contacto

UBICACIÓN:

Of. Administrativa:
Riobamba 25 Piso 1° Oficina 139 , CP C1025ABA , C.A.B.A.

PERSONAL:

Secretario Administrativo:
DR. OTTONE, GONZALO
Jefe:
SR. PERALTA, HECTOR

TELÉFONOS:

Of. Administrativa:
(054-11) 4127-7100
interno:(2142/2144)

- En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

a los 21 días del mes de marzo de 2013, a la hora 16 y 14:


Sra. Presidenta (Diputada Conti).- Damos inicio a la reunión de la Comisión Bicameral para la Reforma, Actualización y Unificación de los Códigos Civil y Comercial de la Nación.
Quedó pendiente el planteo del señor diputado Tonelli acerca del tema de las sucesiones, a quien damos la palabra en primer término para considerarlo.

Sr. Diputado Tonelli.- Señora presidenta: según recuerdo, en la última reunión llegamos hasta el Libro IV y nos restaba considerar los libros V y VI. Respecto de ellos, y tal como consta en el escrito enviado a todos los integrantes de la comisión, brevemente quisiera hacer algunas sugerencias.
En primer término, acerca del Libro V del Código, en el artículo 2279, referido a las personas que pueden suceder, el inciso c) menciona las nacidas después de su muerte mediante técnicas de reproducción humana asistida, con los requisitos previstos en el artículo 563.
Personalmente ya he opinado que soy partidario de eliminar el artículo 563 y la posibilidad de la fertilización post mortem. Por lo tanto, si se eliminara la fertilización post mortem, también habría que suprimir este inciso del artículo 2279.
Por otra parte, propuse la incorporación del artículo 2285 bis relativo a la desheredación, la que fue eliminada en el proyecto de Código.
El proyecto para la reforma, actualización y unificación de los códigos Civil y Comercial contempla la exclusión de una persona con vocación hereditaria por razones de indignidad, pero no la causal de desheredación. En verdad, me parece que la supresión no tiene mucho sentido, porque nadie mejor que el propio causante puede saber quién merece heredarlo. Por ello propongo que se incorpore, como artículo 2285 bis, un texto donde se prevea la desheredación.
Respecto del artículo 2302, que trata sobre la cesión del derecho a una herencia, no se ha contemplado una vía que habitualmente se utiliza en la vida diaria: la cesión mediante acta judicial labrada en el expediente. De acuerdo con el mencionado artículo, no es posible hacer la cesión por ese camino.
Por eso propongo la incorporación de un inciso por el que se acepte la posibilidad de que la cesión del derecho a la herencia pueda efectuarse por acta judicial.
Los artículos 2339 y 2340 se refieren a la sucesión testamentaria y a la sucesión intestada, respectivamente.
Como está redactado el primero de ellos pareciera ser que, a diferencia de la sucesión intestada, no es necesario convocar mediante edicto a quienes creen tener derecho a la herencia. Como no es lo que ocurre habitualmente, propongo que en el caso de la sucesión testamentaria –tal como se ha hecho respecto de la sucesión intestada se exprese claramente que, más allá del testamento, es necesario convocar a todo aquél que se considere con derecho a la herencia e incluso a los acreedores.
El segundo párrafo del artículo 2340 dice: “Justificado el fallecimiento, se notifica a los herederos denunciados en el expediente, y se dispone la citación de herederos, acreedores y de todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, por edicto publicado…” Esta previsión no figura en el artículo 2339, por lo que podría interpretarse que en el caso de la sucesión testamentaria no es necesaria la publicación de edictos para convocar a posibles herederos o acreedores. A mi entender, no puede ser así.
En relación con el artículo 2373, que trata sobre el partidor, sugiero que sea un abogado. Creo que es lo más razonable si tenemos en cuenta las incumbencias profesionales.
El artículo 2459, referido a la prescripción de la acción de reducción, dispone un plazo de diez años computado desde la adquisición de la posesión.
Pero de acuerdo con el artículo 2452, la acción de reducción sólo puede iniciarse después de la muerte del donatario. Entonces puede ocurrir que la prescripción se produzca antes de que sea posible iniciar la acción. Y consecuentemente sería más conveniente fijar el comienzo del plazo a partir de la muerte del causante para evitar la posibilidad de que la prescripción se produzca antes de que nazca el derecho a pedir la reducción.

