, dijeron que esa marcha no tenía ningún valor, que no representaba a nadie. Entonces, ¿a quién representaba esa marcha? El pueblo argentino estaba ahí. 

     Cuando vayan a votar esta ley, sobre todo estas cuestiones de familia y del derecho a la vida, ahí sí nosotros vamos a estar muy atentos a lo que van a hacer. Nada más. Muchas gracias. (Aplausos.) 

 

Sra. Presentadora.- Le damos la palabra a Fernando Yazlle.

 

Sr. Yazlle.- Muy buenas tardes a todos los aquí presentes.

     El proyecto de reforma que propone la unificación del Código Civil y Comercial de la República dispone en su artículo 19 lo siguiente: “La existencia de la persona humana comienza con la concepción en el seno materno. En el caso de técnicas de reproducción humana asistida, comienza con la implantación del embrión en la mujer, sin perjuicio de lo que prevea la ley especial para la protección del embrión no implantado.”

     Como se puede apreciar, la norma en análisis prevé un doble régimen desde el inicio de la vida, conforme a la forma en que una persona haya sido gestada. Si fue por medio de la unión sexual de un varón y una mujer, la vida comienza desde la concepción, mientras que si fue mediante lo que el proyecto denomina las técnicas de reproducción humana asistida, la misma tomaría como punto de partida la implantación del embrión en la mujer. Es decir, un momento posterior al primero en el proceso de desarrollo del ser humano.

     En consecuencia, los embriones obtenidos mediante las técnicas referidas, al no ser considerados personas quedarán arbitrariamente desamparados a pesar de la referencia que se hace en la última parte del artículo 19, sobre la ley especial que se dictaría al efecto para su protección. En virtud de ello permitiría la eliminación deliberada del embrión humano concebido no implantado porque constituye una forma de aborto.

     De este modo, el reconocimiento de la vida humana en estado embrionario sería una cuestión que dependería exclusivamente de la voluntad de algunas personas. Se admite la donación de gametos y embriones con la decisión de las personas destinatarios de las técnicas y los instrumentan mediante la suscripción de un contrato con el centro médico asistencial dedicado a la técnica de reproducción asistida. Además, se estipula la revocación de ella, hacerlo a requerimiento del donante, siempre que la muestra de gametos y embriones congelados esté disponible.

     En cuanto a la gratuidad de la donación, mientras que para algunos la donación debe realizarse siempre a título gratuito, el centro médico tiene la promoción de incentivos económicos, lucrativos o comerciales, para otros procedería una compensación económica por las molestias físicas y gastos que puedan derivar de la donación. En este último caso la donación de embriones y gametos aparecería como una actividad lucrativa, alejada de la originalidad y el respeto debido a la trasmisión de la vida humana.

     Continuando con la donación, llama la atención que se evite regular sobre donatarios de los gametos y embriones, ello permitiría que la misma tuviera diversos fines, entre ellos de ser el centro médico el destinatario de utilizarlos para la investigación o la donación en la que se vería económicamente beneficiado, pues se constituiría en un banco de embriones y gametos o para el tráfico exterior. El agravio a la dignidad de la vida humana cuando se expone de forma explícita a donde irán a parar aquellos embriones no implantados.

     Datos estadísticos realizados por Inglaterra, tomados desde 1991 hasta 2011, sostienen que de 2 millones de embriones concebidos, un millón fueron eliminados antes de la implantación y el número de nacidos vivos era sólo de 9 mil. Es por ello que las técnicas de reproducción artificial, además de crear una tasa de mortalidad resultan objetables en sí mismas por someter la trasmisión de la vida humana a procedimientos técnicos que conviertan a la persona por nacer en objeto de producción, vulnerando su dignidad. Muchas gracias. (Aplausos.) 

 

Sra. Presentadora.- A continuación le damos la palabra a Tomás Méndez.

 

Sr. Méndez.-  Muchas gracias a los legisladores por la paciencia para escucharnos.

     Voy a hablar de la familia en la reforma del Código Civil. Quiero referirme concretamente a la comparación del articulado del Código Civil vigente en un tema que se vincula con la vida humana.

     Hay una situación que creo que se va a dar muy comúnmente. Las mujeres ya están reclamando en la sociedad un supuesto derecho al aborto pero está prevista en el código una defensa del niño por nacer que se ha dado en los casos judicializados. Ahora la Corte Suprema de algún modo lo suprimió autorizando el aborto, lo que se va a dar cuando no haya sido producto de una violación. Preveía una doble protección que era para el padre, para los representantes legales y, en caso que no estuvieran los representantes legales, para un curador que se les nombre, con la representación obligatoria del ministerio de menores.

     El artículo 61 decía: cuando los intereses de los incapaces estuvieren en oposición con los de sus representantes, dejarán éstos de intervenir en tales actos haciéndolo en lugar de ellos curadores especiales.

     Acá en Salta se nos presentó un caso de aborto en el cual su representante estaba en oposición al niño por nacer porque justamente la madre estaba pidiendo el aborto, y lamentablemente se hizo lugar al aborto. No se dio intervención al ministerio ni se designó un curador, pero esta herramienta está prevista en la ley vigente. La nueva no lo dice de esa manera, lo dice en forma muy ambigua, y lo condiciona a la inacción de los representantes, lo cual es muy difícil de verificar.

     Voy a hablar ahora sobre la familia. La regulación de la familia en el Código Civil es una crítica. Quiero comenzar señalando que la ley tiene un carácter ejemplar y que las conductas que el legislador autoriza en la norma son vistas por la gente como buenas.

     Las leyes son indicativas de las conductas que la sociedad considera valiosas para alentarlas y protegerlas, o disvaliosas, para prohibirlas o castigarlas. Quien quiera explicar a su hijo que lo que establece la ley no es lo adecuado tendrá la difícil tarea de remar contra la corriente. Les rogamos por eso que no legislen ni aprueben aquellas cuestiones que hacen a la moral y buenas costumbres.

     La reforma propone un cambio revolucionario en lo que a la familia se refiere. Y ello a partir de vaciar de contenido y de sentido al matrimonio e igualarlo a otras supuestas formas de familia como la unión convivencial, lo que implicaría enviar un mensaje a la sociedad en el sentido de que son lo mismo.

     Hoy en día se pretende reducir la función del legislador a plasmar en las normas lo que sucede en la sociedad, lo que se dice “sacar una foto”, sin que importe cuán borrosa sea esa foto. Por más absurda que sea, cualquier situación exige un espacio en las normas, ya sea el supuesto derecho al aborto, la legalización de las drogas o la manipulación de embriones. Pero la ciudadanía espera mucho más del legislador: que legisle a favor del bien común, respetando los derechos y garantías establecidas en la Constitución, que prevé que la familia es la célula básica de la sociedad.

     La familia fundada en el matrimonio entre un varón y una mujer, perdurable y estable, es el modo óptimo de crianza de los niños y de organización familiar y social. El matrimonio no debe ser igualado a otras pretendidas formas de familia, en primer lugar porque es en ese ámbito donde se hace un mayor bien a sus integrantes. Al padre y a la madre, pues asumen un proyecto de vida común, perdurable en el tiempo, basado en el amor y abierto a la vida. Y sin duda a los hijos, quienes se crían al amparo del amor de los padres, en un ambiente sano y óptimo para el aprendizaje de las virtudes que los prepara de mejor manera para la vida adulta.

     En segundo lugar, en el beneficio que le aporta a la sociedad. Es este el punto que se ha perdido de vista en la reforma, la cual parece estar inspirada en una visión individualista del ser humano en la cual, como dice el cambalache, todo es igual, nada es mejor.

     Nadie discute que la educación empieza por casa y se complementa en la escuela. Los hijos criados en un matrimonio estable de un hombre y una mujer sin dudas cuando sean grandes traducirán lo recibido en un mayor bien para la sociedad. El resultado será mejor para la sociedad si a los niños les brindamos el amor de un padre y una madre y el afecto de la familia.

     A lo que debe apuntar el Código es a asumir responsablemente el compromiso público del matrimonio, el que como mínimo debe exigir una vida común fiel y proyectada en el tiempo. En cambio, la sociedad en su conjunto se verá afectada si a nuestros niños les negamos lo que por naturaleza le corresponde: un padre y una madre; si avalamos la infidelidad en el matrimonio o la posibilidad de vivir en lugares separados; si facilitamos el divorcio con la sencillez que tiene cambiar el domicilio; si les generamos problemas de identidad al negarles el derecho a saber quiénes son sus verdaderos padres; si admitimos la paternidad post mórtem, y mucho menos si ni siquiera respetamos la dignidad de la mujer, tratándola como una cosa al permitir el alquiler de vientres.

     A esos niños los estamos sometiendo a un experimento que seguramente les hará muy mal y que, por lo tanto, le hará mal a la sociedad en su conjunto. ¿O acaso alguien cree que estas medidas no los afectarán? Me pregunto: el interés superior del niño, una garantía de raigambre constitucional, ¿no es objeto de protección por la reforma?

     Quiero hacer una mención al asunto del alquiler de vientres. El Código prevé sobre el objeto de los actos jurídicos que no debe ser un hecho imposible o prohibido por la ley contrario a la moral, a las buenas costumbres, al orden público o lesivo de los derechos ajenos o de la dignidad humana. A su vez, el artículo 958 prevé que las partes son libres para celebrar un contrato y determinar su contenido dentro de los límites impuestos por la ley, el orden público, la moral y las buenas costumbres.

     El artículo 1014 dice que es inválido el contrato cuya causa sea contraria a la moral, la orden público y a las buenas costumbres.

     El alquiler de vientres es claramente inmoral. Se opone a las buenas costumbres y a las costumbres mismas, pues se trata de un hecho inexistente en nuestro país, cuya inclusión en el Código no tiene explicación seria. Es contraria al orden público pues viola tratados de jerarquía constitucional que protegen la dignidad de la mujer y que especialmente aclaran que son de aplicación y de orden público.

     Es claramente lesivo de derechos ajenos de los niños nacidos de esas prácticas, respecto a las cuales se ha decidido de antemano que no tendrán derecho a conocer su identidad. Y también es violatoria de la dignidad humana, puesto que implica avalar prácticas comerciales que utilizan el cuerpo femenino como una cosa.

     Si alguien cree que esto no es así, ¿entonces qué situación será contraria a la moral y a las buenas costumbres? ¿Para qué se incluye esta expresión en el Código? ¿Qué significado tiene? El artículo 386, con toda lógica, fustiga con la nulidad absoluta a los actos que contravienen el orden público, la moral y las buenas costumbres. Siendo que el alquiler de vientres implica una clara y evidente violación a la dignidad de la mujer, que es contrario a la moral y las buenas costumbres, es por lo tanto nulo de nulidad absoluta. La nulidad puede ser pedida por el ministerio público y por cualquier interesado. La consecuencia de la nulidad, según el Código, es que las partes se restituyan lo que han recibido por tal acto nulo. En un caso de alquiler de vientre, la consecuencia no será otra que dejar sin efecto el contrato que pretendió utilizar a la mujer como una cosa, hacer que la madre biológica gestante del niño devuelva la plata que hubiera recibido y entregarle el niño, si lo quiere, o darlo en adopción.

     Como ciudadano interesado en que este tipo de prácticas inmorales, ilegales e inconstitucionales no se realicen, adelanto que de aprobarse la reforma y en caso de tomar conocimiento realizaré el pedido de nulidad. Dudo de su éxito ya que quienes lo resolverán son los mismos que han redactado el Código.

     Por último, como conclusión, no les pedimos que a punta de pistola se obligue a los argentinos a contraer matrimonio entre varón y mujer, pero si les rogamos que propongan un modo de vida familiar exigente, en el que los esposos se comprometan a mantener su unión en el tiempo en base a la fidelidad, cohabitación, asistencia recíproca y bien de los hijos; que como encargados de modelar las conductas de los argentinos propongan y sancionen leyes que protejan y estimulen la vida familiar basada en el matrimonio, y que sigan escuchando al pueblo argentino; que no conoce ni quiere muchas de las cuestiones que se introducen con la reforma. Muchas gracias. (Aplausos.)

 

Sr. (     ).- Quisiera contar una cosa desde el punto de vista de la metodología, tanto en los técnico como en lo jurídico.