Sr. Diputado Cigogna.- Quisiera hacer un comentario al respecto.
Este punto tiene que ver con actual artículo 3955 que ha generado una corriente doctrinaria y jurisprudencial a mi juicio equivocada respecto de la interpretación de las donaciones en el sentido de que el heredero preterido podría ir contra el tercero adquirente a título oneroso y de buena fe de un título que fuera una donación.
Hace tiempo he redactado un proyecto que fue sancionado en Diputados y que luego perdió estado parlamentario en el Senado, que es distinto a lo planteado, aunque entiendo que este planteo tiende a procurar la seguridad jurídica. Digo esto porque Vélez Sarsfield incorporó la donación como un título perfecto igual que cualquier otro. Y resulta que hubo una equivocadísima lectura, yo diría falta de lectura del fallo de la Cámara de 1912 al que invocan porque solamente leyeron la síntesis, y no vieron que el mismo camarista que fundó el voto lo había hecho siempre de modo diferente en los casos anteriores. Y ocurre que en el caso en discusión votó de esa forma porque en la escritura figuraba que el donante donaba y al mismo tiempo que reconocía una hija. Es decir que estaba refregando por la cara que había una heredera forzosa a la cual desplazaba.
Esta redacción no es la que más me satisface, pero por lo menos dice que pasados diez años desde el momento en que una persona recibe el título por donación, este acto queda convalidado y no hay más riesgo. Porque de no ser así, estamos en una permanente inseguridad. Y desde ese punto de vista yo lo defendería.

Sr. Diputado Tonelli.- Entiendo perfectamente la posición del diputado Cigogna. Inclusive les confieso que tuve algunas dudas vinculadas al tema de la seguridad jurídica.
En verdad lo que me llevó a hacer la propuesta fue el hecho de que tanto el Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires como el de la provincia insistieron fuertemente en este pedido de modificación. Es decir que consideré proponerlo debido a que los escribanos, que son los que habitualmente se ocupan de estos temas, tenían clara la necesidad del cambio. Sin embargo, perfectamente podemos discutirlo más extensamente y llegar a alguna conclusión.
Por otro lado, pasando al Libro VI, solamente tengo tres observaciones que realizar.
En primer término, en el artículo 2554, referido al comienzo de la prescripción, se establece una regla general de acuerdo con la cual el transcurso del plazo de prescripción comienza el día en que la prestación es exigible. Esto está bien y es muy correcto salvo en el caso de las obligaciones tributarias que de acuerdo con la doctrina actual de la Corte Suprema se rigen por el Código Civil y siempre en materia de obligaciones tributarias el comienzo del plazo de prescripción es el primer día hábil del año siguiente a aquél en que se produce el vencimiento del tributo.
Por lo tanto, para armonizar lo que siempre ha ocurrido en materia de prescripción, obligaciones tributarias y la doctrina de la Corte, me parece que el artículo 2254 podría tener un segundo párrafo en el que se previera que en el caso particular de las obligaciones tributarias, el comienzo de la prescripción es el primer día hábil del año siguiente a aquél en el que produjo el vencimiento de la obligación.
Por otro lado quiero hacer una observación más importante con respecto al artículo 2.562 que prevé a qué obligaciones se aplica el plazo de prescripción de dos años.
De acuerdo con el inciso c) del artículo 2.562, las obligaciones tributarias pasarían a prescribir a los dos años y no a los cinco como actualmente sucede. Por lo tanto propongo un agregado que diga lo siguiente: “El reclamo de todo lo que se devenga por año o plazos periódicos más cortos, excepto que se trate del reintegro del capital en cuotas o de deudas con el fisco nacional, provincial, municipal o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”. El plazo de prescripción de dos años para los tributos es muy breve y creo que si lo aprobamos, todos los directores de rentas del país nos saldrían a perseguir de manera feroz.
Por último, un comentario respecto de los artículos 2.627 y 2.628 porque, si se aprobara mi sugerencia de eliminar la unión convivencial hecha más al principio, deberían ser suprimidos.
Respecto de la ley de sociedades tengo un par de observaciones. Por un lado no me parece del todo razonable que la sociedad unipersonal –que sí me parece razonable incorporarla a la ley de sociedades y preverla- sólo pueda ser constituida bajo la forma de sociedad anónima porque eso implica ciertas formalidades como la exigencia de sindicatura, etcétera, que no parece ser del todo necesarias para una sociedad unipersonal. Por lo tanto propongo que el artículo diga que las sociedades unipersonales deben ser constituidas bajo la forma de sociedad anónima o de sociedad de la responsabilidad limitada, que tiene una forma un poco más sencilla y que requiere menos organismos.
También hice una propuesta en el sentido de que en el artículo 1° de la ley se consagre la posibilidad que ya existe particularmente en varios países de Europa de que las sociedades dediquen parte de sus beneficios a obras de bien público y de beneficio comunitario, de manera tal que eso queda excluido de las ganancias de la sociedad en el balance y por ese importe no paguen impuestos.
Por último, tal como ha sido redactado el artículo 299 de la ley 19.550 se incorporaría entre las sociedades que son objeto de control estatal permanente a la sociedad unipersonal, lo cual no parece justificarse, salvo que la sociedad unipersonal esté incluida en alguno de los otros incisos, es decir por el capital, por la oferta pública, etcétera. Pero si es una sociedad unipersonal que fabrica peines no se justifica el control estatal permanente. Por lo tanto propongo eliminar el inciso 7° del artículo 299 tal como está redactado en el proyecto.
Con eso terminan mis observaciones y sugerencias respecto del texto de los artículos. En algún momento, después que hayamos analizado la propuesta de todos, será conveniente hacer alguna reflexión de tipo más general respecto del proyecto en sí mismo, de la orientación del proyecto y de las ventajas y desventajas que el proyecto implica.

Sra. Presidenta (Conti).- Respecto de los puntos planteados por el diputado ¿alguna otra persona quiere hacer uso de la palabra?
Creo que con esto la comisión ha intercambiado opiniones respecto de la totalidad del proyecto de reforma de código.
En ambas Cámaras, el Frente para la Victoria está trabajando en la elaboración del dictamen junto con el Ministerio de Justicia. Nuestros asesores están trabajando intensamente y los legisladores periódicamente supervisamos la tarea desarrollada.
A principios de año nos pusimos como fecha tope del primer dictamen el 1° de abril. Sin embargo, no lo lograremos porque la incorporación de distintos puntos de vista sigue generando debates. Y realmente dictaminar sobre un código que contemple las materias civil y comercial es complicado porque diariamente surgen temáticas e inquietudes que deben ser analizadas.
Por ejemplo, hoy nuestros asesores se reunieron con el titular del Registro de las Personas para considerar el tema de la adopción. Y sólo por lo que nos cuentan, sabemos que ello requiere una nueva mirada acerca de si hacen falta tantos tipos de adopción y diversos aspectos más. Y por ello estamos demorados en la tarea.
De todos modos consideramos que a fin de abril estaremos en condiciones de acercar una propuesta de dictamen.
No vamos a tratar propuestas si no están absolutamente consensuadas por nosotros y por la totalidad de los integrantes de Frente para la Victoria de ambas Cámaras. Además claro que no traeremos la propuesta en partes. Lo señalo para que cada uno organice su trabajo desde ahora hasta fin de abril.
Después de Pascuas podríamos volver a reunirnos, pero para ello deberíamos encontrar un objetivo. Me parece que no es oportuno seguir yendo a las provincias. Aunque sí alguien puede proponer invitar a un especialista para considerar una temática en particular.
Y ya olvidándonos del tema de las audiencias públicas, los integrantes de la Comisión Bicameral hemos observado 140 artículos del proyecto. Y a lo mejor con las nuevas propuestas ese número se incremente.

Sr. Diputado Tunessi.- Quisiera saber si una vez que el Frente para la Victoria emita su dictamen existirá alguna posibilidad de alcanzar puntos de acuerdo y consenso. Porque si ese será el dictamen definitivo, cada cual puede ir preparando el suyo y esto no tiene mucho sentido.

Sra. Presidenta (Diputada Conti).- La palabra “emita” es de su propia autoría. Dije que íbamos a traer una propuesta.

Sr. Diputado Tunessi.- Ahora lo entendí, discúlpeme. Debo haber oído mal, señora presidenta.