     Aquí nos están grabando y en Buenos Aires están tomando la versión taquigráfica. Nosotros tenemos en la actividad presencial la limitación propia de quien ha escuchado. Después podemos ir a la versión taquigráfica o a la versión filmada. Esa versión taquigráfica y la versión filmada, a su vez, van a la comisión redactora del Ministerio de Justicia, a los asesores de los legisladores, y los legisladores, reunidos en comisión bicameral los días martes y jueves, tratan esta cuestión.

     Lo que quería aclarar es que esto queda registrado. Esto a mí personalmente ‑no lo hago extensivo a los demás‑, me ha servido extraordinariamente porque al escuchar las ponencias, me permitió involucrarme. Es más, hoy no porque creo que no ha hecho falta, pero en casi todas las audiencias les pedíamos que digan el artículo al que se hacía referencia, porque estamos con un código que vemos que son más de 2000 artículos. La verdad que me recibí hace casi 40 años así que recientemente Vélez Sarsfield había sacado el código. De manera que le digo que no se preocupen en el sentido de que esto tiene un triple tratamiento, diría, que lo hacemos extensivo a los legisladores y a los asesores. Y para que no se enoje Curutchet, creo que después de más de mil audiencias si no tomamos ninguna sugerencia seríamos suicidas.

 

Moderadora.- A continuación invitamos a Mauricio Bianchi.

¿Se encuentra en la sala?

-   Luego de unos instantes:

Moderadora.- Continuamos con Luciana Nerón.

 

Sr. (      ).- Vale la pena hacer la siguiente aclaración. En ninguna audiencia en todos los puntos del país donde hemos ido ha habido el nivel de presentismo que ha habido acá. Así que felicitamos a los salteños. Lo que para ustedes tiene que ser motivo de orgullo, para nosotros es una carga. (Risas.)

 

Sra. Nerón.- Muy buenas tardes a todos. Voy a referirme a las cuestiones relativas al divorcio express contemplado en el anteproyecto de reforma del Código Civil y Comercial de la República Argentina.

     El divorcio express no es más que otra manifestación de desprecio hacia la institución familiar. El anteproyecto del nuevo Código Civil con el divorcio express introduce tres modificaciones muy negativas para la familia. La eliminación de un período previo de reflexión, la unilateralidad en la demanda del divorcio, y no se requerirá además causa alguna para solicitarlo.

     Todas estas medidas sin lugar a dudas profundizan el abandono legislativo para con la familia, que es el fundamento de toda sociedad a la cual hay que apoyar y promover y no acelerar su destrucción.

     La familia es una comunidad primaria que debe ser reconocida por el derecho y deben existir normas que tiendan a su protección.

     La fidelidad, además, según lo contempla el nuevo Código Civil, dejará de ser un deber conyugal y el adulterio ya no existirá como causa del divorcio. Es que los esposos ya no se deberán fidelidad sino sólo asistencia y alimentos, como así lo establecen los artículos 431 y 432 del anteproyecto en cuestión.

     Con la reforma que impulsa el gobierno las personas podrán separarse cuando así lo quieran, sin tener que demostrar por qué o quién tuvo la culpa. Además, para divorciarse bastará sólo con la decisión de uno de los cónyuges, lo que es totalmente irrazonable, ya que el matrimonio surgió a partir de la voluntad de ambos.

     Tras iniciar este trámite, con presentar una propuesta de división de bienes, alimentos y tenencia de los hijos, los jueces podrán otorgar el divorcio. La diligencia demandaría sólo una semana.

     En este contexto considero importante recurrir a las experiencias de otros países con respecto a este tema. Tomaré como ejemplo a España, donde desde la aprobación del divorcio express en 2005 el número de divorcios se ha duplicado, y en la actualidad se dan unos cien mil divorcios por año. Lo mismo sucedió en México.

     La facilidad, entonces, con la que se podría romper el vínculo matrimonial produce que crisis temporales o simples discusiones terminen con la relación en un arrebato de ira, que podría evitarse brindando al matrimonio la ayuda necesaria.

     Como hija puedo decir que estas decisiones precipitadas nos afectan principalmente a nosotros, ya que somos los que más sufrimos en la separación, independientemente de cómo y por qué se hayan divorciado nuestros padres.

     Además, está comprobado mediante diversos estudios que el divorcio tiene un impacto negativo en el desarrollo y ajuste social del hijo.

     Señores legisladores: lo que se está proponiendo es una nueva estructura de la sociedad argentina en sus realidades esenciales. ¿Pero qué tipo de sociedad queremos construir si descuidamos acaso su institución fundamental?

     El bien común está profundamente vinculado al bien de la familia. La familia y la sociedad son interdependientes. Todo lo que afecte a una, tarde o temprano terminará repercutiendo en la otra y viceversa. La familia, entonces, posee una dimensión pública que debe ser reconocida, valorada, apoyada y promocionada por la sociedad y el Estado a través de un marco social, legal y jurídico que proteja, estimule y favorezca su desarrollo.

     Concluyo esta breve exposición agradeciendo a la comisión el haberme permitido aportar estas consideraciones, y expresando mi deseo de que este anteproyecto sea revisado y reescrito con una mayor consideración para los sujetos a los cuales va dirigido, y las circunstancias que regula. Gracias por su atención. (Aplausos.)

 

Moderadora.- A continuación invitamos a exponer a Milagros Finkelstein.

 

Sra. Finkelstein.- Muy buenas tardes a todos. Voy a referirme a las cuestiones relativas al embrión como persona humana desde la concepción, en el contexto de la reforma del Código Civil y Comercial de la Nación.    

     El artículo 19 del anteproyecto afirma que la existencia de la persona humana comienza con la concepción en el seno materno. En el caso de técnicas de reproducción humana asistida, comienza con la implantación del embrión en la mujer, sin perjuicio de lo que prevea la ley especial para la protección del embrión no implantado.

     En consecuencia, los embriones obtenidos mediante las técnicas referidas, al no ser considerados personas, quedarán arbitrariamente desamparados, a pesar de la referencia que se hace en la última parte del artículo 19, sobre la ley especial que se dictaría al efecto para su protección, máxime a la luz de los proyectos que sobre fecundación artificial se encuentran hoy en debate en el Congreso de la Nación.

     Está científicamente comprobado que la vida humana comienza desde la concepción. El proceso de gestación es gradual, continuo y de coherencia interna, en cuanto conduce necesariamente al nacimiento. De allí que ninguna etapa del desarrollo pueda separarse de las demás y contar con autonomía suficiente como para atribuirle el carácter iniciador de la vida humana. Todas ellas son el resultado de la anterior y como tales, presentan un único punto de partida: la concepción. De este modo, la definición del inicio de la persona en el proyecto del Código Civil no está redactada pensando en el ser humano en sí sino como mero recurso legitimador de prácticas que se consideran una realidad inevitable.

     La embriología describe el momento del inicio de la vida humana en la concepción. A partir de la unión del gameto femenino, ovocito, y el masculino, espermatozoide, se inicia la vida humana totalmente presente y capaz de dirigir su desarrollo hasta el momento de su muerte. Este dato científico no puede ser desconocido por las leyes, las cuales han de legislar en base a la realidad biológica y ontológica descripta, sin hacer distinciones donde la naturaleza no las hace.

     La vida humana constituye un bien en sí y como tal merece que las leyes la reconozcan como un derecho inherente a todo ser humano, independiente de cualquier etapa de desarrollo, funcionamiento o condición. El derecho no debe hacer distinciones allí donde la ciencia o la biología no las hacen.

     Es un principio clásico del derecho occidental el reconocimiento de cada ser humano como persona, en el sentido específico de alguien con derecho a la vida, y que este principio ha llevado y debe llevar a la protección también del embrión humano.

      Como ejemplo del “ha llevado” uso la historia del derecho angloamericano. Para el “debe llevar” tomo la jurisprudencia constitucional alemana de las últimas décadas.

     Este principio de respeto a la vida humana fue anunciado claramente por el jurista inglés Laxton ya en el siglo XVIII. Para él, el derecho a la vida es un derecho inherente por naturaleza en cada individuo. Pero agrega enseguida una limitación que nos puede parecer destructora del principio. Dice que este derecho comienza en el derecho tan pronto como el niño puede moverse en la matriz materna, aseveración comprobada en tanto que se castigaba penalmente el aborto solamente a partir del momento en que solía percibirse movimiento intrauterino.

     Mirando el derecho constitucional alemán encontramos una manera distinta de afrontar las presiones políticas a favor del aborto, una manera que no ha llevado a ninguna excepción al derecho a la vida sino más bien a su clara reafirmación y aplicación a todas las etapas del embarazo.

     Los jueces alemanes dicen que mientras se proteja la vida de los recién nacidos, cuyo desarrollo humano está significativamente incompleto, resultaría contradictorio no proteger también a los seres no desarrollados antes del nacimiento.

     En Argentina el aborto referido a la interrupción voluntaria del embarazo o aborto inducido es un delito descrito en el título I, Capítulo Primero, delitos contra la vida del Código Penal argentino, aunque también establece dos excepciones: si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida o salud de la madre y este peligro no puede ser evitado por otros medios, o si el embarazo proviene de una violación.

     Estamos hablando de una vida humana. Si consideramos a los recién nacidos dignos en sí de protección, nuestras teorías normativas nos exigen también proteger la vida incluso durante las primeras semanas de embarazo.     Para la vida humana no hay excepciones.

     Estimados legisladores: por favor, recuerden que la atribución de dictar el código sustantivo constituye una competencia delegada en el Poder Legislativo federal y es exclusiva de este. Por lo tanto, somos responsables directos de su actuación en el cargo que ostentan por voluntad popular. Les pido que sean valientes para dar a conocer la verdad irrenunciable, aun a costa de verse frente a algunos como retrógrados antiliberales que influyen negativamente en procesos legislativos. Muchas gracias. (Aplausos.)

 

Moderadora.- A continuación damos la palabra a Juan Carlos Bazán. ¿Se encuentra en la sala?

 

-   Luego de unos instantes:

Moderadora.- Entonces invitamos a exponer a Claudia Martínez.

 

Sra. Martínez.- Honorables legisladores: muchas gracias. Buenas tardes.

     El tema al que voy a referirme con respecto al proyecto de esta reforma de Código Civil es a la fertilización in vitro y filiación.

     La fertilización asistida es una técnica de inseminación artificial fuera del útero, es decir, en una cápsula de Petri en laboratorio. Es innegable la realidad que la vida de estos embriones comienza desde la unión de los gametos y debe considerarse como verdad única, natural, biológica comprobada, en tanto si la vida comienza desde la primera célula humana, también comienza la identidad de esa persona y sus derechos. Ese pequeño ser humano debe gozar de los mismos derechos jurídicos al concebido en forma natural.

     Esta nueva técnica de reproducción genera problemas de carácter ético; entraña la posible creación y destrucción de embriones humanos; la anormalidad de la descendencia; el cambio natural de la reproducción humana y la posibilidad de ingeniería genética de nuestra especie.

     Cabe destacar la gran tensión nerviosa que se produce en la mujer por este recurso. Las parejas sometidas deben apoyarse en terapia psicológica, puesto que en caso de fracaso terminen incluso separándose los cónyuges.

     Algunos científicos sostienen que a través de la manipulación de embriones podrían resolverse muchas enfermedades. Otros afirman que de las 3000 enfermedades genéticas, sobran los dedos de la mano para las que pudieran resolverse. Otros dicen que no pueden aplicarse los resultados obtenidos a partir de embriones animales, y otros, que hasta que no se realice la técnica en humanos no podría saberse.

     De allí surgen interrogantes: ¿qué embriones estudiar? ¿Hasta dónde se respetarán los límites de la ética? ¿A quiénes pertenecen los embriones? ¿Qué sucede si los padres mueren o se divorcian? ¿Qué embrión elegir para implantarse? ¿Hasta dónde rige el derecho de la vida y la dignidad humana? ¿No se niega acaso de la paternidad a un hijo en un caso pos mortem?

     Como resultado de la fertilización artificial, ya que se provoca una múltiple ovulación en la mujer mediante administración medicamentosa, se obtienen entre uno y ocho óvulos para esta técnica por cada vez realizada. Por protocolo se implantan en la mujer no menos de tres embriones porque se entraría en riesgo de fracasar la misma, y no más de cinco, porque podría producirse un embarazo múltiple. Esto indica que por elección se descartan embriones en laboratorio por razones técnicas.

     Los embriones sobrantes, llamados viables por los laboratoristas, quedan congelados por un lapso de cinco años para repetir el procedimiento en caso de que no se pudiera anidar en el útero.