Sra. Presidenta (Diputada Conti).- De todas maneras les estoy dando los tiempos en los que estaríamos en condiciones de traer esa propuesta. Y reitero que no lo estaremos previamente ni daremos la propuesta en cuotas.
Si queremos aprovechar el mes de abril, se me ocurre que podemos escuchar a distintos especialistas.
El mismo diputado Tunessi me comentó que a lo mejor podemos consultar a los Poderes Judiciales provinciales, por ejemplo, en caso de sancionarse el código, sobre ¿cuál es el plazo para que sea operativo y aplicable? La consulta proviene teniendo en cuenta que hay magistrados que consideran más tiempo del señalado en la propuesta. No sé cómo quieren ordenar la tarea.
Tiene la palabra el señor diputado Negri.

Sr. Diputado Negri.- Señora presidenta: solamente quiero comentar que se parte de la base de que el tema se está definiendo, por lo que es bueno el aporte completo de un proyecto de dictamen más allá de las diferencias que puedan existir; lo mismo ha hecho el PRO hace un tiempo y nuestro bloque también tiene una idea al respecto.
Obviamente, encontrar el consenso u homogeneizar las distintas posiciones en un solo dictamen, no es algo que se pueda hacer en una gran asamblea. Pienso que habría que trabajar en una suerte de subcomisión redactora, porque incluso cuando no tenga carácter vinculante podría contribuir a separar las diferencias de las coincidencias.
También es preciso mantener la homogeneidad en la norma, a la hora de modificar su articulado, porque de lo contrario pueden generarse problemas de interpretación. Hay que prever esa situación y también la que ha planteado el señor diputado Tunessi respecto del momento en que comenzará a operar, ya que respecto de los tiempos no ocurre lo mismo con todas las disposiciones del nuevo código.
De todas maneras me parece bien que se haya establecido un plazo y que exista una decisión política, que no debe ser parcial.

Sra. Presidenta (Diputada Conti).- Tiene la palabra la señora diputada Parada.

Sra. Diputada Parada.- Señora presidenta: luego de escuchar distintas posiciones en las audiencias públicas que se llevaron a cabo, pienso que será muy difícil –aún dentro del Frente para la Victoria modificar este proyecto. Entiendo que la veintena de observaciones que presentamos hacen al espíritu de dicha modificación.
Si se insiste con la aprobación de este proyecto de ley de reforma, actualización y unificación de los códigos Civil y Comercial de acuerdo con su actual redacción, es imposible que podamos acompañarlo, más allá de que reconocemos que contiene avances en diversas cuestiones vinculadas con la familia.
Entendemos que normas especiales podrían sanear la situación. Me refiero, por ejemplo, a las leyes sobre adopción, matrimonio, divorcio, fertilización humana asistida, etcétera. Creo que podríamos estar analizándolas ya, en lugar de someterlas a otros institutos. Quiero que quede asentada nuestra posición porque para nuestro bloque ello importa un grave retroceso hacia las políticas neoliberales.
Hemos expuesto nuestras observaciones en cada una de las reuniones de trabajo que se celebraron. Las meras modificaciones, si no atacan la sustancia de este proyecto, no son procedentes. Nótese que no hacemos referencia a tal o cual artículo; no podemos hacerlo porque son institutos complejos los que, a nuestro juicio, implican un retroceso.
Por las razones expuestas, no podemos acompañar este proyecto con su actual redacción. Entendemos que deberían introducirse modificaciones sustanciales y lamentamos que se insista en su aprobación, porque contiene normas casuísticas mientras que hay otras que brillan por su ausencia. Por ejemplo, en una decisión totalmente arbitraria, se dejó fuera de este nuevo código sociedades como quiebras.
Este es nuestro punto de vista y queremos dejarlo asentado. Nos gustaría poder acompañar algunas disposiciones que entendemos está esperando la gente, como aquéllas referidas al divorcio y al matrimonio civil, que no necesitan un peso de presupuesto pero que están en medio de los avatares políticos y de una reforma que, además de ser ambiciosa, no está a la altura de las circunstancias como para ser ofrecida a nuestra sociedad.

Sra. Presidenta (Diputada Conti).- Tiene la palabra el señor diputado Gil Lavedra.

Sr. Diputado Gil Lavedra.- Señora presidenta: el proyecto elaborado por la comisión de juristas recoge todo lo que se ha discutido durante las últimas décadas en el ámbito de la doctrina y de la jurisprudencia.
Creemos que el Código Civil necesita una adecuación a los tiempos que corren. Por eso hemos manifestado públicamente que compartimos el espíritu de tener un Código Civil que al regular aquellos aspectos que más tocan al ciudadano en su vida cotidiana, esté adecuado a las actuales necesidades de la sociedad; sobre todo, en lo que se refiere a determinados principios y valores.
Al respecto creemos que la iniciativa era loable y, reitero, no traía enormes modificaciones con respecto a lo que se venía analizando en la doctrina, ya que incluso recogía anteproyectos que se venían discutiendo en la Argentina desde la recuperación democrática. Desde el gobierno de Alfonsín se viene debatiendo la posibilidad de la sanción de un Código Civil y Comercial unificado.
También creemos que el esfuerzo que ha hecho la comisión tratando de llevar el debate a todas las provincias y de recoger las observaciones de todos los ámbitos escritas, verbales y las emitidas en las audiencias realizadas en distintos puntos del país ha permitido no solamente enriquecer el contenido de las discusiones sino también dar una participación muy amplia e incluso saber que la gran mayoría de las disposiciones del proyecto no tienen objeciones. Y esa es la verdad. Por el contrario, las objeciones que surgieron, que fuimos revisando en las reuniones ulteriores de la comisión, claramente dan cuenta de muchos aspectos.
Incluso la Unión Cívica Radical ha señalado su disconformidad en lo que hace a las responsabilidades del Estado, a la cuestión del acceso al agua, a los pueblos indígenas y a las acciones de clase. En fin, hay varios aspectos sustanciales y decisivos en los cuales entendemos que el proyecto tiene que sufrir modificaciones.
De todas maneras, celebramos que haya una decisión política de avanzar en un proyecto que recoja la mayor cantidad de coincidencias.
Nuestro bloque está trabajando en un dictamen. Y podemos elaborar una propuesta concreta a partir de nuestra visión acerca de cuáles son las modificaciones que la comisión debería realizar al proyecto, las que estamos dispuestos a debatir. El espíritu es que cuantas mayores coincidencias logremos entre todos los bloques, vamos a poder adoptar una norma de mayor legitimidad. Al respecto destaco que hasta el presente así ha sido.
Esta no es una norma en la que tengamos que introducir algunas cuestiones de diferenciación política, más allá de las distintas visiones que se puedan tener desde los distintos partidos, sino que la idea es dar al ciudadano común una herramienta positiva para desarrollar su vida cotidiana.
Hemos aplaudido el carácter de muchas modificaciones, especialmente relativas al derecho de la familia, las que compartimos plenamente. En ese sentido, salvo algún aspecto en particular, vamos a impulsar la gran base del proyecto.
Por otro parte, señora presidenta, sugiero que cada bloque exprese sus iniciativas respecto de desarrollar alguna actividad o invitar a algún experto. Entretanto, cada partido va determinando su visión acerca de las modificaciones que deberían introducirse al proyecto para luego sentarnos en esta mesa para discutirlas.
También puede ser, como decía el señor diputado Negri, que se encomiende a una mini-comisión el estudio de las modificaciones, pero siempre tratando de acercar posiciones.

Sra. Presidenta (Diputada Conti).- Tiene la palabra la señora diputada Camaño.