     La utilización en investigaciones, la donación, el comercio, se hace todo tipo de experimentos: cultivarlos en distintos medios para ver los posibles cambios para las demás teorías; se los ha partido en dos para ver si crecen dos embriones en lugar de uno.

     La pregunta sería: ¿tenemos derecho, para estudiar alguna enfermedad hereditaria de genética, a usar uno de los embriones desdoblados para estudiarlo y después destruirlo?

     Se los clona, se los hace crecer fuera del cuerpo materno; se alteran los genes de estos embriones, seres humanos desprotegidos; quedan al azar de la ambición científica desmedida de algunos profesionales sin ética ni moral.

     Se considera bueno el rendimiento de un equipo médico cuya tasa de embarazo se acerca al 20 por ciento, es decir, una de cada cinco mujeres quedan embarazada.

     En Noruega, Alemania y Portugal, las investigaciones sobre la manipulación de embriones se han prohibido de manera radical. En Francia se ha establecido una moratoria. En Gran Bretaña, Australia, Italia y España lo permiten, pero en España sólo si hay una autorización médica por razones terapéuticas, como ser una enfermedad hereditaria.

     El Comité de Expertos en el Progreso de Ciencias Biomédicas del Consejo de Europa prohíbe estas técnicas en caso de maternidad subrogada o por sustitución en mujeres solas y parejas no convencionales homosexuales, puesto que consideran primero el bienestar de ese hijo y consideran que la fertilización in vitro es una técnica para ayudar a matrimonios o parejas estables a formar una familia, y no como una alternativa de procreación.

     Se considera que se están creando hijos huérfanos, donde el padre es desconocido, y a quienes se les niega los derechos jurídicos de filiación, patria potestad, lazos familiares.

     El derecho canónico sostiene que el fin del matrimonio es la procreación. Aún así, para los que aprueban esta técnica, aseguran que sólo es aplicable para matrimonios bien constituidos, sin el beneficio de la procreación, puesto que la familia es el único medio humanizador.

     Un artículo publicado en 2006, que se titula "Peligros ocultos de la fertilización in vitro", hace referencia a la consecuencia en los hijos nacidos de la fertilización in vitro. Esta técnica es vista como una tecnología controversial dentro de la comunidad médica. Muchos de ellos tienen un problema ético con la forma en que la vida humana es creada. La razón principal es que, sin embargo, los médicos que realizan esta técnica de reproducción asistida, algunos de ellos no valoran la vida, y cada ser humano creado no tiene los mismos derechos.

     Cada embrión creado en el laboratorio médico es un ser humano único digno de protección. Lamentablemente muchos niños no nacidos pequeños languidecen en almacenamientos congelados, mientras que otros son cruelmente lavados por el desagüe o, peor aun, se experimentó sobre ellos. Además, los padres que se enteran que están esperando mellizos o trillizos a veces optan por la reducción selectiva. Que se está abortando a algunos de esos bebés es cierto.

     Hay otra razón por la que la sociedad puede considerar con gran preocupación este tema. Más de una docena de artículos científicos se han publicado, lo que sugiere que niños concebidos a través de esta técnica pueden tener un mayor riesgo de padecer problemas físicos.

Esto puede venir como una sorpresa para muchos. Sin embargo, la creciente evidencia es inequívoca y no debe ser ignorada. La fecundación in vitro representa a más de 50.000 niños que nacen cada año en todo el mundo. Como resultado, los defectos de nacimiento por la fertilización in vitro es un tema que merece la atención de la esfera de la medicina de la fertilidad, entre otros.

     Un estudio sueco publicado por primera vez en 2009 sugiere que la fecundación in vitro aumenta el riesgo de problemas neurológicos. En el estudio realizado en el hospital infantil universitario de Uppsala, Suecia, encontraron que los niños de fertilización tenían casi el doble de probabilidades de desarrollar un problema neurológico que aquellos que fueron concebidos naturalmente. Ellos tenían tres veces más posibilidades de sufrir parálisis cerebral y cuatro veces más propensos a tener algún tipo de retraso en el desarrollo. Los investigadores creen que los riesgos son en gran parte debido a la mayor probabilidad de embarazos gemelares, al bajo peso al nacer y a un parto prematuro.

     Si bien los embarazos múltiples y cuyo nacimiento se atribuyen a problemas de salud para estos bebés, no todos los problemas son potenciales y se ajustan a esta categoría. Un estudio financiado por institutos nacionales de salud mostró un alarmante aumento en seis veces de mayor probabilidad de sufrir este síndrome de Quinn-Biederman. Niños nacidos de la fertilización in vitro con este síndrome tienen estos síntomas: se caracterizan por el agrandamiento de lengua, retraso, anormalidades en riñón, hígado y bazo, predisposición a cánceres en la primera infancia. La investigación indica que alguno de los genes que regulan el crecimiento tendía a ser impreso en forma incorrecta en los bebés concebidos por fecundación in vitro.

     Un segundo estudio realizado en Irlanda, en el hospital Rotunda de Dublín, soporta el enlace de esta patología, así como otros. El profesor William Rirdon, experto en genética, dijo que su investigación demostró que los niños de la fertilización in vitro eran tres veces más propensos a tener síndrome de Quinn-Biederman, o el síndrome de Angelman, lo que hace que un paso torpe genere crisis convulsivas.

 

Moderadora.- Le pedimos que vaya redondeando.

 

Sra. Finkelstein.- El hijo no es un bien útil al que estén servidos los deseosos intereses del progenitor. Por el contrario, es un valor en sí mismo y la paternidad y maternidad están en función del hijo.

     Si bien no siempre el matrimonio garantiza totalmente el ambiente al que el hijo tiene derecho, no existe otro tipo de relación que pueda reemplazar al conveniente que un buen matrimonio proporcione a ese hijo.

     Refiérase a las parejas no convencionales. Sociológicamente se afirma que en las parejas no convencionales homosexuales existe permanente peligro de la disolución, tanto como las parejas heterosexuales no constituidas en matrimonio, puesto que este ordenamiento mantiene la indisolubilidad inherente al mismo.

     Siempre debiera respetarse el derecho de un hijo al nacimiento dentro de una familia, por los mismos beneficios otorgados a lo largo de toda la historia de la humanidad, antes del derecho pretendido de una maternidad sólo por voluntad procreacional.

     Por ello no se permite en mujeres solas o en parejas homosexuales. Nunca se lo ha demostrado como beneficioso. Se ha denegado este derecho en Europa, puesto que no podría brindársele al hijo una familia estable, donde crecer y desarrollarse. Sin necesidad se crearían hijos huérfanos de padre. No se ha considerado el beneficio de la adopción.

     Con respecto al donante de gametos, se dice que no es lo mismo la donación de esperma que de óvulos, puesto que en el segundo caso, al transplantar el óvulo en el cuerpo de otra mujer, se estaría produciendo una maternidad doble.

     Por lo expuesto, la procreación de fertilización in vitro y debido a la baja tasa de éxito, a la pérdida de embriones, a la posibilidad de manipulación de ellos, a los riesgos de los hijos de la fertilización in vitro, no se justifica este método.

     Las leyes nacionales no pueden pasar por encima de la Constitución, ni menos sobre la Declaración de los Derechos del Niño ni la Declaración de Derechos Humanos ni sobre pactos que estén por sobre nuestras leyes nacionales.

     En la reforma de 1994 la Argentina colocó a los tratados internacionales en un nivel superior a las leyes nacionales, por lo que toda la legislación argentina, leyes, decretos, reglamentaciones, etcétera, que se oponen a las normas de tales tratados es inconstitucional, ilegal e inmoral.

     Se prevé a todos ellos el derecho de formar familia y a la procreación, y no la procreación como beneficio individual. Muchas gracias. (Aplausos.)

 

Moderadora.- Invitamos a Américo Mamaní.

 

Sr. Mamaní.- Muy buenas tardes a todos. Voy a hacer referencia a la manipulación de embriones que se prevé en el anteproyecto de reforma del Código Civil y Comercial.

     El anteproyecto modifica la redacción del Código Civil establecido. La existencia de la persona humana comienza con la concepción en el cuerpo de la mujer, con la implantación en ella del embrión formado mediante técnicas de reproducción humana asistida.

     La gravedad de esta reforma estaría dada porque ignora a los embriones concebidos extracorpóreamente, y no los reconocería como persona. Ello podría habilitar intentos de legitimación de los atentados contra la vida que se produce en el marco de las técnicas de fecundación artificial extracorpóreas, y graves abusos contra los embriones humanos.

     Se trata de persuadir a los ciudadanos, a los legisladores, de que ya es hora de autorizar la experimentación con embriones congelados. Empecemos hoy por ver si es inatacable el argumento más usado a favor de la experimentación con embriones sobrantes. Es, sin duda, un argumento muy convincente y directo que dice así: querámoslo o no, existirán decenas de miles de embriones sobrantes. Muy pocos, sólo unos centenares, podrían vivir si fueran donados a parejas estériles. Están, por tanto, en su inmensa mayoría destinados a la muerte. Podremos dejarlos morir sin sacar de ello beneficio alguno. Pero mucho mejor sería usarlos en trabajos de experimentación. Entonces, no morirían en vano, pues además de permitirnos descubrir muchas cosas que ignoramos, nos traerán el regalo de las células troncales con las que curar a tantos enfermos.

     El argumento se centra en la muerte inevitable de los embriones sobrantes. La idea de emplear individuos abocados a morir para fines de investigación no es nueva. Se recurrió a ella en la antigüedad para justificar la práctica de experimentos en criminales condenados a la pena capital, y también en enfermos terminales.

     En Alemania, durante la segunda guerra mundial y fuera de Alemania en los años de Guerra Fría, se justificó en esas premisas utilitarista es la realización de experimentos mortales.

     En opinión de sus autores, merecía la pena sacrificar algunos seres humanos que de todas formas iban a morir, para salvar la vida de otros. Les parecía lógico y defendible, por ejemplo, sacrificar a unos cuantos prisioneros de guerra con el fin de conocer el mecanismo de la muerte por inmersión en agua fría; que sólo así se podría investigar como rescatar de una muerte segura a los pilotos que eran derribados en las frías aguas del Canal de la Mancha.

     Todo se reducía a intercambiar unas vidas, que eran estimadas pocas, por vidas mucho más valiosas de unos soldados muy cualificados y difíciles de sustituir.

     En los años cuarenta y cincuenta del siglo pasado, el argumento era ampliamente aceptado. Kenneth Mellanby, el corresponsal del British Medical Journal en el Juicio de Nuremberg contra los médicos nazis, lo formulaba así: "¿Qué mal había en ello? Los prisioneros podían darse por muertos. La cosa estaba clara: si su muerte podía de paso incrementar los conocimientos médicos y ayudar a otros, esto es cosa que con toda seguridad ellos mismos hubieran preferido".

     No es fácil saber si detrás del pensamiento de Mellanby se oculta una inocencia ingenua o un cinismo escalofriante. Su observación no está tan lejos, sin embargo, de la idea, tan repetida hoy, de que los embriones, si pudieran decidir ‑y los progenitores e investigadores se deciden por ellos‑, escogerían de buena gana, ante su muerte inevitable, inmolarse para bien de otros. El núcleo ético del argumento es éste: no todos los seres humanos son iguales, pues unos tienen más valor y más dignidad que otros. En concreto, ciertos seres humanos, y los embriones congelados caducos se cuentan entre ellos; valen muy poco y podemos intercambiarlos por cosas más valiosas. No tienen nombre, ni son personas como las otras. Están condenados a morir y nadie los llorará ni celebrará funerales por su muerte, inevitable y autorizada por la ley.

     Pero se ha de replicar que no es justo ni razonable dividir a los seres humanos en grupos de valor diferente. Los embriones sobrantes son, ante todo, hijos, que forman parte de una familia. Formaban parte de un grupo de hermanos. De ellos, unos fueron considerados dignos de ser transferidos al seno de su madre y son ahora niños llenos de alegría de vivir. Por un azar trágico los otros fueron dejados de lado. La humanidad ha madurado trabajosamente la idea de que a todos los miembros de la familia humana se les ha de conferir igual dignidad, aunque sus ideas o su apariencia difieran radicalmente de las propias. Por encima de ese deber civil, la ética médica impone la obligación cualificada de respetar y proteger a los débiles y vulnerables, independientemente de lo inmaduros, enfermos, envejecidos, dementes o moribundos que estén. La obligación ética de los médicos que crean embriones en sus clínicas está, más allá de respetar obsequiosamente la autonomía y las elecciones de sus clientes, en asumir ante los embriones congelados la abogacía responsable por sus vidas, de las que son fautores, y han de decir a sus progenitores que no pueden bonitamente desentenderse de ellos, que son sus hijos. Eso es lo razonable, como razonable es no volver a producir un solo embrión sobrante.