Sra. Camaño.- Señora presidenta: comparto algunas cuestiones planteadas por el señor diputado Gil Lavedra, fundamentalmente las relativas al trabajo que hemos venido realizando por lo menos quienes nos tomamos el trabajo de participar de las audiencias públicas del año pasado y escuchar todos los planteos expresados.
Me parece que no tenemos que abandonar la mesa sino que tenemos que continuar reflexionando sobre la mejor estrategia para que el resultado final nos contenga a todos, o a la mayoría, y permita expresarnos. En realidad éste es el único temor que tengo por lo que se refiere a cada uno con su dictamen.
Entiendo que deberíamos tratar de asumir la realidad política. El bloque mayoritario es el Frente para la Victoria. Entonces es necesario que una vez que el bloque oficialista tenga resueltos sus problemas internos y haya compaginado la estrategia con el Poder Ejecutivo, nos diéramos un tiempo lo suficientemente extenso para poder participar de ese dictamen.
En realidad a mí no me interesa presentar un dictamen, más allá de que puedo presentarlo y que quizás en algunos aspectos lo haga. Me interesaría que pudiéramos todos, en conjunto el Parlamento argentino, resolver definitivamente algunas cuestiones que tiene nuestro Código Civil.
Si la voluntad de los argentinos ha sido que la mejor metodología es la unificación de ambos Códigos, entonces la idea es que en la unificación podamos prever todas aquellas contingencias a fin de que sea un código viable para nuestra sociedad.
Reitero, la única cuestión que a mí me gustaría que pudiéramos tener en claro está vinculada al tiempo en el que vamos a poder trabajar juntos, de manera tal que podamos ver cuáles han sido las aproximaciones.
En el término del trabajo hemos dado algunas opiniones. Creo que todos sabemos dónde estamos de acuerdo y dónde no en cuanto a los temas. Algunos señores legisladores se han tomado el trabajo de ser más puntillosos y traer artículo por artículo, otros los tenemos, pero en algún momento vamos a tener que aceptar una estrategia metodológica del tipo que plantea el diputado Negri en el sentido de la necesidad de una comisión redactora. De manera tal que todos los bloques podamos tener claridad en cuanto a los puntos en los cuales podamos disentir y no necesariamente tengamos que presentar un dictamen. Probablemente podamos presentar disidencias parciales y todos los instrumentos del orden legislativo que tenemos.
Sería bueno que el bloque oficialista, una vez que concluya con esto que plantea la diputada Conti como una necesidad de ustedes, que nosotros respetamos, nos asegure un tiempo lo suficientemente extenso y una mesa del diálogo que nos permita que éste no sea un Código Civil y Comercial del oficialismo sino de todos los argentinos o por lo menos de todos los partidos que tienen representación parlamentaria.
Lo primero aseguraría el triunfo de este código y me parece que ahí es donde tenemos que poner la mejor vocación política –que la tenemos- para lograr consensos y darnos los tiempos del trabajo.

Sra. Presidenta (Conti).- Tiene la palabra la señora diputada Parada.

Sra. Parada.- Para una aclaración.
Después de las audiencias, convocamos a una conferencia pública en la que participaron las dos centrales de trabajadores, la Central de Trabajadores Argentina y la CGT, la federación de abogados, el instituto de estudios legislativos, representantes de los pueblos originarios, etcétera.
Todos los que formamos parte de esta comisión sabemos en primer lugar que este código está tomado no solamente del principio de la democracia sino de los años más negros de la democracia que es el proyecto del año 98 –para aclararlo.
En ese sentido criticamos ciertos institutos, pero coincido con la señora diputada Camaño en que debemos ver la forma, porque nos preocupa seriamente que esto pueda ser aprobado con modificaciones que no ataquen la sustancia y que continúe el mismo espíritu que ya ha sido señalado, no sólo por mí sino que ha sido recogido en la cantidad de audiencias que hemos tenido, así como en la conferencia que mencioné. Incluso, está la versión taquigráfica que vamos a poner a disposición de todos los diputados, diputadas, senadores y senadoras que integran la comisión, porque no es una posición de nuestro bloque sino de una parte importantísima de nuestra sociedad que lee que de aprobarse este código, con las normas de deslaborización, habrá un ataque a los trabajadores, inaudito para los años que corren.
Otra de las cuestiones está relacionada con la soberanía, arbitraje y jurisdicción. Son todos temas que han sido recogidos por todos los legisladores, que hemos escuchado y que van a estar a disposición para ver si realmente puede existir una modificación en este sentido, con el aporte por supuesto –coincido en este sentido con la diputada Camaño- en cuanto a armar un grupo de trabajo. La idea es seguir trabajando para que si realmente esto se puede componer, se alcance a dar todo el aporte necesario.
Y si no lamentablemente, como dije, no lo vamos a poder acompañar.

Sra. Presidenta (Diputada Conti).- No habiendo más personas anotadas para hacer uso de la palabra, les digo con absoluta autoridad que el código será el código de este Congreso Nacional. No será el código de un partido ni de un espacio político sino que será el código de este Congreso Nacional.
Yo creo que se van a sorprender con la propuesta de dictamen que van a tener a estudio y no habrá ningún plazo que los conmine a que no puedan examinarlo y debatirlo con la profundidad que un código se merece.
Un código no se hace todos los años y por ello entiendo que hay que tomarlo como una cuestión que hace a la argentinidad. Me refiero a dictar un nuevo código que incluso será aplicable a las personas de nuestro pueblo cuando nosotros ya no existamos.
La Presidencia está abierta a que sugieran tareas a realizar y particularmente también pensará en algunas.
Nos reunimos después de Pascuas para ver qué podemos hacer. Y a todos los presentes en esta comisión les desea ¡Felices Pascuas!


- Es la hora 16 y 57.