     Las vidas humanas no valen menos porque nadie las llore. La saturación de tragedias que nos revela el telediario cada día está quemando nuestras reservas de compasión. Nuestra capacidad de comprender y emocionarnos no nos alcanza para conmovernos por los que mueren a consecuencia de catástrofes naturales, accidentes, crímenes terroristas o no, sobre todo si ocurren lejos de nosotros. No se llora por los embriones que se pierden espontáneamente o que son abortados. Pero no ser llorado, no ser conocido o no ser deseado no hace a esos seres menos humanos o menos valiosos. La deficiencia de valor no está en ellos. Se dice: total, van a morir. Pero nuestra postura ante su muerte no es asunto indiferente. El modo y las circunstancias de su muerte son asuntos éticamente decisivos. Y una cosa es reconocer lo inevitable de su muerte absurda, que pone fin a una existencia todavía más absurda, y otra muy distinta es consentir en su sacrificio en el altar de la ciencia y sentirse redimido y justificado.

     Su muerte, inevitable, no es pasivamente presenciada, sino que es activamente consentida, programada, usada en beneficio propio. Es reducir a los embriones a la condición de meros medios con los que se satisfacen los deseos de otros: al principio, para cumplir unos proyectos parentales que los han dejado en el frío; después, unos proyectos de investigación que los dejan crecer hasta blastocitos de cinco días para reconvertirlos en células que nada tienen que ver con su propio proyecto de vida.

     Voy a terminar con una frase que decía un médico famoso en los Estados Unidos, Paul Ramsey, quien dijo que la historia moral del género humano es más importante que la historia de un país o la historia de la medicina. (Aplausos.)

 

Moderadora.- Nuevamente convocamos a Juan Carlos Bazán.

 

Sr. Bazán.- Muy buenas tardes, queridos legisladores. Muchas gracias por la oportunidad que nos dan de presentarnos en esta audiencia para expresar lo que hay en nuestro corazón y en nuestros pensamientos, acerca de la reforma del Código Civil y Comercial.

     Soy Juan Carlos Bazán, tengo 37 años. Soy casado. Represento a la Iglesia Catedral de los Milagros, soy pastor. Represento a más de cinco mil familias que se congregan semanalmente en nuestra iglesia. También represento a ACIERA, que es la Alianza de Iglesias Cristianas Evangélicas de la República Argentina que nuclea a más de 12.000 iglesias de todo el país.

     Por sobre todas las cosas, queremos brindar una herramienta. No vengo a aquí a opinar qué es lo que está bien y qué es lo que está mal, porque sería largo expresar todos los puntos en los que no estamos a favor del nuevo código, aunque también hay muchas cosas que son muy positivas y muy buenas para tener en cuenta.

     Por sobre todas las cosas, quisiera brindar a ustedes una herramienta que puede ser muy útil para decidir y legislar, para construir una sociedad donde en el futuro no nos arrepintamos de haber construido torcido ni de haber construido mal.

     Creo que como esa herramienta simple que es la plomada, que en la actualidad, aunque hay mucha tecnología, aunque hay cosas muy modernas para construir con lo que se llaman los láser para medir el nivel y todo lo demás, siempre se sigue utilizando, esta herramienta tan antigua que utilizaban los egipcios pero que todavía nos sigue enseñando cómo construir derecho.

     Para esto quiero citar un ejemplo muy simple. Me imagino un almacenero de ramos generales, en un pueblo muy de nuestra Nación Argentina, donde este almacenero vende todo lo necesario para el pueblo: azúcar suelta, fideo suelto, arroz suelto. Y entre todas esas cosas viene un cliente, un amigo de la infancia,  compra un kilo de azúcar suelta, luego se va y de curioso lo pesa en otra balanza. Resultó ser que no era un kilo: en la otra balanza decía 800 gramos. Y se encontró frente a un conflicto, y fue a reclamar como cualquiera de nosotros podía haber hecho. Allí se encontró con que el almacenero le dice: “Yo no te estafé; yo te vendí un kilo de azúcar”. Y lo pone en su balanza y dice un kilo. Y luego el otro dice: “Mirá, pero en esta balanza dice 800 gramos”. Por lo tanto, se encontró con dos verdades pero completamente individuales. Son verdades; la realidad es que las dos balanzas dicen la verdad. Pero el tema es que en esto no hay justicia.

     Entonces, aparentemente no existía justicia o solución hasta que acudieron a una verdad superior, es decir, aquello que es cierto para toda persona, en toda época, en todo lugar, una verdad absoluta que sea objetiva, universal, y que sea constante. Es como si yo dejara a mis hijos un kilo de oro de herencia, y el día de mañana, dentro de cincuenta años, un kilo cambió y les dan 100 gramos. Creo que no sería justicia, no sería bueno. Tendría que ser una verdad que continúe aun en el tiempo, algo que sea correcto para toda persona en cualquier lugar del mundo, sin importar su cultura, tradiciones, una verdad que sirva a los chinos como a los argentinos, a cualquiera en este planeta Tierra.

     Así fue como llamaron al inspector municipal, que llegó con una medida que era una pesa homologada como fiel. Esta medida fue establecida por la Agencia de Pesos y Medidas Exactos que está en París y que determina que un kilo es un kilo aquí, en la Antártica, en Groenlandia o a donde se nos ocurra.

     Entonces, llegaron a la conclusión de que esta balanza estaba mal. Multaron a esta balanza adulterada. Y algo que no me gusta del nuevo Código Civil es que la fidelidad no es considerada un principio, algo firme o algo fuerte, principalmente en lo que respecta a la ley de divorcio. Pero multaron a la balanza adulterada –palabra que no nos gusta a ninguno pero que queremos aprobar como buena‑ y hoy podemos saber quién de los dos tenía razón. Elegí el ejemplo de la balanza porque este elemento también habla de la justicia.

     Como sociedad, como Nación Argentina necesitamos una verdad absoluta. En esto entran los conflictos, porque creo que todos tenemos nuestras verdades y podemos entrar en muchas discusiones, lo mismo que el almacenero y su cliente.

     Un dramaturgo romano llamado Horacio dijo que no deberíamos poner a un dios en escena, salvo que el problema merezca la resolución de un dios.

     Es imposible que lleguemos a una norma objetiva, universal, constante de la verdad y la moralidad sin incluir a Dios en escena. Si existe una norma objetiva de la verdad y la moralidad, no puede ser producto de la mente humana, por más sabios que seamos y por más estudios que tengamos, porque si no, no sería objetivo.

     Debe ser producto de otra mente. Si existe una verdad constante e inmutable, debe ir más allá de los esquemas temporales humanos porque si no,  no sería constante; debe ser eterna.

     Si existe una regla universal del bien y del mal debe trascender la experiencia individual de cada uno, porque si no, no sería universal; debe estar por encima de todos nosotros.  Sin embargo, la verdad absoluta debe ser algo o alguien que sea común a toda la humanidad, a toda la creación.

     Estos requisitos para una norma de la verdad y la moralidad, solo se encuentran en una persona, y este es Dios. El es la fuente de toda verdad. Moisés dijo lo siguiente: “El es la roca, cuya obra es perfecta; un Dios fiel, en quien no hay iniquidad, es justo y recto”, dice en el Deuteronomio 32.

     La naturaleza y el carácter de Dios son los que definen la verdad. El define lo que es bueno para todas las personas, en todos los tiempos y en todos los lugares. Pero la verdad no es algo que El decide, es algo que El es.

     Aunque me toca ser pastor, yo no quiero presentar un sermón religioso ni nada parecido. Simplemente quiero que pongamos en nuestros ojos una óptica de pensar aun en esa verdad absoluta, que es nuestro Dios.

     La base de todo lo que llamamos moral, la fuente de toda cosa buena, es el Dios eterno que está fuera de nosotros, por encima de nosotros y más allá de nosotros.

     Santiago dice lo siguiente: “Toda buena dádiva y todo don perfecto proviene de lo alto y desciende del Padre de las luces, en quien no hay cambio ni sombra de variación.”

     Cierro con esta reflexión. El proyecto de cambio y modificación del Código Civil, en muchos de sus puntos se contradice con los principios y valores cristianos, en contra de la ética y moral que Dios enseña y establece. Va en contra de la familia y también en contra de la Constitución de la Nación Argentina, ya que en el mismo Preámbulo declara: “Invocando la protección de Dios, fuente de toda razón y justicia…”, pero también dice: “…ordenamos, decretamos y establecemos esta Constitución, para la Nación Argentina.”

     Por lo tanto, rechazamos todo valor contrario a la fidelidad, amor, compromiso en vida por la vida –lo que es procreación post-mórtem‑ y todo aquello que atente contra la familia constituida de acuerdo a lo establecido por Dios.

     Me llamó la atención: me olvidé la Biblia, cosa rara en mí, aunque tenía mi Biblia en el auto. Salí a buscar una Biblia aquí, en la Legislatura. Fue muy difícil; no encontré ninguna. Me pareció raro.

     Estoy hablando exactamente de esto: de volvernos a Dios, a los principios. Pero voy a dejar de tarea para la casa qué opina Dios acerca de estos tiempos, y les dejo como tarea Romano 1.22, una palabra muy hermosa donde el mismo Pablo decía: “Profesando ser sabios se convirtieron en necios, dejando la gloria de Dios para seguir la necedad del hombre”. Y de allí empieza a relatar exactamente todo lo que le sucede hoy a nuestra sociedad.

     Cito otro versículo, ya que tengo un poco más de tiempo que el viernes pasado: Proverbio Capítulo 1, que dice que el principio de la sabiduría es el temor de Dios. Y conociendo un poco de Dios, aunque todavía creo que hay mucho por seguir conociendo, el temor al que se refiere no es el temor del miedo, no es el temor de esperar que Dios nos castigue, nos pegue un latigazo, aunque bien lo merecemos. Pero más allá de eso, sé que Dios es un Dios bueno, pero cuando habla del temor de Dios significa volvernos a los principios.

     Vuelvo al primer mandamiento. Uno solo; no voy a hablar mucho de la palabra de Dios. Si respetáramos el primer mandamiento, que dice amar a Dios con todo nuestro corazón, con todas nuestras fuerzas, y al prójimo como a ti mismo, no existiría violencia, violencia de género, abusos, abortos, guerras, robos. Si amáramos al prójimo no habría desigualdades económicas; habría trabajo para todos. Si amáramos al prójimo creo que ya hubiésemos solucionado el mundo; simplemente volviendo al primer mandamiento.

     Esta es la base de lo que quería compartir; una herramienta que es como simple plomada, que es la palabra de Dios, lo que Dios opina. Y aquellos puntos que dentro del nuevo Código se contradicen con la voluntad de Dios, por favor no lo aprueben.

     Por lo demás, hay muchas cosas que son muy interesantes y son necesarias para nuestra sociedad moderna, pero hay otras que por favor no lo hagan.

 

Moderadora.- Su tiempo ha concluido.

 

Sr. Bazán.- Gracias por escucharme. Que Dios los bendiga. (Aplausos.)

 

Moderadora.- Invitamos a exponer a Nélida Gaspar.

     ¿Se encuentra en la sala?

 

-   Luego de unos instantes:

 

Moderadora.- A continuación, entonces, Carlos Madrigal.

    

-   Luego de unos instantes:

 

Moderadora.- ¿Tampoco se encuentra en la sala?

     Benjamín Pérez.

-   Luego de unos instantes:

Moderadora.- ¿Zulma Arepia?

 

-   Luego de unos instantes:

Sr. (    ).- En nombre de la comisión bicameral, agradezco la presencia, las ponencias, el entusiasmo y la actitud. Yo no vivo tan lejos porque soy de Tucumán, pero esto significa que los que tratamos de recorrer el país, vemos que hay ‑como hoy decía el gobernador‑ un valor importante en la diferencia, que el país por región es absolutamente distinto. De esa diferencia espero que tengamos la sabiduría de nutrirnos al momento de hacer el despacho definitivo.

     Formalmente pasamos a un cuarto intermedio para continuar en la ciudad de Ushuaia el viernes próximo.

 

- Fin del registro.